Juzgado de Garantía de Linares.

M.P. C/ MANUEL ALEJANDRO NOVOA BAHAMONDES

Rol

O-5148-2020

Fecha

4 de mayo de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS ACREDITADOS: El 26 de noviembre de 2020, aproximadamente a las 11:25 horas, en la vía pública, calle Januario Espinoza N° 759 de Linares, personal de Carabineros sorprende a los imputados MANUEL ALEJANDRO NOVOA BAHAMONDES y FABIÁN RAÚL BELLO BECERRA sin hacer uso de su mascarilla, incumpliendo de esta manera las normas dictadas por la autoridad en estado de catástrofe, poniendo en riesgo la salud pública, en el momento que van a ser fiscalizados el imputado MANUEL NOVOA oculta en el vehículo marca NISSAN, color azul, patente AX-4827, una bolsa de nylon transparente con contenido de marihuana elaborada, peso bruto de 40,6 gramos, mientras que al control del imputado FABIÁN BELLO portaba en sus vestimentas, específicamente en su pantalón, dos (2) envoltorios de papel de cuaderno cuadriculado contenedores de cannabis sativa con peso bruto de 2,4 gramos, la suma de $ 20.000 (veinte mil pesos) en dinero en efectivo y en el bolsillo de su pantalón portaba una balanza de precisión marca NAGASHI de color gris, manteniendo de esta manera en su poder guardando y portando consigo ambos imputados la droga ya señalada sin contar con ningún tipo de autorización para esto y sin justificar que estuviesen destinadas a la atención DPEFZHPWHY Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 09/05/2022 13:52:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de un tratamiento médico o en su uso o consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Linares, cuatro de mayo de dos mil veintidós. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos

Fundamentos

Considerando la renuncia del sentenciado a la realización de un juicio oral así como la naturaleza de su representación, se le exime del pago de las costas de la causa. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese. Ruc N° 2001196937-3 Rit N° 5148-2020 DPEFZHPWHY Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 09/05/2022 13:52:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Dictada por doña EVELYN PÉREZ JAÑA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Linares. DPEFZHPWHY Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 09/05/2022 13:52:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-05-09T13:57:27-0400 Corte Suprema Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a FABIAN RAUL BELLO BECERRA, ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, al pago de una multa a beneficio fiscal ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de droga, hecho perpetrado en la comuna de Linares con fecha 26 de noviembre de 2020, en grado de desarrollo consumado. II.- Reuniéndose por parte del sentenciado los presupuestos del artículo 4° de la Ley 18.216, se le concede la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de la ciudad de Linares por el término de un año, debiendo además cumplir durante dicho período con las demás condiciones del artículo 5° del citado texto legal. Para estos efectos, el sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Linares dentro del plazo de cinco días contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada, bajo apercibimiento de decretarse en su contra orden de detención. En caso que la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada, el condenado deberá cumplirla en forma íntegra y efectiva o en su caso podrá ser reemplazada por una pena sustitutiva de mayor intensidad o disponerse DPEFZHPWHY Evelyn Del Carmen Pére

Texto Completo (Preview)

RUC : 2001196937-3 RIT : 5148-2020 DELITO : Tráfico de pequeñas cantidades de droga GRADO DESARROLLO: Consumado. ACUSADO : FABIAN RAUL BELLO BECERRA RUT N° : 15.314.356-0 DOMICILIO : Sector la Puntilla de Coironal, parcela 5, Comuna de Yerbas Buenas FISCAL : Paulina Salazar Hernández DEFENSOR : Carmen Greco Burgos PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : Artículo 11 N° 6 y 9 Código Penal AGRAVANTES

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