14º Juzgado de Garantía de Santiago

MINISTERIO PUBLICO C/ SEBASTIÁN FÉLIX SAYEN VERGARA

Rol

O-2595-2019

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos “El día 07 de Abril de 2019, a las 05:05 horas aproximadamente acusado César Bryan Hernández Reinoso, conducía en estado de ebriedad el automóvil placa patente única BBLW-18, con al menos 1.11 gramos por mil de concentración de alcohol en la sangre, sin haber obtenido licencia de conducir, por la intersección de las calles Avenida La Florida y Gerónimo de Alderete, comuna de la Florida, lugar donde impacta en la parte posterior al vehículo placa patente única CCHK-71, causándole daños, el que se encontraba detenido ante semáforo de luz roja y que era conducido por José Luis Barrera Morales, en compañía de Carmen Gloria Seguel Gutiérrez, descendiendo los involucrados de sus respectivos automóviles, donde Carmen Seguel comienza a sacar fotografías con su teléfono celular con el fin de registrar los daños causados, lo que altera a Hernández Reinoso, quien la insulta, motivo por el cual se interpone José Barrera, siendo agredido con golpes de puño en el rostro y extremidades inferiores por parte Hernández Reinoso. En ese mismo instante los acusados Sebastián Félix Sayen Vergara, Yerko Antonio Daza Díaz y Poulette Margarita Carvajal González, transitaban por la misma intersección en un tercer vehículo placa patente única JHHF-91, conducido por Sebastián Félix Sayen Vergara, quien lo hacía en estado de ebriedad, con al menos 0.84 gramos por mil de concentración de alcohol en la sangre, momento en el cual al percatarse del accidente descienden del automóvil, y sin mediar dialogo ni razón alguna Sebastián Sayen y Yerko Daza comienzan a agredir con golpes de puño en el rostro y patadas en las piernas a José Barrera. Paralelamente Poulette Carvajal, golpea sin razón alguna a Carmen Seguel con golpes de puño en los brazos y patadas en las piernas. Don José Luis Barrera Morales, resulta con lesiones clínicamente leves consistentes en “parpado superior izquierdo, mejilla y región frontal izquierda con hematomas y múltiples escoriaciones” y doña Carmen Gloria Seguel Gutie

Fundamentos

considerando el día que los imputados permanecieron privados de libertad con motivo de esta causa, a saber, el 7 de abril de 2019. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS, ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema. XCWRZJFTXK CRISTIAN ANDRES FUENTEALBA ZAMORA Juez de garantía Fecha: 12/05/2022 09:05:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-05-12T09:06:35-0400 Corte Suprema CRISTIAN ANDRES FUENTEALBA ZAMORA Verificación Legal

Fallo

SE RESUELVE: I. Que se condena a YERKO ANTONIO DAZA DÍAZ y a POULETTE MARGARITA CARVAJAL GONZÁLEZ, ambos ya individualizados, a sufrir cada uno la pena de multa de un tercio de unidad tributaria mensual, por su responsabilidad como autores directos de la falta consumada de LESIONES LEVES, tipificada en el artículo 494 N° 5 del Código Penal, cometida dentro del territorio jurisdiccional de este Tribunal el día 7 de abril de 2019. II. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, se dispone la suspensión de la pena y sus efectos por el plazo de seis meses contados desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada. Si al cabo de dicho periodo los requeridos no fuesen objeto de un nuevo requerimiento o formalización de la investigación se dejará sin efecto la sentencia y, en su reemplazo, se decretará el sobreseimiento definitivo de la presente causa. III. Se exime a ambos requeridos del pago de las costas de la causa, toda vez que se encuentran representados por la Defensoría Penal Pública. IV. En el evento que quedase sin efecto la suspensión de la pena, la multa impuesta se tendrá por cumplida considerando el día que los imputados permanecieron privados de libertad con motivo de esta causa, a saber, el 7 de abril de 2019. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS, ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los

Texto Completo (Preview)

TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1 1 - RIT : - 1 IMPUTADO : POULETTE MARGARITA CARVAJAL GONZÁLEZ Cédula de Identidad : 41 4 -4 Fecha de nacimiento : 1 de noviembre de 1 Domicilio : calle Luis Uribe N° 14 , dpto. , comuna de San Bernardo IMPUTADO : YERKO ANTONIO DAZA DÍAZ Cédula de Identidad : 1 - Fecha de nacimiento : 1 de septiembre de 1 1 Domicilio : calle Gobernador Muñoz Ga

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