Juzgado de Garantía de Rengo.

MP C/ VÍCTOR ARTURO TAPIA PINTO

Rol

O-266-2020

Fecha

14 de mayo de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 14 de junio de 2021, a las 16:35 horas aproximadamente, el imputado RAUL AMADOR MATURANA AGUAYO, conducía en evidente estado de ebriedad, el vehículo marca Renault, modelo Clio P.P.U. VX-3966, incorporándose a la calzada de la ruta H-630, a la altura del fundo el Recreo, comuna de Malloa, de forma sorpresiva y sin advertir la proximidad del vehículo P.P.U HKLK-94, conducido por SERGIO NICOLÁS CABRERA PÉREZ, obstruyendo la normal circulación de este, producto de ello ambos vehículos chocan. A la llegada de Carabineros, constó la ebriedad del imputado al personal aprehensor por las características físicas que este presentaba, lo que fue confirmado por el examen de intoxilyzer practicado al imputado que arrojó un resultado de 2,14 gramos de alcohol por litro en su sangre. Posteriormente, el Informe de Alcoholemia indicó como resultado 2,35 gramos de alcohol por litro de sangre. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 30, 67 y siguientes del Código Penal; artículos 110, 196 y demás normas pertinentes de la ley de tránsito; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; y pertinentes de la Ley 18.216, SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a RAÚL AMADOR MATURANA AGUAYO, cédula de identidad N° 9.416.657-8, domiciliado en EL ARENAL Nº 650, QUINTA DE TILCOCO, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO CAUSANDO DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley de tránsito, en relación al artículo 110 del mismo cuerpo legal, perpetrado, en grado de desarrollo de CONSUMADO el día 14 de junio de 2021, a sufrir una Código: TCEJZKKSQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que SE CONDENA a RAÚL AMADOR MATURANA AGUAYO, cédula de identidad N° 9.416.657-8, domiciliado en EL ARENAL Nº 650, QUINTA DE TILCOCO, por su participación en calidad de AUTOR en el delito de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO CAUSANDO DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley de tránsito, en relación al artículo 110 del mismo cuerpo legal, perpetrado, en grado de desarrollo de CONSUMADO el día 14 de junio de 2021, a sufrir una Código: TCEJZKKSQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; mailto:jgrengo@pjud.cl “Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pjud.cl pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TIEMPO DE CINCO AÑOS, eximiéndose del pago de las costas de la causa. II.- Que se SUSTITUYE al sentenciado la pena privativa de libertad impuesta por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, por el mismo términ

Texto Completo (Preview)

“Encontrándose vigente Ley 20886 sobre Tramitación Electrónica, se informa que toda la documentación debe ser remitida al tribunal a través del portal OFICINA VIRTUAL JUDICIAL https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/; se excluyen las instituciones con convenios”. Pedro Segundo Estrada N° 36 - Rengo Teléfono: 72-2-512844 / Teléfono: +56982995800 (08:00 a 16:00 horas) correo electrónico: jgrengo@pju

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