Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

LEIVA/CONSORCIO UTE ALVAC-SEVAL S.A. Y OTRO

Rol

M-1587-2019

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEOCONFERENCIA FECHA Valparaíso, jueves, 01 de julio de 2021 RUC 19-4-0233825-6 RIT M-1587-2019 MAGISTRADO MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paulina Altamirano Arenas.- SALA Sala Virtual N° 4 HORA DE INICIO 11:44 horas HORA DE TERMINO 12:31 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0233825-6-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE DTE 1: MIGUEL ANGEL LEIVA GUERRA, C.I. 17.472.392-3 DTE 2: JUAN CARLOS GUERRA TAPIA, C.I. 17.472.611-6 Ambos debidamente representados en audiencia por su abogado. ABOGADO Francisco Javier León Salvatierra FORMA DE NOTIFICACION En audiencia.- PARTE DEMANDADA COMPARECIENTE DDO 1: CONSORCIO UTE ALVAC SERVAL S.A. (no comparece) DDO 2: SERVICIO DE SALUD DE LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS, debidamente representada en audiencia por su abogado ABOGADO DDO 1: --- DDO 2: Bárbara Vanessa Donoso Ríos FORMA DE NOTIFICACION En audiencia.- ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) · CONTINUACION DE AUDIENCIA X · CONCILIACION X · SENTENCIA X Constancia.- En virtud de la pandemia que ocasiona la enfermedad COVID-19, esta audiencia se ha celebrado mediante videoconferencia a través de la plataforma Zoom, habilitada para estos efectos por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, todo conforme a los acuerdos del Comité de Jueces de fechas 16, 18 y 26 de marzo y de 3 de abril de 2020. Constancia.- Se deja la constancia que a la presente audiencia se lleva a cabo con la parte demandante y la demandada solidaria Servicio de Salud De Libertador Bernardo O’Higgins, la demandada principal, CONSORCIO UTE ALVAC SERVAL S.A. no comparece, encontrándose válidamente notificada, por lo que se dispone se realicen las gestiones para hacer los llamados de rigor en el Halls del Tribunal a través del parlante y módulo virtual por la Plataforma Zoom habilitados para tal efecto, no compareciend

Fundamentos

fundamentos de hecho ni de derecho de la demanda, y con el solo objeto de poner término al juicio, se compromete a pagar a los actores don, Miguel Ángel Leiva Guerra y a Juan Carlos Guerra Tapia, la cifra única y total de $6.000.000.- a cada uno de ellos, monto que será pagado mediante en 2 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $3.000.000.- cada una, transferencia electrónica bancaria o depósito en la Cuenta Vista del Banco Estado N°23971958031, a nombre de León y Compañía Limitada, Rut 76.973.321-3, correo electrónico: contacto@leonabogados.cl, a más tardar, la primera cuota el 02 de agosto de 2021 y la segunda cuota el 02 de septiembre de 2021. Igualmente, se dispone que la demandada deberá dar cuenta al Tribunal acompañando los comprobantes respectivos de transferencia o depósito bancario efectuados en la causa. 2. La parte demandante acepta el ofrecimiento de la demandada y la modalidad de pago. 3. Que, sin perjuicio del actual acuerdo, la demandante continúa la causa en el saldo restante, respecto de la demandada principal CONSORCIO UTE ALVAC SERVAL S.A. 4. Se establece que para el evento de incumplimiento en cuanto al pago indicado operará una cláusula penal del 50% de lo adeudado para el evento que el demandado no diese cumplimiento al avenimiento por causa imputable al demandado. Adicionalmente la cláusula de aceleración legal. 5. Que las partes finiquitan ampliamente la relación que los vinculó, de la naturaleza que fuera y que nada se adeudan por ningún concepto, más allá de los montos de los que da cuenta el actual avenimiento. 6. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada la conciliación a la que han arribado las partes, en audiencia mediante videoconferencia, estimándose como sentencia definitiva y ejecutoriada para todos los efectos legales. Respecto de la demandada principal, CONSORCIO UTE ALVAC SERVAL S.A., sin perjuicio del reclamo, pero teniendo en consideración que no se apersono a la audiencia de manera alguna encontrándose en rebeldía, el Tribunal entiende que lo que corresponde es mantener firme la sentencia dictada con fecha 10 de diciembre de 2019, que resolvió acoger la demanda, en los términos que en esta se señala, con las únicas modificaciones consistentes en: la exclusión del SERVICIO DE SALUD DE LIBERTADOR BERNARDO O’HIGGINS, quien queda fuera de dicha sentencia; y con la incorporación de un numeral quinto, que da cuenta de que habiéndose arribado a acuerdo con la demandada solidaria, Servicio de Salud De Libertador Bernardo O’Higgins, por el monto de $6.000.000, estos montos deben ser deducidos del total al que fuere condenado la demandada principal en la actual sentencia; y pasándose el numero sexto, que se condena en costas a la demandada, regulándose en el 10% de las sumas condenadas pagar, una vez liquidado el crédito. En esos términos, quedaría firme en este tenor la sentencia dictada con fecha 10 de diciembre de 2019, respecto de la demandada principal. Téngase a las partes por notifica

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEOCONFERENCIA FECHA Valparaíso, jueves, 01 de julio de 2021 RUC 19-4-0233825-6 RIT M-1587-2019 MAGISTRADO MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paulina Altamirano Arenas.- SALA Sala Virtual N° 4 HORA DE INICIO 11:44 horas HORA DE TERMINO 12:31 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0233825-6-

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