C/ LUIS ADOLFO NAVARRO HILLS
Rol
O-359-2021
Fecha
13 de mayo de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha cinco de mayo de dos mil veintidós, ante la Sala del Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados don Marcelo Rojas Arenas, quien la presidió, doña Nora Rosati Jerez y doña Paula Victoria Rodríguez Fondón, se llevó a efecto la audiencia de juicio correspondiente a los autos RUC 2100537632-4, RIT 359-2021 de este Tribunal, seguidos en contra del acusado LUIS ADOLFO NAVARRO HILLS, Rut 14.487.004-2, 48 años, nacido el 8 de septiembre de 1973, en Santiago, chileno, soltero, maneja una camioneta de carga, domiciliado en calle Batallón Chacabuco Nº 03642, Población Chacabuco, comuna de La Pintana. En representación del Ministerio Público compareció la fiscal doña Paula Rojas Richards, La defensa del acusado estuvo a cargo de la defensora penal pública doña Bárbara Antivero.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación: Que el Ministerio Público sostuvo su acusación, en los mismos términos indicados en el auto de apertura de juicio oral, en contra del acusado Luis Adolfo Navarro Hills, fundada en los siguientes hechos: “El día 6 de junio de 2021, alrededor de las 17:35 horas, en circunstancias que la víctima Paola Vanessa Kremer Allende se encontraba en su domicilio ubicado en Avenida Independencia nro. 4599 departamento 1003 torre B comuna de Conchalí, hasta el lugar llegó su ex conviviente, el acusado LUIS ADOLFO NAVARRO HILLS, quien luego de decir le una serie de improperios la amenazó manifestándole “con quien estás hablando maraca culiada, te apuesto que te está pelando, te lo pasas pegada en el teléfono, drogadicta, no vas a estar con nadie más que no sea MARCELO ANDRES ROJAS ARENAS Juez Presidente Fecha: 13/05/2022 15:13:40 PAULA VICTORIA RODRIGUEZ FONDON Juez Redactor Fecha: 13/05/2022 15:16:22 XCSEZKCRDG NORA ANGELA ROSATI JEREZ Juez Integrante Fecha: 13/05/2022 16:56:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl yo, si tú no estás conmigo yo te voy a matar, tú sabes que yo he matado a otras personas y no me va a temblar la mano en matarte a vo“ generando en la víctima el temor de verse expuesta a un mal mayor por lo cual solicitó la concurrencia de personal policial, quienes procedieron a su detención. El 22 de junio de 2021, aproximadamente a las 17:40 horas, en circunstancias que la víctima Paola Vanessa Kremer Allende se encontraba en su domicilio ubicado en Avenida Independencia nro. 4599 departamento 1003 torre B comuna de Conchalí, llegó al lugar su ex conviviente, el acusado LUIS ADOLFO NAVARRO HILLS, quien, tras una discusión, la amenazó manifestándole entre insultos que la mataría, tras lo cual le propinó golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo, además de arrastrarla. A raíz de dicha agresión la víctima resultó con lesiones de carácter leve, consistentes en lesiones en miembros superiores, muñecas, escoriaciones en espalda, de 5 cms de diámetro aproximadamente en región lumbar, hematoma en ambos miembros inferiores región lateral, en miembros inferiores escoriación en cada lesión de menos de 0.04 cms. A su vez, con dicho comportamiento el acusado incumplió la resolución judicial del 2° Juzgado de Garantía de Santiago que en audiencia de control de detención del 07 de junio de 2021, en causa RUC 2100537632-4, RIT 4624- 2021, decretó medidas cautelares contempladas en las letras A y B del artículo 9° de la ley sobre Violencia Intrafamiliar , esto es, la oblig
Fallo
por tanto no concurren la discusión acerca de si las cautelares del artículo 9 son constitutivas de desacato, desde que solo lo serían las sentencias ejecutoriadas. No se trata de un hecho en contexto de violencia intrafamiliar. En relación al delito de lesiones, la declaración de la víctima si es necesaria, por cuanto sus lesiones no son compatibles con los golpes que se relatan. Según la acusación el acusado la habría golpeado en diferentes partes del cuerpo con golpes de pies y puños y las lesiones que tiene la víctima son escoriaciones en muñecas y en la parte superior especialmente la espalda, las de la muñeca dan cuenta de una fuerza externa que las apretó o retuvo por lo que no dicen relación con golpes de pies o puños, no presenta hematomas en el rostro o en otra parte. Las escoriaciones son de retención o para tratar de evitar alguna energía, pero no se condicen con la acusación por lo que es necesario que la víctima explique cómo se produjeron las escoriaciones, porque no provienen de los golpes de pies y puños que denunció. TERCERO: Declaración del acusado: Que el acusado el acusado Luis Adolfo Navarro Hills hizo uso de su derecho a guardar silencio y no declaró en la audiencia de juicio. CUARTO: Convenciones probatorias: Que según da cuenta el auto de apertura, las partes no acordaron convenciones probatorias autorizadas por el artículo 275 del Código Procesal Penal. QUINTO: Medios de prueba: Que, centrada la controversia en los términos señalados, el Ministeri
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RUC 2100537632-4 RIT 359-2021 C/ LUIS ADOLFO NAVARRO HILLS Sentencia absolutoria y condenatoria Santiago, trece de mayo de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha cinco de mayo de dos mil veintidós, ante la Sala del Segundo Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados don Marcelo Rojas Arenas, quien la presidió, doña Nora Rosati Jerez y doña Paula Victoria Rodrígue
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