Juzgado de Garantía de Angol.

GLORIA MARIA MORENO VIZCARRA C/ DELLIRETT CLEMENTINA MUÑOZ LABRÍN

Rol

O-836-2020

Fecha

10 de mayo de 2022

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento. Se procede a la lectura de la sentencia. VISTO, OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Por tales consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto por los artículos 1, 3, 5, 7, 11Nº6 y 9, 14, 15 N° 1, 18, 21, 22, 25, 30, 50, 70, 399, 400, 494 Nº16 del Código Penal, artículos 388, 389, 393 BIS, 395, 398 del Código Procesal Penal, RESUELVO: I.- Que, acoge el requerimiento y se condena a doña JENIFER ANDREA RIQUELME FERNÁNDEZ, ya individualizada, a la pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autora de una falta consumada de coacción, prevista y sancionada en los artículos 494 Nº16 del Código Penal, cometida en esta jurisdicción el día 28 de diciembre de 2019. II.- Que no se condena en costas a la sentenciada. III. Que en virtud de lo establecido en el artículo 398 del Código Procesal Penal, existiendo antecedentes favorables de la imputada, se le suspende la imposición de la condena de la falta por el plazo de 6 meses. Transcurrido dicho plazo sin que la imputada hubiere sido objeto de nuevo requerimiento o de una formalización de la investigación, el tribunal dejará sin efecto la sentencia, y en su reemplazo decretará el sobreseimiento definitivo de la causa. Dese cumplimiento a lo que establece el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes quedan notificados de lo resuelto precedentemente, de acuerdo a lo que establece el artículo 346 del Código Procesal Penal. Déjense sin efecto las medidas cautelares que se encontraren vigentes. Dese copia de la presente acta a los intervinientes una vez elaborada Dirigió la audiencia y dictó don GRACIELA RIOBO HERMOSILLA, Juez suplente del Juzgado de Garantía de Angol. CERTIFICO: Que la Audiencia se encuentra íntegramente respaldada en el registro de audio. ANGOL, diez de mayo de dos mil veintidós.  La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario de acta en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia, mediante una relación de hitos informáticos.  Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. PXZRZJEMXC Graciela Riobo Hermosilla Juez de garantía Fecha: 11/05/2022 14:40:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-05-11T14:43:20-0400 Corte Suprema Graciela Riobo Hermosilla Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de Procedimiento Simplificado. Fecha Angol, diez de mayo de dos mil veintidós Magistrado GRACIELA RIOBO HERMOSILLA Fiscal MARCO ANTONIO PAVEZ SÁEZ Defensor ROBERTO ROZAS SERRI Hora inicio 09:42 AM Hora termino 09:52 AM Sala Sala Audiencias Tribunal Juzgado de Garantía de Angol. Acta Berta Ivonne Contreras Antimán RUC 1901403566-7 RIT 836 - 2020 REGISTRO DE AUDIO 190

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