C/ JOSÉ LUIS OLAVE ZAGAL
Rol
O-183-2021
Fecha
13 de mayo de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO., CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que el seis del presente mes y año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida en contra de JOSE LUIS OLAVE ZAGAL, cédula nacional de identidad N° 15.142.869-K, nacido el 26 de diciembre de 1981, de 40 años, casado, temporero agrícola, domiciliado Callejón Los Nogales, Bajo los Romeros s/n Molina. Apodado Joselo. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público de Curicó, con domicilio en Chacabuco N° 329 de Curicó, representado por la fiscala Leticia Flores Belmar. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal privado don Aldo Duque Santos y Andrés Delgado González, con domicilio ya registrado en la carpeta judicial.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de acuerdo con el auto de apertura de juicio oral, la acusación fiscal, versa sobre el siguiente hecho: El día 11 de Noviembre 2019, alrededor de las 12:33 horas, el acusado JOSE LUIS OLAVE ZAGAL conducía en manifiesto estado de ebriedad el tipo Minibús, Marca Hyundai, modelo New Hi, Placa Patente Única BVJL-95, color Plateado, año 2009, desplazándose por la Avda. Alfonso Pacheco Letelier S/N, de la Localidad de Villa Prat, comuna de Sagrada familia, con sus capacidades físicas y reactivas disminuidas debido a la ingesta de bebidas alcohólicas, el cual se estaciono en dicho lugar, siendo fiscalizado por personal policial quienes realizaban patrullajes preventivos por el sector, quienes constataron que se desempeñaba en manifiesto estado de ebriedad y que su licencia de conducir fue suspendida por el plazo de 5 años por sentencia condenatoria de fecha 21 de noviembre de 2015, en causa RUC N°1500495122-8, RIT N° 970/2015 del Juzgado de Garantía de Molina, por conducción en estado de ebriedad con licencia suspendida según hoja de vida de conductor emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación y además conducía sin contar con la licencia profesional requerida para este minibús ya individualizado. Por tal motivo, el acusado OLAVE ZAGAL fue detenido y trasladado al Hospital de Hualañé, donde se le practicó el correspondiente examen de alcoholemia, el que, analizado por el Servicio Médico Legal de Talca, arrojo una dosificación 1,55 gramos por mil de alcohol en la sangre. ETXCZKXHWD Amelia Patricia Avendaño González Juez oral en lo penal Fecha: 13/05/2022 13:47:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 Los hechos descritos precedentemente, en concepto del ente persecutor, son constitutivos de los delitos de conducción en estado de ebriedad con licencia suspendida y de conducción sin licencia debida, previsto y sancionado en el artículo 110 en relación con el artículo 196 y 209 inciso 2º de la Ley 18.290, en que al acusado le ha correspondido participación criminal en calidad de autor. A juicio de la Fiscalía, perjudica al acusado la circunstancia agravante de responsabilidad penal descrita en el artículo 12 N° 16 del Código Penal, esto es, haber sido condenado el culpable anteriormente por delito de la misma especie y solicitó se imponga al acusado la pena ochocientos diecinueve días de presidio menor en su grado medio, a las accesorias de multa de diez unidades tributarias mensuales y la cancelación de su carnet, permiso o autorización para conducir vehículos moto
Fallo
Por estas consideraciones y, VISTO, además, lo dispuesto en los artículos 1, 14 N° 1, 15 N° 1, 11 Nº 9, 18, 21, 30, 67 y 69 del Código Penal; 295, 297, 325, y siguientes, 340, 341, 342, 343, 344, 346, 348, y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.290 y Ley 20.603, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA, a JOSE LUIS OLAVE ZAGAL, ya individualizado, a la pena única de 541 DIAS de presidio menor, en su grado medio, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, MULTA de DOS (2) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES Y A LA CANCELACION DE SU LICENCIA DE CONDUCIR, como AUTOR del delito de MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA SUSPENDIDA Y SIN LA ETXCZKXHWD Amelia Patricia Avendaño González Juez oral en lo penal Fecha: 13/05/2022 13:47:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 14 LICENCIA DEBIDA, perpetrado el 11 de noviembre de 2019, en la localidad de Villa Prat, comuna de Sagrada Familia. II.- Que, en relación con la multa impuesta, esta podrá ser pagada en seis cuotas, iguales y sucesivas, debiendo pagar
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1 CONTRA: JOSE LUIS OLAVE ZAGAL DELITO: MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON LICENCIA SUSPENDIDA Y SIN LICENCIA DEBIDA. R.I.T.: N° 183-2021 R.U.C.: N° 1901236316-0 Curicó, trece de mayo de dos mil veintidós. VISTO: Que el seis del presente mes y año, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral para conocer de la acusación dirigida en
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