Juzgado de Garantía de Pitrufquen.

RETEN RADAL C/ DOMINGO ANTONIO LLANQUINAO LINARES

Rol

O-455-2022

Fecha

11 de mayo de 2022

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 15 de marzo del año 2022, a las 16:30 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima María Isabel Llanquinao Linares, transitaba por la localidad de Radal, específicamente a la altura de la pasarela Los Aromos, se encontró con su hermano, el requerido don DOMINGO ANTONIO LLANQUINAO LINARES iniciándose una discusión entre ambos por problemas familiares, reaccionando el requerido en forma violenta, amenazando a la víctima, señalándole en forma textual “te mando un combo, te cago y te mato al tiro”. Por lo que la víctima, ante el temor que le provocaron dichas amenazas denunció el hecho ante Carabineros.” II. La fiscalía representada por la Fiscal Adjunta Sra. MAGNA GOMEZ FRANCO, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal tuvo los hechos como una FALTA PENAL DE COACCIONES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, del artículo 494 N° 16 del Código Penal, en grado de CONSUMADA, le atribuye la calidad de AUTOR DIRECTO, reconoce la atenuante del artículo 11 N° 9 y solicitó las penas de MULTA DE 1 UTM, y la accesoria del artículo 9 letra b) sin costas. III. La defensa solicita se reconozca la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, solicita que se imponga la pena de multa y sea rebajada y se allana a la accesoria del artículo 9 de ley 20.066, sin costas. IV. Oída en fiscalía la víctima Sra. María Isabel Llanquinao Linares, requirió la medida de protección consistente en que se prohíba al imputado acercársele. MDEXZXCYWX Mauricio Alejandro Torres Contreras Juez de garantía Fecha: 11/05/2022 11:05:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P a

Fallo

Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393 y 395, del Código Procesal Penal, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 70, 494 N° 16 del Código Penal y ley 20.066, SE RESUELVE: I. Que se condena a DOMINGO ANTONIO LLANQUINAO LINARES, RUN 10.886.809-0, a la de MULTA ASCENDENTE A DOS TERCIOS (2/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTOR de una FALTA PENAL DE COACCIONES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, infracción al artículo 494 N° 16 del Código Penal, en perjuicio de su hermana María Isabel Llanquinao Linares, cometida en esta jurisdicción el 15 de marzo de 2022. II. Que, la multa impuesta se tiene por cumplida con cargo a dos días de detención en esta causa. III. Que, se le impone además la pena accesoria del artículo 9 letra b) de la Ley 20.066 y se prohíbe al sentenciado aproximarse a la víctima, su hermana María Isabel Llanquinao Linares, a su domicilio ubicado en la comuna de Freire, lugar de trabajo o donde se encuentre a una distancia inferior a 50 metros por el plazo de UN AÑO. Se notifica y se apercibe de desacato al condenado. IV. Que se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. MDEXZXCYWX Mauricio Alejandro Torres Contreras Juez de garantía Fecha: 11/05/2022 11:05:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al

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PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTIA PITRUFQUEN JUZGADO DE GARANTÍA DE PITRUFQUEN SENTENCIA DEFINITIVA: Pitrufquén, diez de mayo de dos mil veintidós.- I. La Fiscalía Local de Pitrufquén formuló requerimiento en procedimiento simplificado en contra de DOMINGO ANTONIO LLANQUINAO LINARES, RUN 10.886.809-0, obrero, domiciliado en Sector Comunidad Maile Nº S/N, comuna de Freire, asistido por el abogado

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