4 COMISARÍA CARABINEROS VICTORIA C/ IVÁN JORGE VALDIVIA LIZARDI
Rol
O-52-2021
Fecha
17 de mayo de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS, TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de la acusación contenidos en el auto de apertura de fecha 28 de octubre de 2021, proveniente del Juzgado de Garantía de Victoria, son los siguientes: ”El día 23 de marzo de 2021, en horas de la mañana, el imputado Iván Jorge Valdivia Lizardi se desplazaba en compañía de su pareja Ruth Luengo Martínez por la ruta 5 Sur, en el vehículo marca MG, modelo 3, color rojo, PPU LKWL-38, dentro de comuna de Victoria, en posesión, guarda y transporte de las siguientes especies: En el piso de los asientos traseros del auto,1 bolso contenedor de 2 paquetes de forma ovalada que mantenían una sustancia vegetal color verde que sometida a la prueba de campo arrojó coloración Código: TDXZLNYGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 2 - positiva para THC cannabis sativa; sobre uno de los asientos traseros un segundo bolso con dos paquetes de forma ovalada también contenedores de una sustancia vegetal color verde que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva para THC cannabis sativa y también sobre los mismos asientos traseros una maleta con otros 2 paquetes de forma ovalada que mantenían una sustancia vegetal color verde que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva para THC cannabis sativa, dando toda la droga encontrada en poder del imputado un peso total de 7 kilos y 390 gramos; y 95 pastillas color morado. El imputado además, sabia o no podía que saber el origen ilícito tanto del del vehículo en que se desplazaba como de las placas patentes que éste portaba, toda vez que las PPU LKWL-38 mantenían encargo por robo ya que le habían sido sustraídas a su propietaria Tamara Andrea Fredes Campos, ilícito denunciado en el parte N° 850 de fecha 9 de diciembre de 2020 de la Tenencia de carabineros de Isla de Maipo y en relación al vehículo verificado su N° de motor y chasis del vehículo se pudo establecer que a dicho móvil le correspondía en realidad la PPU FRBF.42 y que mantenía
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, ante esta sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol, compuesta por los jueces Etienne Fellay Bertholet, presidente de sala, Solange Sufán Arias y Karina Rubio Solís, el Ministerio Público, representado por el fiscal Héctor Leiva Martínez, sostuvo acusación, en contra de IVAN JORGE VALDIVIA LIZARDI, cédula de identidad Nº 10.332.807-1, comerciante, domiciliado calle Santa Ana N°1280, Villa Santa María, Padre Las Casas, representado por su abogado Defensor Penal Público don Iván Leiva Beltrán. SEGUNDO: Acusación. Que, los hechos materia de la acusación contenidos en el auto de apertura de fecha 28 de octubre de 2021, proveniente del Juzgado de Garantía de Victoria, son los siguientes: ”El día 23 de marzo de 2021, en horas de la mañana, el imputado Iván Jorge Valdivia Lizardi se desplazaba en compañía de su pareja Ruth Luengo Martínez por la ruta 5 Sur, en el vehículo marca MG, modelo 3, color rojo, PPU LKWL-38, dentro de comuna de Victoria, en posesión, guarda y transporte de las siguientes especies: En el piso de los asientos traseros del auto,1 bolso contenedor de 2 paquetes de forma ovalada que mantenían una sustancia vegetal color verde que sometida a la prueba de campo arrojó coloración Código: TDXZLNYGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 2 - positiva para THC cannabis sativa; sobre uno de los asientos traseros un segundo bolso con dos paquetes de forma ovalada también contenedores de una sustancia vegetal color verde que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva para THC cannabis sativa y también sobre los mismos asientos traseros una maleta con otros 2 paquetes de forma ovalada que mantenían una sustancia vegetal color verde que sometida a la prueba de campo arrojó coloración positiva para THC cannabis sativa, dando toda la droga encontrada en poder del imputado un peso total de 7 kilos y 390 gramos; y 95 pastillas color morado. El imputado además, sabia o no podía que saber el origen ilícito tanto del del vehículo en que se desplazaba como de las placas patentes que éste portaba, toda vez que las PPU LKWL-38 mantenían encargo por robo ya que le habían sido sustraídas a su propietaria Tamara Andrea Fredes Campos, ilícito denunciado en el parte N° 850 de fecha 9 de diciembre de 2020 de la Tenencia de carabineros de Isla de Maipo y en relación al vehículo verificado su N° de motor y chasis del vehículo se pudo establecer que a dicho móvil le correspondía en realidad la PPU FRBF.42 y que mantenía también encargo por robo, delito denunciado por su propietario Richard José Salcedo Tovar a través del parte 5115 de fecha 7 de diciembre de 2020 de la 31 Comisaria de San Ramón, sustraído mediante intimidación, razones por las que el imputado no podían menos que conocer el origen ilícito del vehículo en que se desplazaba y de las placas patentes que éste portaba.” Código: TDXZLNYGK Este documento tiene fir
Fallo
por tanto se debe dar por cierto lo señalado por su representado, existe además por él un acopio de los baucher, pagos de peaje, era un transporte y él iba a recibir este Código: TDXZLNYGK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - 9 - dinero por un transporte, tenía una función como de burrero, más allá no se iba a estar preocupando de si era de origen ilícito o no el vehículo, además, para efectos de que le ministerio público pudiera establecer que ese vehículo era de origen ilícito, tuvo que, efectivamente tuvo que acompañar a este estrado la existencia de una denuncia por parte del denunciante de la existencia de este delito y segundo una pericia. El vehículo no tenía rastro o huella de haberse forzado, por lo que su representado no podía haberse dado cuenta del origen ilícito, lo mismo respecto de las patentes, eso queda para un peritaje, para una persona que sí tiene conocimiento específico, especial, fue determinado para poder establecer que efectivamente se trata de placas patentes distintas a las que tenía el vehículo, la existencia de dos placas patentes debidamente adosadas al vehículo, salvo lo que provocó el accidente, de que una de ellas estuviera suelta. Las placas patentes se pegan al vehículo a través de remaches, a veces se desprenden y son colocadas con pernos como en los vehículos más antiguos, en ese sentido, tampoco es una muestra de que su representado haya tenido conocimiento de que las placa
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- 1 - MINISTERIO PÚBLICO CON IVAN JORGE VALDIVIA LIZARDI. TRAFICO ILICITO DE ESTUPEFACIENTES Y RECEPTACION. Angol, diecisiete de mayo del año dos mil veintidós. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que, ante esta sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol, compuesta por los jueces Etienne Fellay Bertholet, presidente de sala, Solange Sufán Arias y Karina Rubio So
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