Juzgado de Letras de Colina

CORTÉS/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA

Rol

C-8163-2019

Fecha

27 de enero de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 14 de septiembre de 2.019, comparece JAIME CORT S VIDALÉ , c dula nacional de identidad n meroé ú 8.558.044-2, casado, jubilado, domiciliado en Las Carretas 0316, poblaci nó Los lamos, comuna de Colina, quien interpuso demanda en contra de laÁ ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA, rol nico tributarioú n mero 69.071.500-7, representada legalmente por su Alcalde ú MARIO ANTONIO OLAVARR A RODRIGUEZÍ , c dula nacional de identidadé n mero 7.591.497-0, ambos domiciliados en Avda. Colina N 700, comunaú ° de Colina, solicitando que se declare la prescripci n que indica, con costas.ó Expuso que registra una deuda por concepto de aseo domiciliario por un monto total de $449.146.- (cuatrocientos cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y seis pesos), correspondientes al periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2.001 y el 31 de diciembre de 2.005. Continua manifestando que, en virtud de lo dispuesto en el art culo 2.521í del C digo Civil, la acci n con la que cuenta la demandada para cobrar laó ó deuda por concepto de aseo domiciliario municipal, se encuentra prescrita y, por consiguiente, solicita acoger la demanda a tramitaci n declarando enó C-8163-2019 Foja: 1 definitiva la prescripci n de la deuda ascendiente a la suma de $449.146.-ó (cuatrocientos cuarenta y nueve mil ciento cuarenta y seis pesos). Con fecha 18 de noviembre de 2.019, la parte demandada acept la demanda, de modo que conforme a lo dispuesto en eló art culo 313 del C digo de Procedimiento Civil, con fecha 6 de diciembreí ó de 2019, se cit a las partes a o r sentencia. ó í CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que con fecha 18 de noviembre de 2.019, la demandada de autos, Ilustre Municipalidad de Colina, acept la demandaó presentada por la actora, de manera que al no haber controvertido los fundamentos de la acci n entablada en su contra y cumpli ndose, adem s,ó é á los requisitos legales, por haber transcurrido en exceso el plazo previsto en la Ley para la prescripci n alegada, sin que se haya invocado laó interrupci n natural o civil, procede acoger la demanda pretendida.ó Y teniendo presente adem s lo dispuesto en los art culosá í 2.492, 2.493, 2.497 y 2.514 del C digo Civil; art culos 144, 160, 170 y 698ó í del C digo de Procedimiento Civil; y dem s normas pertinentes del Decretoó á N 2385,

Fallo

se declara:° I.-Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por JAIME CORT S VIDAL,É en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLINA, representada por su Alcalde Mario Antonio Olavarr a Rodr guez, por lo que se declara la prescripci n de lasí í ó acciones y derechos que ten a la demandada para el cobro, que porí concepto de aseo municipal, habr a tenido que pagar la demandante en elí periodo correspondiente entre el 31 de marzo de 2.001 y hasta el 31 de diciembre de 2.005, ambas fechas inclusive. C-8163-2019 Foja: 1 II.- Que no se condena en costas a la demandada por no haberse opuesto. Reg strese y notif quese.í í C-8.163-2.019. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Colina, veintisiete de Enero de dos mil veinte Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-27T13:55:28-0300

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C-8163-2019 Foja: 1 FOJA: 9 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Colina CAUSA ROL : C-8163-2019 CARATULADO : CORT S/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÉ COLINA Colina, veintisiete de enero del dos mil veinte. VISTOS: Con fecha 14 de septiembre de 2.019, comparece JAIME CORT S VIDALÉ , c dula nacional de identidad n meroé ú 8.558.044-2, casado, jubilado, domiciliado en Las Car

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