MINPUBLICO C/ VASCO RICHARD GACITÚA HUENCHUMÁN
Rol
O-1177-2019
Fecha
10 de mayo de 2022
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS A.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que fundan la acusación fiscal. Magistrado Atendido lo señalado por los intervinientes y lo manifestado por el acusado, se tramitará esta causa de acuerdo a las normas del procedimiento abreviado. Fiscal Señala los antecedentes de la investigación. Defensa Expone los argumentos de defensa, solicita pena sustitutiva de remisión condicional, se rebaje la multa a 1/3 UTM, se le tenga por cumplida o se le otorguen parcialidades. Fiscal No hace alegaciones. DVWPZJMEYD Andrea Valeria Rodriguez Ferrada Juez de garantía Fecha: 11/05/2022 17:06:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Fiscal Guarda silencio. PARTE RESOLUTIVA DE LA SENTENCIA: La audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra en el registro de audio del Tribunal 1900782721-3-193 del 220510-00, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6, 11 N° 9, 30, 67, 70, 456 bis A del Código Penal; arts. 47, 297, 340, 341, 342, 348, 406 y siguientes; y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena al acusado VASCO RICHARD GACITÚA HUENCHUMÁN, cédula de identidad N° 20.779.077-K, ya individualizado, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la Comuna de Los Álamos el día 21 de junio del año 2019, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio; multa de 1/3 UTM y las accesorias de suspensión de cargo u oficio p
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 11 N° 6, 11 N° 9, 30, 67, 70, 456 bis A del Código Penal; arts. 47, 297, 340, 341, 342, 348, 406 y siguientes; y 468 del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena al acusado VASCO RICHARD GACITÚA HUENCHUMÁN, cédula de identidad N° 20.779.077-K, ya individualizado, como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, cometido en la Comuna de Los Álamos el día 21 de junio del año 2019, a la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio; multa de 1/3 UTM y las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II.- Que atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad en esta causa desde que se practicó su detención el día 22 de junio de 2019, a las 15:30 horas y se realizó audiencia de control de la detención al día siguientes, a las 12:00 horas, esto es, que permaneció privado de libertad por una fracción superior a doce horas, se tendrá por cumplida la pena de multa de 1/3 UTM. III.- Que se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta, por la pena sustitutiva de remisión condicional debiendo el sentenciado permanecer bajo la sujeción y vigilancia de la sección correspondiente de Gendarmería de Chile, CRS de Cañete, por el mismo tiempo de la pena privat
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ACTA DE AUDIENCIA, DICTANDO SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO RESPECTO IMPUTADO VASCO GACITÚA HUENCHUMÁN Y FIJANDO NUEVO DIA Y HORA PREPARACION DE JUICIO ORAL RESPECTO IMPUTADO ARIEL ALARCÓN LEÓN. “La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los Argumentos vertidos por
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