18º Juzgado Civil de Santiago

CERDA/MUÑOZ

Rol

C-31852-2019

Fecha

22 de enero de 2020

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

C-31852-2019 Foja: 1 FOJA: 12 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-31852-2019 CARATULADO : CERDA/MU OZÑ Santiago, veintid s de Enero de dos mil veinte. ó Vistos, Comparece, doña Viviana de Los Dolores Cerda Herrera, auxiliar, con domicilio en San José 115, oficina 2, comuna San Bernardo, en representación de doña Irma Teresa Herrera Araya, no indica profesión u oficio, ni domicilio, y deduce demanda en juicio de arrendamiento en contra de doña Ingrid Daniela Muñoz Rioseco, cajera, con domicilio en Los Plátanos N°569, comuna de Huechuraba. Funda su demanda en actuando en representación de doña Irma Teresa Araya, celebró contrato de arrendamiento con doña Ingrid Daniela Muñoz Rioseco sobre el inmueble ubicado en Pasaje Los Plátanos N°569, comuna de Huechuraba, por una renta mensual de $240.000 pagadero dentro de los primeros 6 días de cada mes. Señala que el arrendatario no ha pagado las rentas de los meses de septiembre y octubre de 2019, asimismo adeuda y adeudará todas las rentas que se devenguen desde la interposición de la demanda en adelante. Agrega que de las cuentas de consumo básico el demandado adeuda por el mismo período anterior saldos por las cuentas de consumos de electricidad. Concluye solicitando que en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales que indica, se tenga por presentada demanda de término inmediato de contrato de arriendo en contra del demandado, ya individualizado, y en definitiva se declare que: se acoge la demanda; se declare terminado el contrato de arrendamiento; se condene a la demandada a hacer a su representado entero pago de lo que adeuda por conceptos de luz hasta que se efectúe la restitución o el pago, más los reajustes e intereses legales que correspondan; el demandado restituya la propiedad arrendada dentro de tercero día totalmente desocupada, desde que el fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de fuerza pública; todo lo anteri

Fundamentos

Considerando: Primero: Que doña Viviana de Los Dolores Cerda Herrera, en representación de doña Irma Teresa Herrera Araya, deduce demanda en juicio de arrendamiento en contra de doña Ingrid Daniela Muñoz Rioseco, todas ya individualizadas, conforme los fundamentos de hecho y derecho ya resumidos precedentemente, y en definitiva se declare que: se acoge la demanda; se declare terminado el contrato de arrendamiento; se condene a la demandada a C-31852-2019 Foja: 1 hacer a su representado entero pago de lo que adeuda por conceptos de luz hasta que se efectúe la restitución o el pago, más los reajustes e intereses legales que correspondan; el demandado restituya la propiedad arrendada dentro de tercero día totalmente desocupada, desde que el

Fallo

en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales que indica, se tenga por presentada demanda de término inmediato de contrato de arriendo en contra del demandado, ya individualizado, y en definitiva se declare que: se acoge la demanda; se declare terminado el contrato de arrendamiento; se condene a la demandada a hacer a su representado entero pago de lo que adeuda por conceptos de luz hasta que se efectúe la restitución o el pago, más los reajustes e intereses legales que correspondan; el demandado restituya la propiedad arrendada dentro de tercero día totalmente desocupada, desde que el fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de lanzamiento con auxilio de fuerza pública; todo lo anterior con costas. Por el primer otrosí del libelo pretensor y en subsidio de la demanda principal, solicita el desahucio del contrato. Con fecha 16 de enero de 2020 se lleva a efecto el comparendo decretado en autos con la sola asistencia del apoderado de la parte demandante, y en rebeldía del demandado. La parte demandante ratificó la demanda en todas sus partes en lo principal y subsidiario de desahucio, con costas. El Tribunal practicó la segunda reconvención de pago en rebeldía del demandado y tuvo por contestada la demanda, también en rebeldía. Se dejó constancia de que se efectuó el llamado a conciliación, la que no se produjo por la inasistencia antes dicha. Acto seguido se recibió la causa a prueba, rindiéndose la instrumental que rola en autos. En la misma audienci

Texto Completo (Preview)

C-31852-2019 Foja: 1 FOJA: 12 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-31852-2019 CARATULADO : CERDA/MU OZÑ Santiago, veintid s de Enero de dos mil veinte. ó Vistos, Comparece, doña Viviana de Los Dolores Cerda Herrera, auxiliar, con domicilio en San José 115, oficina 2, comuna San Bernardo, en representación de doña Irma Teresa Herrera Araya, no indica

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica