Juzgado de Garantía de Colina

LUIS FRANCISCO GONZÁLEZ VILLANUEVA C/ DANIEL WALDEMAR CATRIL AGÜERO

Rol

O-3374-2021

Fecha

5 de mayo de 2022

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 17 de Julio de 2021, cerca de las 12:00 horas, el imputado DANIEL WALDEMAR CATRIL AGÜERO ingresó al interior del camión marca Hyundai Porter patente GGDP-11, que se encontraba estacionado en la carretera general San Martin a la altura del número 401, en la comuna de Colina, mientras la victima Luis Gonzalez Villanueva efectuaba labores de descarga de balones de gas en el lugar y sustrajo de su interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, dos teléfonos celulares, uno marca Xiaomi y otro marca Samsung, avaluados en la suma de 800 mil pesos, huyendo del lugar a bordo del vehículo Hyundai Accent color Rojo PPU SB.2040, siendo posteriormente detenido por carabineros con las especies en su poder. SE DECLARA: I- Que se condena a DANIEL WALDEMAR CATRIL AGÜERO, cedula de identidad N° 0007845944-1, ya individualizado, como autor del delito frustrado de Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, hecho ocurrido el 17 de Julio de 2021, en la comuna de Colina, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. WEFPZXPXXM CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 10/05/2022 12:43:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II- Las penas tanto corporal como pecuniaria, se tendrán por cumplidas por el mayor tiempo que estuvo el sentenciado con arresto dom

Fallo

SE DECLARA: I- Que se condena a DANIEL WALDEMAR CATRIL AGÜERO, cedula de identidad N° 0007845944-1, ya individualizado, como autor del delito frustrado de Hurto simple por un valor de 4 a 40 utm, previsto y sancionado en el artículo 446 N°2 del Código Penal, hecho ocurrido el 17 de Julio de 2021, en la comuna de Colina, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a TRES UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. WEFPZXPXXM CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA Juez de garantía Fecha: 10/05/2022 12:43:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II- Las penas tanto corporal como pecuniaria, se tendrán por cumplidas por el mayor tiempo que estuvo el sentenciado con arresto domiciliario de 12 horas en su domicilio, desde la audiencia de control de detención de fecha 18 de julio de 2021. III- Se le exime del pago de las costas porque permitió que esta causa termine por este procedimiento simplificado.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN PROCEDMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Colina, cinco de mayo de dos mil veintidós. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO : CARMEN GLORIA TRONCOSO UBILLA RUC: 2100653903-0 RIT: 3374 - 2021 IMPUTADO: DANIEL WALDEMAR CATRIL AGÜERO C.I. 0007845944-1 FECHA DE NACIMIENTO 02-10- 1975 DIRECCIÓN Calle 4 ORIENTE Nº 8420 COMUNA: La Granja. DELITO Hurto simple por un valor de 4 a

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