Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso.

MP C/ BETTY DE LAS MERCEDES ALVARADO CAMPOS

Rol

O-194-2021

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 09 de noviembre de 2020, alrededor de las 11:40 horas, la acusada Betty Alvarado Campos, quien se encontraba en calidad de visita en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en Camino La Pólvora N°665, Valparaíso, fue sorprendida portando, poseyendo y guardando, al interior de un recipiente de plástico, 15 gramos 500 miligramos de cannabis sativa, sin tener autorización para ello. La droga estaba destinada a ser suministrados a una interna del penal. La imputada trasportaba y portaba consigo la droga, para fines distintos que su uso personal, próximo y exclusivo en el tiempo”. Los considera constitutivos del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, en el que atribuye a la acusada la calidad de autora, en su XCGQZMMFXX Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 18/05/2022 15:00:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 2 de 8 concepto, conforme con lo señalado en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Sostiene que NO le favorecen circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y la perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal prevista en el artículo 19 letra h) de la ley 20.000. TERCERO: Que, en su alegato de inicio, el Ministerio Público señaló, en síntesis, que la prueba que rendiría en el transcurso del juicio oral, permitiría acreditar la efectividad de los hechos descritos en la acusación fiscal. CUARTO: Que la defensa, a su turno, expresó que

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día 13 de mayo del año en curso, ante una Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, constituida por los jueces titulares señora Ángela Carrasco Palma, quien la presidió, señor Wilson González Díaz y señora Valeria Echeverría Vega, se llevó a efecto el juicio oral de la causa RIT Nº194-2021, seguido en contra BETTY DE LAS MERCEDES ALVARADO CAMPOS, cédula de identidad N°11.547.878-8, nacida en Viña del Mar el 12 de octubre de 1970, 51 años, casada, dueña de casa, 8° Básico rendido, domiciliada en sector Nueva Aurora, paradero N°2, calle Fresias N°783, Viña del Mar. Sostuvo la acusación el Ministerio Público de esta ciudad representado por el Fiscal Adjunto don Juan Ignacio Sepúlveda. La defensa estuvo a cargo de del defensor de confianza don Juan Francisco Vildoso Fernández. Los domicilios de los intervinientes se encuentran registrados en el expediente digital. No se acordaron convenciones probatorias. SEGUNDO: Que el Ministerio Público formuló acusación por los siguientes hechos: “El día 09 de noviembre de 2020, alrededor de las 11:40 horas, la acusada Betty Alvarado Campos, quien se encontraba en calidad de visita en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en Camino La Pólvora N°665, Valparaíso, fue sorprendida portando, poseyendo y guardando, al interior de un recipiente de plástico, 15 gramos 500 miligramos de cannabis sativa, sin tener autorización para ello. La droga estaba destinada a ser suministrados a una interna del penal. La imputada trasportaba y portaba consigo la droga, para fines distintos que su uso personal, próximo y exclusivo en el tiempo”. Los considera constitutivos del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, en el que atribuye a la acusada la calidad de autora, en su XCGQZMMFXX Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 18/05/2022 15:00:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 2 de 8 concepto, conforme con lo señalado en el artículo 15 N°1 del Código Penal. Sostiene que NO le favorecen circunstancias atenuantes de responsabilidad penal y la perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal prevista en el artículo 19 letra h) de la ley 20.000. TERCERO: Que, en su alegato de inicio, el Ministerio Público señaló, en síntesis, que la prueba que rendiría en el transcurso del juicio oral, permitiría acreditar la efectividad de los hechos descritos en la acusación fiscal. CUARTO:

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 45, 297, 340 y demás disposiciones pertinentes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se absuelve a la acusada Betty de las Mercedes Alvarado Campos, cédula de identidad N°11.547.878-8, del cargo de ser autora de un delito de tráfico ilícito de estupefacientes, supuestamente cometido en esta ciudad el día 9 de noviembre de 2020. II.- Que se condena al Ministerio Público al pago de las costas de la causa. Regístrese, comuníquese y ejecutoriada que sea, archívese. Redacción de la señora Echeverría. RUC N°2001137809-K RIT N°194-2021 XCGQZMMFXX Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 18/05/2022 15:00:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Página 8 de 8 Pronunciada por la sala integrada por los jueces titulares señora Ángela Carrasco Palma, quien la presidió, señor Wilson González Díaz y señora Valeria Echeverría Vega. XCGQZMMFXX Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 18/05/2022 15:00:00 ESTE

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Página 1 de 8 MINISTERIO PÚBLICO DE VALPARAÍSO C/ BETTY DE LAS MERCEDES ALVARADO CAMPOS. RUC N°2001137809-K RIT N°194-2021 DELITO: Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades; artículo 19 letra f) Ley N°20.000. Valparaíso, dieciocho de mayo de dos mil veintidós. VISTO, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día 13 de mayo del año en curso, ante una Sala del Tribunal de Juicio Oral e

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