2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CHAVALOS CON CORPORACIÓN EDUCACIONAL EL CIPRÉS DE MAIPÚ

Rol

M-1610-2020

Fecha

6 de julio de 2021

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Incomparecencia: Se deja constancia que la demandante de autos no ha comparecido a la presente audiencia única a pesar de estar válidamente notificada para ello, lo cual consta en el correspondiente registro de audio. Traslado contestación: El Tribunal confiere traslado a la parte demandada para contestar la demanda, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, esta no se produce por la incomparecencia de la parte demandante. Fija hechos pacíficos: 1) La existencia de la relación laboral. Fija hechos controvertidos: 1) Fecha de inicio de la relación laboral. 2) Efectividad que el demandante suscribió finiquitos, en dicho evento, si dichos finiquitos fueron efectuados con reserva de derechos, términos y alcances de los mismos. 3) Naturaleza de los contratos de trabajo suscritos por el demandante. 4) Efectividad de adeudar las prestaciones que se señalan en la demanda. Medios de Prueba: La parte demandada ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Contrato de trabajo celebrado entre las partes de fecha 5 de marzo de 2018. 2) Finiquito de contrato de trabajo celebrado entre las partes de fecha 5 de marzo de2019. 3) Contrato de Trabajo celebrado entre las partes de fecha 1 de marzo de 2019. 4) Carta de aviso de término de relación laboral de fecha 23 de diciembre del 2019. 5) Finiquito de contrato de trabajo celebrado entre las partes de fecha 5 de marzo de2020 6) Certificado de pago de cotizaciones previsionales desde enero 2018 a febrero 2020. Observaciones a la prueba: La parte demandada realiza las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la E

Fallo

se declara: I. Que se rechaza la demanda en todas sus partes. II. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió y dictó sentencia doña Liliana Luisa Ledezma Miranda, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, cinco de julio de dos mil veintiuno.-

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 05 de julio de 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 13 RUC 20-4-0273419-2 RIT M-1610-2020 MAGISTRADO LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ERNESTO PIDERIT FERNANDEZ HORA DE INICIO 10:57 HORAS HORA DE TERMINO 11:22 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 204027341

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