MP C/ ROLANDO ANTONIO ROJAS COFRÉ
Rol
O-11-2022
Fecha
10 de mayo de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y teniendo presente que atendida la naturaleza del ilícito por el cual fue condenado previamente el apelante, el cual no obsta a tener por configurado lo requisito del artículo 15 de la Ley N°18.216 para conceder la libertad vigilada simple y visto además lo dispuesto en los artículos 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la sentencia definitiva del veintiocho de abril del dos mil veintidós, dictada por la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los jueces Marcelo Martínez Venegas, Sandra Orellana Araya (S) y Alfonso Díaz Cordaro, en aquella parte que negó lugar a la sustitución de la condena impuesta a don Rolando Antonio Rojas Cofré, por la libertad vigilada simple, y en su lugar, se concede dicha pena sustitutiva, como forma de cumplimiento de la respectiva condena. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-158-2022 ZX Aída Inés Osses Herrera MINISTRO Fecha: 10/05/2022 14:07:33 Marcela Paz Ruth Araya Novoa MINISTRO(P) Fecha: 10/05/2022 14:28:41 Rodrigo Miguel Cid Mora MINISTRO(S) Fecha: 10/05/2022 14:40:45 3 Pronunciado por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Copiapó integrada por Ministra Presidente Marcela Paz Ruth Araya N., Ministra Aida Osses H. y Ministro Suplente Rodrigo Miguel Cid M. Copiapo, diez de mayo de dos mil veintidós. En Copiapo, a diez de mayo de dos mil veintidós, notifiqué en Secretaría por el Estado Diario la resolución precedente. Copiapó, veintiocho de abril de dos mil veintidós. ZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 02 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos h
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante la Tercera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó, integrada por los jueces señores Marcelo Martínez Venegas, quien la presidió, Sandra Orellana Araya (S) y Alfonso Díaz Cordaro, el día 22 de abril en curso, se llevó a efecto el juicio oral en causa RUC 2000245726-2 y RIT 11-2022, en el cual el Ministerio Público, representado en juicio por el Fiscal Adjunto Sebastián Coya González, dedujo acusación en contra del imputado ROLANDO ANTONIO ROJAS COFRÉ, run 14.114.452-9, nacido en Copiapó, el 16 de enero de 1981, soltero, enfierrador, con domicilio en Pasaje 3 N° 2069, Villa Esperanza, Copiapó. El acusado fue representado en juicio por la abogado Defensor Penal Público licitada Aileen Kenett Portilla. SEGUNDO: Que el Ministerio Público fundó su acusación en el siguiente hecho que se transcribe: “En días y horas previos al día 30 de septiembre de 2020, funcionarios de la Policía de Investigaciones de Copiapó, sección MT-0, en virtud de una orden de investigar previa emanada de la Fiscalía Local, efectuaron diversas diligencias tendientes a esclarecer denuncias en contra de habitantes y residentes de inmueble ubicado en Pasaje 3 Nº 2069, Villa Esperanza, Copiapó, toda vez que sus ocupantes utilizaban dicho inmueble como punto de venta de drogas, entre ellas, por lo que se desarrollaron vigilancias discretas a inmueble denunciado corroborando con ellas la venta de drogas al menudeo, concretando personal de PDI la detención de dos adquirentes de drogas desde el domicilio ubicado en pasaje 3 Nº 2069, Villa Esperanza, , quienes fueron detenidos los días 25/09/2020 y 28/09/2020 respetivamente, portando 02 envoltorios con 0,37 gramos de cocaína base y 01 envoltorio contenedor de 0,17 gramos de cocaína base. En base a dichos antecedentes, y contando con autorización judicial para entrada, registro e incautación de evidencias, funcionarios de la PDI, ingresaron el día 30/09/2020 siendo presumible que imputados y medios de comprobación del delito de micro tráfico se encontraban en el interior del inmueble ya indicado, incautando desde el interior droga que poseía con fines 5 de tráfico el acusado Rolando Rojas Cofre, consistente en 123 envoltorios de papel contenedores de un total de 18,21 gramos de cocaína base con una pureza del 36% según análisis isp, una pesa digital, bolsas plásticas y una tijera- elementos típicos de la dosificación de droga- , además de $9.000.” A juicio del Ministerio Público, dichos hechos son constitutivos del delito de Tráfico Ilícito de Drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, en grado de desarrollo consumado, y donde le ha correspondido al acusado participación en calidad de autor conforme lo disponen los artículos 14 y 15 N°1 ambos del Código Penal. En cuanto a circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, el Ministerio Público estima que no concurren circunstancias atenuantes ni agravantes. En dicho mérito, el Minister
Fallo
Por tanto, no resulta procedente la remisión condicional de la pena ni la libertad vigilada, como tampoco la aplicación del artículo 38 de la misma ley. VIGÉSIMO SÉPTIMO: La Fiscalía en la acusación solicitó el registro de la huella genética del acusado. Sin embargo, el delito de tráfico de drogas en pequeñas cantidades no está incluido en el listado de ilícitos que obligan a dicho registro, conforme al artículo 17 de la ley 19.970. Por tanto, esa petición es improcedente. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 14 N°1, 15 N° 1, 30, 50, 68 y 69 del Código Penal; artículo 1, 4, y siguientes de la Ley 20.000; artículo 1° y siguientes del Decreto Supremo 867 de febrero de 2008; 1°, 47, 295, 296, 297, 340, 342 y 348 del Código Procesal Penal; ley 18.216, SE DECLARA: I. Que se condena a ROLANDO ANTONIO ROJAS COFRÉ, ya individualizado, a sufrir la pena de DOS (02) AÑOS de presidio menor en su grado medio, multa de 1/3 de UTM y a las accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes o psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, en la modalidad de poseer cocaína base, hecho en el cual fue sorprendido el día 30 septiembre de 2020, en la ciudad y comuna de Copiapó. II. Que, reuniéndose en la especie todos los requisitos contemplados en el artículo 8 de la Ley Nº 18.216, se concede al sentenciado R
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Fecha: diez de mayo de dos mil veintidós Sala: Primera Rol Corte: penal-158-2022 Ruc N°: 2000245726-2 Rit N°: 11 - 2022 Juzgado: Tribunal del Juicio Oral en lo Penal Ministros: Ministra señora Marcela Paz Ruth Araya Novoa, Ministra señora Aída Osses Herrera y el Ministro (s) Rodrigo Cid Mora Relatora: Anita Niculcar Solís Fiscal: Paula Chavez Defensor: Marcia Guzmán Hora inicio: 10
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