ROSA ELENA CORDERO DONOSO C/ DOMINGO EUSEBIO DE JESÚS SÁEZ VILLEGAS
Rol
O-71-2021
Fecha
29 de abril de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES GRAVES., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Hecho 1: El 22.01.2019, alrededor de la 09:30 hrs., desde la comuna de Rancagua el acusado DOMINGO EUSEBIO DE JESUS SAEZ VILLEGAS, realiza un llamado telefónico a la víctima ROSA ELENA CORDERO DONOSO, quien es su cónyuge y de quien se encuentra separado de hecho, con quien mantiene tres hijos en común, mientras ésta se encontraba en el domicilio ubicado en Los Estanqueros N° 761, Rancagua y le señala “si te pillo con un weon te voy a matar a ti y al weon. Hecho 2: El 25 de enero de 2019, alrededor de las 13:10 hrs., en la constructora Armas ubicada en la Ruta H-30 n° 2537, de la comuna de Rancagua, el acusado DOMINGO EUSEBIO DE JESUS SAEZ VILLEGAS, agredió a su cuñado JUAN CARLOS CORDERO DONOSO, con Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Redactor Fecha: 29/04/2022 16:19:01 QBFZZEMSBT Fadua Pamela Salas Eljatib Juez Presidente Fecha: 30/04/2022 12:43:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 golpes de puños en distintas partes del cuerpo cayendo ambos al suelo, resultando este último con fractura de tobillo y fractura de cartílago de oreja izquierda, lesiones de carácter graves. Hecho 3: El 2 de marzo de 2019, alrededor de las 10:30 hrs., el acusado DOMINGO EUSEBIO DE JESUS SAEZ VILLEGAS, llega al cementerio Parque del Sendero ubicado en O’Higgins N°71 Rancagua, lugar donde se encontraba la víctima ROSA ELENA CORDERO DONOSO, quien es su cónyuge y de quien se encuentra separado de hecho, con quien mantiene tres hijos en común, y sin motivo justificado el imputado le señala olvídate de tu hija perra para luego empuj
Fundamentos
CONSIDERANDO: INDIVIDUALIZACIÓN PRIMERO: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la Jueza Presidenta doña Fadua Salas Eljatib, y los magistrados don Roberto Cociña Gallardo y don Cristian Fredes Hernández, el día jueves 21 de abril pasado se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en la causa RIT N° 71-2021, RUC N° 1900085774-5, seguida contra DOMINGO EUSEBIO DE JESÚS SÁEZ VILLEGAS, cédula de identidad N° 11.564.212-K, 52 años, nacido el 24 de enero de 1970 en Linares, casado, obrero de construcción, con domicilio en Teodoro Smith N° 1429, villa Conavicoop, comuna de Rancagua. Sostuvo la acusación del Ministerio Público la fiscal doña Claudia de la Fuente Jiménez, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado de la Defensoría Penal Pública don Franco Vassallo Moreno, ambas con domicilio y forma de notificación registrados en el tribunal. Se deja constancia que el presente juicio se celebró bajo la modalidad de videoconferencia, a través de la plataforma virtual Zoom, encontrándose conectados durante toda la audiencia los magistrados, las intervinientes y el acusado; todo con el debido control de la señora presidenta de sala y a plena conformidad de los intervinientes. ACUSACIÓN SEGUNDO: Que la acusación materia de este juicio se fundó –a la letra- en los siguientes hechos: “Hecho 1: El 22.01.2019, alrededor de la 09:30 hrs., desde la comuna de Rancagua el acusado DOMINGO EUSEBIO DE JESUS SAEZ VILLEGAS, realiza un llamado telefónico a la víctima ROSA ELENA CORDERO DONOSO, quien es su cónyuge y de quien se encuentra separado de hecho, con quien mantiene tres hijos en común, mientras ésta se encontraba en el domicilio ubicado en Los Estanqueros N° 761, Rancagua y le señala “si te pillo con un weon te voy a matar a ti y al weon. Hecho 2: El 25 de enero de 2019, alrededor de las 13:10 hrs., en la constructora Armas ubicada en la Ruta H-30 n° 2537, de la comuna de Rancagua, el acusado DOMINGO EUSEBIO DE JESUS SAEZ VILLEGAS, agredió a su cuñado JUAN CARLOS CORDERO DONOSO, con Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Redactor Fecha: 29/04/2022 16:19:01 QBFZZEMSBT Fadua Pamela Salas Eljatib Juez Presidente Fecha: 30/04/2022 12:43:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 golpes de puños en distintas partes del cuerpo cayendo ambos al suelo, resultando este último con fractura de tobillo y fractura de cartílago de oreja izquierda, lesiones de carácter graves. Hecho 3: El 2 de marzo de 2019, alrededor de las 10:30 hrs., el acusado DOMINGO EUSEBIO
Fallo
se declaraba separada, estando con él. La tercera ocasión que se fue abandonó a los hijos, hace 3 años que no tiene contacto con ellos y no aporta. Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Redactor Fecha: 29/04/2022 16:19:01 QBFZZEMSBT Fadua Pamela Salas Eljatib Juez Presidente Fecha: 30/04/2022 12:43:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4 Respecto de la supuesta llamada de amenazas nunca fue, porque sabe que es un delito, nunca la llamó para amenazarla, sus hijos son testigos que no es un hombre violento en la actividad familiar, que sí es una persona estricta. El tema de la pelea, fue Juan Carlos Cordero quien lo agredió, sin provocación, al mediodía, a la hora de comer, apareció por detrás de él con un palo, le tiró un par de palos, los esquivó, al tercero que le iba a tirar se acercó a él, lo tomó, para calmar las cosas, y cayeron al suelo; después los separaron, él apareció con el palo y le siguió tirando palos, el último palo no lo alcanzó a esquivar, le pegó en la mano izquierda y le provocó una lesión, le tomaron radiografí
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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE RANCAGUA C/ DOMINGO EUSEBIO DE JESÚS SÁEZ VILLEGAS RUC 1900085774-5 RIT 71-2021 DELITO AMENAZAS, LESIONES GRAVES Y LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Rancagua, veintinueve de abril de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: INDIVIDUALIZACIÓN PRIMERO: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Pe
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