1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SODEXO CHILE SPA/TORRES

Rol

O-1956-2021

Fecha

7 de julio de 2021

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONSTANCIA INCOMPARECENCIA Se deja constancia que, efectuado los llamados de rigor en la antesala del Tribunal, las partes demandadas no contestan la demandada y tampoco comparecen a la presente audiencia, pese a encontrarse debidamente notificadas. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE: Documental: 1. Contrato de trabajo celebrado entre Sodexo Chile SpA y doña Yesenia Alejandra Torres Saldivia, de fecha 01 de febrero de 2021, con su respectivo anexo de contrato de trabajo de igual fecha. 2. Certificado Maternal emitido por doña Ángela Silva Vera, Matrona de CESFAM José Alvo con fecha 11 de marzo de 2021, respecto del embarazo que cursa la demandada. 3. Carta de despido de la demandada doña Yesenia Alejandra Torres Saldivia, de fecha 31 de marzo de 2021. 4. Comprobante de envío por carta certificada emitido por Correos de Chile con fecha 22 de marzo de 2021, remitida al domicilio de la demandada. 5. Comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo correlativo N° 55068, correspondiente a la demandada doña Yesenia Alejandra Torres Saldivia, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha 25 de marzo de 2021. 6. Libros de asistencia correspondientes a doña Yesenia Alejandra Torres Saldivia, correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y junio, todos del año 2021. 7. Comprobantes de feriado titulados “Autorización y control de vacaciones”, correspondiente a los siguientes trabajadores: a.) Doña Rosa Ester Henríquez Morales, correspondiente al año 2021; b.) Doña Emiliana González Bastías, correspondiente al año 2021; c.) Don Exquiel Arnaldo Ángel Veas, correspondiente al año 2021; d.) Doña María Edilia Vidal Ruminot, correspondiente al año 2021; e.) Don Daniel Alex Urrutia Cabezas, correspondiente al año 2021; f.) Susana Yaneli Malebrán Cisternas, correspondiente al año 2021. 8. Contrato de trabajo celebrado entre Sodexo Chile SpA y don Daniel Alex Urrutia Cabezas, de fecha 27 de octubre de 2

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Rolando Esteban González Moya, abogado, cédula de identidad N° 17.097.839-0, en representación de la sociedad SODEXO CHILE S.P.A., Rut 94.623.000-6, persona jurídica del giro de su denominación, ambos con domicilio en calle Pérez Valenzuela 1635, piso 6, Providencia, Región Metropolitana, de conformidad con lo preceptuado por el artículo 174 del Código del Trabajo, quien deduce demanda laboral por desafuero maternal y solicita autorizar a su representada para poner término al contrato de trabajo de doña Yesenia Alejandra Torres Saldivia, cédula de identidad N° 19.992.505-9, con domicilio particular en José Miguel Carrera 116, La Florida, en base a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que expone. Fundamenta dicha petición en que el contrato de trabajo celebrado entre ambos fue uno sujeto a plazo y cuyo plazo tenía como vencimiento el 31 de marzo del 2021, señala que además de haber cumplido el plazo la demandada no se presentó en la empresa, además de no haber proporcionado las licencias médicas correspondientes para tramitarlas en forma correcta. En consecuencia, viene solicitando a este Tribunal se acoja la demanda y se conceda el desafuero autorizando a Sodexo Chile S.p.A. a poner término a la relación laboral que la vincula con la demandada Yesenia Alejandra Torres Saldivia, por la causal contemplada en el artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, de término de contrato, razón por la cual es absolutamente procedente que se otorgue la mencionada autorización para poner término a su contrato de trabajo. SEGUNDO: Que, la demandada de autos fue válidamente notificada de la demanda, y sin embargo no ha contestado y se encuentra en rebeldía no habiendo asistido tampoco a la presente audiencia preparatoria. TERCERO: Que, a petición de la parte demandante, atendida la incomparecencia de la demandada y de la falta de contestación de la demanda, previa exhibición de documentación laboral de las partes que da cuenta de la efectividad de los hechos descritos en la demanda, el tribunal ya hizo uso de la facultad conferida en el artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo, teniendo por tácitamente admitidos los hechos contenidos en el libelo de demanda; que, en virtud de lo anterior, y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos, no se recibió la causa a prueba, procediéndose a dictar sentencia. CUARTO: Que, se ha solicitado a este Tribunal autorización para poner término a la relación laboral existente entre las partes, invocando para ello el empleador la causal contemplada en el artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, por vencimiento del plazo establecido en el contrato de trabajo. Que, dicho artículo prescribe que “El contrato de trabajo terminará en los siguientes casos: N° 4. Vencimiento del plazo convenido en el contrato”. Que, el inciso 1° del artículo 201 del Código del Trabajo, establece que “Durante el periodo de embarazo y hasta un año después de

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 159, 174, 194, 201, 420 y siguientes, 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por Sodexo Chile S.p.A., en contra de doña Yesenia Alejandra Torres Saldivia, autorizándose a la empleadora demandante a poner término al contrato de trabajo existente con la demandada, en virtud de la causal contemplada en el N° 4 del artículo 159 del Código del Trabajo. II. Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Dictada por don Gonzalo Figueroa Edwards, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Santiago. Siendo las 10:40 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don Gonzalo Figueroa Edwards, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a seis de julio de dos mil veintiuno. REGISTRO DE AUDIO

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 06/07/2021. RUC 21-4-0328456-1 RIT O-1956-2021 CARATULADO SODEXO CHILE SPA/TORRES MAGISTRADO Gonzalo Figueroa Edwards ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Peñaloza Díaz HORA DE INICIO 10:33 HORA DE TERMINO 10:40 SALA Sala virtual 6 (1.1) Nº REGISTRO DE AUDIO 214032845

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