Juzgado de Letras y Garantía de Lota.

MINISTERIO PUBLICO C/ CARLOS EDUARDO GALLARDO CABRERA

Rol

O-192-2019

Fecha

13 de mayo de 2022

Materia

ROBO POR SORPRESA.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento se le libera del pago de las costas. Alcense las medidas cautelares. Regístrese, agréguese a la carpeta judicial y, en su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Resolvió y dictó sentencia MANUEL RODRIGO ARGANDOÑA OSSES, Juez suplente del juzgado de Letras y Garantía de Lota. DXNFZKWKQL Manuel Rodrigo Argandona Osses Juez de garantía Fecha: 14/05/2022 12:02:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-05-14T12:05:36-0400 Corte Suprema Manuel Rodrigo Argandona Osses Verificación Legal

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se condena a CARLOS EDUARDO GALLARDO CABRERA, RUT 0019383681-K, ya individualizado, de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y a la accesoria del articulo 30 del código procesal penal, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de ROBO POR SORPRESA, perpetrado en la comuna de Lota, el día 13 de marzo del 2019, a las 15.30 horas, en grado de desarrollo consumado. II. Que, respecto de CARLOS EDUARDO GALLARDO CABRERA reuniéndose los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, la pena privativa de libertad impuesta se sustituye por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA, por el mismo término de la pena inicial, desde la 22.00 horas de cada día, hasta las 06.00 horas del día siguiente. El control de la ejecución de esta sanción se efectuará mediante sistema de monitoreo telemático, atendido el informe de factibilidad técnica favorable elaborado por Gendarmería de Chile. Para tal propósito el sentenciado deberá presentase al CRS que corresponda, dentro del plazo de 5 días contados que esta sentencia estuviere firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. III. Que, en razón de su admisión de responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento se le libera del pago de las costas. Alcense las medidas cautelares. Regístrese, agréguese a la carpeta judicial y, en su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Resolvió y dictó sen

Texto Completo (Preview)

Individualización de audiencia de preparacion juicio oral y procedimeinto abreviado. Videoconferencia. Fecha Lota, trece de mayo de dos mil veintidós Magistrado MANUEL RODRIGO ARGANDOÑA OSSES Fiscal HUGO CUEVAS GUTIERREZ Defensor SCARLET ANDRADE CARDENAS Hora inicio 11:11 Hora término 11.39 Sala Magaly Angulo Gallardo/ Yessica Aravena Mendez Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Lota RUC 19002

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