1º Juzgado Civil de Valparaíso

GUAJARDO/GUAJARDO

Rol

C-1227-2018

Fecha

29 de enero de 2020

Materia

OBLIGACIÓN DE HACER, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece don Fernando Mu oz Haro, abogado, enñ representaci n de Luis Antonio Misael Guajardo Sol s y Luisa De Lasó í Mercedes Guajardo Sol s; e interpone demanda ejecutiva de obligaci n deí ó hacer en contra de Miriam Del Carmen Guajardo Sol s, para que deí cumplimento a la obligaci n de entregar el inmueble ubicado en calle Aguaó Potable N 95, de la comuna de Valpara so, en el plazo de cinco d as h biles° í í á contados dese la fecha en que la sentencia dictada cause ejecutoria o quede ejecutoriada, o en el plazo que este Tribunal estime, con costas. Que a folio 27, a lo principal, la parte ejecutada, opuso excepciones a la ejecuci n.ó Que a folio 32, la ejecutante, evacu el traslado conferido a folio 31.ó Que a folio 33, se recibi la causa a prueba, rindiendo pruebaó testimonial ambas partes. Que a folio 94, se cit a las partes para o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la tacha: PRIMERO: Que la parte ejecutante, tach al testigo Sr. Sergioó N ez Escobar, presentado por la parte ejecutada, a folio 48, deúñ conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del art culo 358 de C digo deí ó Procedimiento Civil, en atenci n al grado de parentesco o afinidad, enó primer grado, se alado por l. ñ é SEGUNDO: Atendido que del m rito de los dichos del testigo Sr.é N ez Escobar, se explicita que es c nyuge de la hija de la ejecutada, loúñ ó que sin duda constituye inhabilidad para declarar, de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 358 N 1 del C digo de Procedimiento Civil, se acoger laí ° ó á referida tacha. II.- En cuanto al fondo: TERCERO: A folio 1, comparece don Fernando Mu oz Haro,ñ abogado, en representaci n de Luis Antonio Misael Guajardo Sol s,ó í trabajador dependiente, domiciliado en calle El Solar N 154, Cerro Toro,° Valpara so; y Luisa De Las Mercedes Guajardo Sol s, labores de casa,í í domiciliada en calle Maturana N 3096, Marina Mercante, Playa Ancha,° Valpara so; e interpone demanda ejecutiva de obligaci n de hacer en contraí ó de Miriam Del Carmen Guajardo Sol s, labores de casa, domiciliada ení calle Agua Potable N 95, Valpara so, para que d cumplimento a la° í é obligaci n de entregar el inmueble ubicado en calle Agua Potable N 95, deó ° la comuna de Valpara so, en el plazo de cinco d as h biles contados dese laí í á fecha en que la sentencia dictada cause ejecutoria o quede ejecutoriada, o en el plazo que este Tribunal estime, con costas. Funda su demanda se alando que sus representados son due os proñ ñ indiviso con la demandada, ya individualizada, y do a Natalia Guajardoñ Sol s, de la propiedad inscrita a fojas 1511 vuelta n mero 2439 del a oí ú ñ 2011 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí Valpara so. í Sostiene que por falta de acuerdo de voluntades entre los due os de lañ propiedad referida, se interpuso acci n judicial de nombramiento de Juezó Arbitro, ante el Tercer Juzgado Civil de Valpara so, en causa Rol C-465-í 2017, en la cual, con fecha 8 de mayo del 2017, los comuneros firmaron un avenimiento el que fue aprobado por dicho Juzgado. Agrega que una de las clausulas contenidas en dicho acuerdo, espec ficamente la segunda, queí motiva la presente acci n, pues se ala que la demandada se obliga a dejaró ñ el inmueble, poni ndolo a disposici n de la comunidad vac o a m s tardaré ó í á el d a 30 de octubre del a o 2017, a las 12.00 horas. Asimismo, explica queí ñ acordaron que una vez desocupado, no se podr a volver a ocupar elí inmueble por ninguno de los comuneros, ni arrendarlo, cederlo a terceros, de ninguna manera salvo la enajenaci n ya dicha. A su vez, ó indica que en la cl usula cuarta del referido avenimiento se estipul que si la Sra. Miriamá ó incumpliere la obligaci n de restituir el bien inmueble en el plazo se alado,ó ñ deber a pagar a t tulo de multa o evaluaci n convencional de perjuicios, laí í ó suma equivalente a 1 UF (Unidad de Fome

Fallo

Por lo expuesto, y lo dispuesto en los art culos 1551, 1553 del C digoí ó Civil y art culos 530 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, í ó solicita tener por interpuesta la demanda ejecutiva en contra de Miriam Del Carmen Guajardo Sol s, despachar mandamiento de ejecuci n y embargo,í ó ordenando la entrega del bien inmueble ubicado en calle Agua Potable N 95, comuna de Valpara so, inscrito a fojas 1511 vuelta n mero 2439 del° í ú a o 2011 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Valpara so, en el plazo de cinco d as h biles, contados desde la fecha ení í á que la sentencia cause ejecutoria o quede ejecutoriada, o en el plazo que este Tribunal fije, con expresa condenaci n en costas.ó CUARTO: Que a folio 27, la parte ejecutada, opone excepciones a la ejecuci n, la del N 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,ó º í ó esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, seaí con relaci n al demandado; y la del N 14 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, esto es, la nulidad de la obligaci n. ó Respecto a la primera de las excepciones, fund su alegaci nó ó se alando que el t tulo que se invoca no es v lido debido a que excede lañ í á competencia del Tercer Juzgado Civil de Valpara so en el cual se ventilí ó una acci n de Designaci n de Arbitro , en causa Rol C-465-2017.ó “ ó ” A ade que la causa que llevo a las partes

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-1227-2018 CARATULADO : GUAJARDO/GUAJARDO Valparaiso, veintinueve de Enero de dos mil veinte VISTO: A folio 1, comparece don Fernando Mu oz Haro, abogado, enñ representaci n de Luis Antonio Misael Guajardo Sol s y Luisa De Lasó í Mercedes Guajardo Sol s; e interpone demanda ejecutiva de obligaci n deí ó hacer e

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