ALEJANDRA ELIZABETH VIDAL ESCOBAR C/ CAMILO IGNACIO ARRIAGADA URIBE
Rol
O-728-2021
Fecha
10 de mayo de 2022
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 02 de mayo del año 2021, siendo aproximadamente las 13:30 horas, el acusado CAMILO IGNACIO ARRIAGADA URIBE, conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir en la ruta T- 75, Km 12, de la Ciudad de La Unión el vehículo motorizado marca Peugeot, placa patente UB.8040. Al momento de conducir el vehículo motorizado el acusado lo hacía con 2,07 gramos por mil de alcohol en la sangre.” La parte considerativa: consta en el registro oficial de audio RUC 2100433698-1-226. Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 2, 11 N°6 y 9, 14 N°1, 15 N° 1, 18, 50, 67, 69, 70 todos del Código Penal; artículos 110, 196 y 209 inciso segundo de la Ley Nº 18.290 y artículos 1, 3, 4, 7, 8, 45, 47, 340 y siguientes 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal; 3, 4 y 38 Ley 18.216 modificada por la Ley 20.603 se declara: I.- Que, se CONDENA al acusado don CAMILO IGNACIO ARRIAGADA URIBE, cédula de identidad N°18.851.883-4, nacido el 08 de marzo de 1994, 28 años, soltero, soldador, domiciliado en Sector Los Chilcos Nº S/N, La Unión, fono 961487720, correo electrónico camiloarriagada18@gmail.com, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA U.T.M. y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS (entendida como inhabilitación para obtenerla), por su responsabilidad como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD Y SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 en relación al artículo 209 inciso segundo, todos de la Ley de Tránsito, hecho cometido el día 02 de mayo de 2021, siendo aproximadamente, las 13:30 horas, en ruta T-75 a la altura del km 12 de la ciudad de La Unión, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniendo los requisitos legales del artículo 4° de la Ley N°18.216 se sustituye
Fallo
se declara: I.- Que, se CONDENA al acusado don CAMILO IGNACIO ARRIAGADA URIBE, cédula de identidad N°18.851.883-4, nacido el 08 de marzo de 1994, 28 años, soltero, soldador, domiciliado en Sector Los Chilcos Nº S/N, La Unión, fono 961487720, correo electrónico camiloarriagada18@gmail.com, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, MULTA DE UNA U.T.M. y SUSPENSIÓN DE LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS (entendida como inhabilitación para obtenerla), por su responsabilidad como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD Y SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 en relación al artículo 209 inciso segundo, todos de la Ley de Tránsito, hecho cometido el día 02 de mayo de 2021, siendo aproximadamente, las 13:30 horas, en ruta T-75 a la altura del km 12 de la ciudad de La Unión, territorio jurisdiccional de este Tribunal. II.- Que reuniendo los requisitos legales del artículo 4° de la Ley N°18.216 se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, Centro de Cumplimiento Penitenciario de la ciudad de La Unión, que hace las veces de Centro de R
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Sentencia procedimiento abreviado. La Unión, diez de mayo de dos mil veintidós. Hechos: “El día 02 de mayo del año 2021, siendo aproximadamente las 13:30 horas, el acusado CAMILO IGNACIO ARRIAGADA URIBE, conducía en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir en la ruta T- 75, Km 12, de la Ciudad de La Unión el vehículo motorizado marca Peugeot, placa patente UB.8040. Al momento
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