2º Juzgado de Letras de Quillota

FUNDACIÓN EDUCACIONAL COLEGIO GABRIEL DE LA RIVERA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE QUILLOTA

Rol

I-7-2021

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL DEMANDANTE X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · DOCUMENTAL DEMANDADO X · DILIGENCIAS DECRETADAS X · CITACION A AUDIENCIA X · ACUMULACION X · DESISTIMIENTO X · APERCIBIMIENTO X · SENTENCIA X · OTROS X · SUSPENSION ART. 426 INC. 3RO X Constancia. En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta Audiencia se ha celebrado mediante Video Conferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Contestación de la demanda: Se tiene por contestada la demanda. LLAMADO A CONCILIACION. El Tribunal procedió a llamar a las partes a conciliación, la que no se produjo procediendo a continuación a recibir la causa a prueba y fijar como hecho sustancial, pertinente y controvertido: HECHOS A PROBAR: 1.- Si se incurrió en error de hecho. Antecedentes de hecho. OFRECIMIENTO DE LAS PRUEBAS. PRUEBA DE LA RECLAMANTE: Documental: La parte reclamante ofrece la siguiente prueba documental: 1.- Resolución de multa N° 1750/21/9, de fecha 16 de febrero de 2021. 2.- Resolución Exenta N° 85, de fecha 07 de mayo de 2021. 3.- Dictamen N°3445/022, de fecha 11 de julio de 2019. 4.- Sentencia dictada por el Tribunal Constitucional, ROL 7236-2019, de fecha 07 de mayo de 2020, ante el Requerimiento de Inaplicabilidad respecto del artículo 56 de la Ley 21.109.- 5.- Sobre que contenía la Resolución Exenta N° 85. 6.- Anexo de formulario de reconsideración administrativa presentada por el empleador Fundación Educacional Colegio Gabriel De La Rivera ante la Inspección Provincial del Trabajo de Quillota, de fecha 8 de abril de 2021. Se tiene por incorporada la prueba documental de la parte reclamante. Se deja constancia que los

Fundamentos

CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la misma se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Por las consideraciones expuestas y visto además lo consignado en los artículos 1 a 11, 55, 432, 446, 512, 496 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil,

Fallo

se declara: I.- Que, se acoge la reclamación deducida por Fundación Educacional Colegio San Gabriel de la Rivera en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Quillota, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución administrativa N° 85 de fecha 07 de mayo de 2021, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo de Quillota, y se declara en su lugar, que se acoge la reclamación, dejando sin efecto la multa N° 1750/2021/9, de 16 de febrero de 2021. II.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, certifíquese aquello y archívese en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas del fallo en audiencia y siendo las 10:02 horas se pone término a la misma. Regístrese la sentencia. RIT I-7-2021 RUC 21-4-0339475-8 Dirigió la Audiencia y Resolvió doña PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Quillota. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada por video conferencia mediante plataforma Zoom, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 2° Juzgado de Letras de Quillota, siete de julio de dos mil veintiuno.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACION, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA 07 DE JULIO DE 2021 RUC 21-4-0339475-8 RIT I-7-2021 MAGISTRADO PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marjorie Jorquera Césped HORA DE INICIO 09,05 HORAS. HORA DE TERMINO 10,02 HORAS. Nº REGISTRO DE AUDIO 2140339475-8-97 PARTE DEMANDANTE CO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica