INVERSIONES C Y F LIMITADA C/ CRISTIAN FELIX PEÑA SOTO
Rol
O-4047-2020
Fecha
4 de mayo de 2022
Materia
USURPACION VIOLENTA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 30 de mayo de 2020, en hora no determinada, se pudo constatar que el imputado Cristian Félix Peña Soto había sacado seis panderetas de hormigón, correspondientes al cierre perimetral del Lote 3, resultante de la división del inmueble singularizado como Escuela F- 86, ubicado en calle Rengo, Peñuelas, Coquimbo, de propiedad de las sociedades AGRICOLA FRANCISCO JAVIER SPA y de INVERSIONES C Y F LTDA., donde el imputado instaló una casa pre fabricada, sin contar con derecho alguno para ello y en ignorancia y ausencia de sus propietarios, permaneciendo y cerrando el inmueble con ánimo de señor y dueño, utilizando la casa existente en él como vivienda, procediendo el día 11 de agosto de 2018 a repeler al denunciante Diego Mrdones Zamora, quien concurrió al lugar acompañado de carabineros para solicitar al imputado su restitución, negándose éste en forma agresiva a hacer abandono del predio, impidiendo el ingreso. Indicó el persecutor penal que el presupuesto fáctico antes transcrito resultaba constitutivo de un delito consumado de usurpación de propiedad, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en relación al artículo 457 del mismo cuerpo legal, hecho delictual en que el imputado habría tenido participación en calidad de autor. Alegó el Ministerio Público la concurrencia de la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior y solicitó fuera condenado el imputado a una pena de multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales, las accesorias legales de suspensión para cargos u oficios públicos, mientras dure la condena y el pago de las costas de la causa. MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTIAN FELIX PEÑA SOTO DELITO: USURPACION RUC: 2010033769-0 RIT: 4047-2020 GXSPZGGCXV Carolina Andrea Baroncini Galvez Juez de garantía Fecha: 05/05/2022 16:01:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que ante este Tribunal de Garantía de Coquimbo, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral simplificado seguido por el delito de usurpación de propiedad no violenta en contra de CRISTIAN FELIX PEÑA SOTO, cédula nacional de identidad N° 7.008.872-K, chileno, nacido el 16 de marzo de 1964, divorciado, comerciante, domiciliado en calle Rengo esquina Nueva Diez, sector Peñuelas, Coquimbo. Sostuvo la acción penal pública el Ministerio Público, representado por el Fiscal Ricardo Salinas Espinoza. En representación de la querellante, compareció el abogado Diego Mardones y la defensa del imputado estuvo a cargo del abogado defensor particular Agustín Contreras, todos con domicilio registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Requerimiento. Que el Ministerio Público requirió al imputado basado en los siguientes hechos: El día 30 de mayo de 2020, en hora no determinada, se pudo constatar que el imputado Cristian Félix Peña Soto había sacado seis panderetas de hormigón, correspondientes al cierre perimetral del Lote 3, resultante de la división del inmueble singularizado como Escuela F- 86, ubicado en calle Rengo, Peñuelas, Coquimbo, de propiedad de las sociedades AGRICOLA FRANCISCO JAVIER SPA y de INVERSIONES C Y F LTDA., donde el imputado instaló una casa pre fabricada, sin contar con derecho alguno para ello y en ignorancia y ausencia de sus propietarios, permaneciendo y cerrando el inmueble con ánimo de señor y dueño, utilizando la casa existente en él como vivienda, procediendo el día 11 de agosto de 2018 a repeler al denunciante Diego Mrdones Zamora, quien concurrió al lugar acompañado de carabineros para solicitar al imputado su restitución, negándose éste en forma agresiva a hacer abandono del predio, impidiendo el ingreso. Indicó el persecutor penal que el presupuesto fáctico antes transcrito resultaba constitutivo de un delito consumado de usurpación de propiedad, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal en relación al artículo 457 del mismo cuerpo legal, hecho delictual en que el imputado habría tenido participación en calidad de autor. Alegó el Ministerio Público la concurrencia de la circunstancia atenuante de irreprochable conducta anterior y solicitó fuera condenado el imputado a una pena de multa de 6 Unidades Tributarias Mensuales, las accesorias legales de suspensión para cargos u oficios públicos, mientras dure la condena y el pago de las costas de la causa. MINISTERIO PUBLICO C/ CRISTIAN FELIX PEÑA SOTO DELITO: USURPACION RUC: 2010033769-0 RIT: 4047-2020 GXSPZGGCXV Carolina Andrea Baroncini Galvez Juez de garantía Fecha: 05/05/2022 16:01:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 457 y 458 del Código Penal y artículos 48, 241, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA que: I.- Se ABSUELVE a CRISTIAN FELIX PEÑA SOTO, cédula nacional de identidad N° 7.008.872-K, ya individualizado, de los cargos que le fueron formulados de ser autor de un delito de usurpación de propiedad, ilícito descrito y sancionado en los artículos 457 y 458 del Código Penal, supuestamente perpetrado los días 11 de agosto de 2018 y 30 de mayo de 2020 en la comuna de Coquimbo. II.- Que se condena al Ministerio Público y a la Querellante al pago de las costas de la causa. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. RUC: 2010033769-0 RIT: 4047-2020 Pronunciada por doña Carolina Baroncini Gálvez, jueza de Garantía de Coquimbo. GXSPZGGCXV Carolina Andrea Baroncini Galvez Juez de garantía Fecha: 05/05/2022 16:01:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 10 GXSPZGGCXV Carolina Andrea Baroncini Galvez Juez de garantía Fecha: 05/05/2022 16:01
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1 Coquimbo, cuatro de mayo de dos mil veintidós. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes. Que ante este Tribunal de Garantía de Coquimbo, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral simplificado seguido por el delito de usurpación de propiedad no violenta en contra de CRISTIAN FELIX PEÑA SOTO, cédula nacional de identidad N° 7.008.872-K, chileno, nacido el 16 de marzo de 1964, divo
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