VERA/DB INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LTDA
Rol
O-39-2020
Fecha
7 de julio de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos en la causa y además de la claridad de la prueba de esta parte que consta en la causa. Se deja constancia que efectivamente los documentos de la parte demandante se encuentran digitalizados y cargados en la causa. El Tribunal Resuelve: Atendido a que se cumplen con los requisitos del artículo 453 del Código del Trabajo, y no existiendo hechos controvertidos en la demanda, es que se va a proceder a dictar la sentencia de forma inmediata. Se deja constancia que la presente sentencia solo será trascrita en su parte resolutiva y de haber algún recurso de nulidad, se procederá a su transcripción de forma íntegra. Sentencia Rengo, a seis de julio de dos mil veintiuno. De conformidad a las normas señaladas, especialmente en el artículo 168 del Código del Trabajo, no existiendo un despido conforme a derecho, el que se produjo el día 31 de diciembre del año 2019, se accederán a las prestaciones que allí se señalan, conforme al artículo 162 N°5 del Código del Trabajo, no habiéndose acreditado el pago de las cotizaciones previsionales por todo el tiempo que se mantuvo vigente la relación laboral, se aplicará la sanción de dicha norma, toda vez que se ha acreditado por la demandante que fueron descontadas de sus remuneraciones el pago de las cotizaciones, las que no fueron pagadas por la empresa demandada principal a las instituciones previsionales respectivas, accediéndose además a las demás prestaciones, específicamente a los feriados legales. En virtud de todas las normativas antes señaladas se resuelve: I.- Que se accede a la demanda interpuesta por don HÉCTOR ENRIQUE VERA AGUAYO, don CARLOS LUIS CAMPOS LAZO, don HÉCTOR IVÁN VERA JARA, y don PLINO MANUEL MARCHANT SANZANA, todos ya individualizados, en contra de DB INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LTDA., ya individualizada, accediéndose a la acción de despido injustificado y a la nulidad del despido, conforme a lo señalado. En consecuencia, se condena a la demandada principal al pago de las siguientes pres
Fallo
se resuelve: I.- Que se accede a la demanda interpuesta por don HÉCTOR ENRIQUE VERA AGUAYO, don CARLOS LUIS CAMPOS LAZO, don HÉCTOR IVÁN VERA JARA, y don PLINO MANUEL MARCHANT SANZANA, todos ya individualizados, en contra de DB INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LTDA., ya individualizada, accediéndose a la acción de despido injustificado y a la nulidad del despido, conforme a lo señalado. En consecuencia, se condena a la demandada principal al pago de las siguientes prestaciones: a).- Al pago de las remuneraciones del 25 al 30 de noviembre de 2019, según el siguiente detalle: - Héctor Vera Aguayo, la suma de $ 94.760.- - Carlos Campos Lazo, la suma de $ 152.930.- - Héctor Vera Jara, la suma de $ 168.070.- - Plino Marchant Sanzana, la suma de $ 136.760.- Respecto de las remuneraciones del mes de diciembre del año 2019, se condena según el siguiente detalle: - Héctor Vera Aguayo, la suma de $ 473.800.- - Carlos Campos Lazo, la suma de $ 764.650.- - Héctor Vera Jara, la suma de $ 840.500.- - Plino Marchant Sanzana, la suma de $ 683.800.- b).- En cuanto al feriado proporcional, según el siguiente detalle: - Héctor Vera Aguayo, la suma de $ 78.967.- - Carlos Campos Lazo, la suma de $ 127.442.- - Héctor Vera Jara, la suma de $ 140.083.- - Plino Marchant Sanzana, la suma de $ 113.967.- II.- Que atendido a que no se encuentran pagadas las cotizaciones, deberán seguir siendo pagadas las remuneraciones hasta el tiempo en que efectivamente se convalide el despido, conforme lo establece el artícu
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ACTA DE AUDIENCIA DE PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06 de julio de 2021 TRIBUNAL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE RENGO RUC 20-4-0260901-0 RIT O-39-2020 MATERIA Nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones MAGISTRADO DOÑA SANDRA CAROLINA HERRERA MENARES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian A. Silva San Martín HORA DE INICIO 09:09 horas HORA DE TERMINO 09:
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