GRANDE/LÓPEZ
Rol
C-3782-2019
Fecha
30 de enero de 2020
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 19 de julio del 2019, don Ricardo Grande Velásquez, pensionado, con domicilio en calle Uno Norte N°754, comuna de San Felipe, deduce demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en contra de don Alfonso Manuel López Caneo, ignora profesión u oficio, con domicilio en calle Artemon Segundo Cifuentes, Nº 325, comuna de San Felipe, en atención a las siguientes consideraciones: Señala que es dueño del inmueble ubicado en Calle Artemon Segundo Cifuentes Nº 325, de la comuna de San Felipe y que dio en arriendo dicho inmueble al demandado con fecha 18 de agosto del año 2010. Indica que dicho contrato se pactó por escrito y las firmas de las partes fueron autorizados por el notario de San Felipe don Juan Cortes Michea, Notario Público Suplente del Titular de San Felipe don Alex Pérez De Tudela Vega en el cual se estipuló el pago de una renta por la cantidad de $100.000 mensuales, la cual, a la fecha, asciende a la suma de $ 150.000. Sin embargo, refiere que la demandada no ha pagado la renta de arrendamiento correspondiente a los meses de meses mayo, junio y julio de 2019 y por último tampoco pagó los consumos básicos del inmueble, los cuales corresponden a la cantidad de $334.626 por concepto de consumo de agua potable y $82.319 por concepto de consumo de energía eléctrica. Por lo tanto, solicita el término del contrato de arrendamiento, por no pago de rentas, debiendo la demandada restituir el inmueble, pagando además las rentas de arrendamiento y consumos básicos ya referidos y los que se devenguen hasta la restitución efectiva del inmueble. Notificada legalmente la demanda con fecha 6 de agosto de 2019, se efectuó comparendo de estilo con fecha 12 de agosto del mismo año. En éste se contestó la demanda, en rebeldía, se llamó a las partes a conciliación, la que no se produjo y se recibió la causa a prueba rindiéndose las probanzas correspondientes. Se citó a las partes a oír sentencia, con fecha 24 de enero de 2020.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 19 de julio del 2019, don Ricardo Grande Velásquez, ya individualizado, interpone demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas en contra de don Alfonso Manuel López Caneo, también ya individualizado, en virtud de lo señalado en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que la parte demandante, a fin de acreditar los fundamentos fácticos de su acción rindió las siguientes probanzas: DOCUMENTAL: 1.- Copia de contrato de arrendamiento celebrado con fecha 18 de agosto del año 2010, ante notario de San Felipe don Juan Cortes Michea, Notario Público Suplente del Titular de San Felipe don Alex Pérez De Tudela Vega; 2.- Reporte de facturación de la empresa ESVAL S.A de fecha 21 de junio de 2019. 3.- Documento de la empresa Chilquinta S.A, en la cual figura el número de cliente. 4.- Copia de aviso previo, de intención de no renovar el contrato de arrendamiento de fecha 1 de julio de 2019. 5.- Boleta de Correos de Chile N°11.113.506. TESTIMONIAL: De doña Evelyn Massiel Osorio García: quién en forma sucinta refiere, al primer punto de prueba: Sí, efectivamente existe un contrato de arrendamiento el que suscribió con fecha 18 de agosto del año 2010, y refiere a una propiedad ubicada en calle Artemon Cifuentes 325, San Felipe y que la renta mensual era de $150.000 pesos mensuales. Manifiesta que le consta por conocer al demandante desde hace muchos años, por ser cliente de la oficina donde trabaja. Al segundo punto de prueba: Manifiesta que por los propios dichos de don Ricardo Grande Velásquez se ha informado que el demandado le adeuda rentas por concepto de arrendamiento, los meses de mayo, junio, julio y agosto del año 2019, además de adeudar gastos por concepto de luz eléctrica y agua potable. Al tercer punto de prueba: Señala que efectivamente el demandante le mandó una carta al demandado, con fecha 1 de julio del año 2019, en donde señala que no quiere renovar el contrato de arrendamiento, el cual terminó el día 2 de agosto de 2019. Atestados de don Edgardo Moisés Vergara Prado, quién refiere: Al primer punto de prueba: Indica que sabe y le consta que existe un contrato de arrendamiento, celebrado entre el demandante y el demandado y que tiene relación con una casa habitación ubicada en calle Artemon Cifuentes 325 de la ciudad de San Felipe, la renta de arrendamiento fue pactada y que se encuentra actualizada a la suma de $150.000 pesos mensuales. Al segundo punto de prueba: Señala que le consta que las rentas de arrendamiento de los meses de junio, julio y agosto de 2019 no se encuentran pagadas, y que al parecer los servicios básicos se encontrarían igualmente impagos. Al tercer punto de prueba: Manifiesta que el plazo no se renovó mediante una carta certificada que se le envió al demandado y fue justamente
Fallo
por estas razones que el contrato terminó con fecha 2 de agosto de 2019. OFICIOS: La parte demandante solicitó y obtuvo los siguientes oficios: 1.- Oficio N° GL- 043/2019 de fecha 14 de octubre de 2019, de la empresa Chilquinta S.A. 2.- Oficio N°236 de fecha 24 de octubre de 2019, de la empresa ESVAL S.A. TERCERO: Que la parte demandada para desvirtuar la petición de la actora no rindió prueba en la instancia. CUARTO: Que de la prueba rendida en autos, especialmente el contrato de arrendamiento acompañados en autos con la ritualidad procesal correspondiente y no objetado, se desprende que entre don Ricardo Grande Velasquez y don Alfonso Manuel López Caneo, se celebró un contrato de arrendamiento con fecha 18 de agosto del año 2010. En dicho contrato, que acompaña específicamente la parte demandante, se evidencia que las partes arrendaron el inmueble ubicado en calle Artemon Segundo Cifuentes, Nº 325, comuna de San Felipe, por una renta mensual de $100.000 pesos, pagadera los primeros 5 días de cada mes, el cual, de acuerdo a la cláusula sexta del contrato, sería reajustado anualmente, de mutuo acuerdo, ascendiendo a la fecha a la cantidad de $150.000 pesos, según lo refrendan los testimonios prestados en autos por Evelyn Osorio García y Edgardo Vergara Prado. QUINTO: Que, en cuanto a la alegación de adeudar la demandada por concepto de rentas impagas los meses de mayo, junio y julio de 2019, y no habiendo acreditado el demandado dicha solución, conforme lo dispuesto en el
Texto Completo (Preview)
FOJA: 28 .- veintiocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-3782-2019 CARATULADO : GRANDE/L PEZÓ San Felipe, treinta de Enero de dos mil veinte VISTOS: Que, con fecha 19 de julio del 2019, don Ricardo Grande Velásquez, pensionado, con domicilio en calle Uno Norte N°754, comuna de San Felipe, deduce demanda de término de contrato de arrendami
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica