MP C/ TOMÁS EMILIO FIGUEROA ROJAS
Rol
O-12-2022
Fecha
29 de abril de 2022
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 31 de julio de 2019, alrededor de las 13:25 horas, un funcionario del Os7 de Valparaíso, debidamente autorizado como agente revelador, llegó hasta el sector del Muelle Prat, ubicado en Avenida Errázuriz esquina Sotomayor, de esta ciudad, instantes en que el acusado TOMÁS EMILIO FIGUEROA ROJAS le vendió al agente revelador 01 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedor de 600 milígramos de marihuana elaborada en la suma de $3.000 pesos, motivo por el cual fue detenido, siendo sorprendido portando, para ser suministradas a terceros, 05 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedores de 02 gramos 700 milígramos de marihuana elaborada y la suma de $14.000 pesos. Luego, el acusado autorizó la entrada y registro a su domicilio ubicado en Calle 20, Casa Nº 3, Porvenir Bajo, Playa Ancha, Valparaíso, donde poseía y guardaba, al interior de una cómoda, 01 calcetín de color beige con 12 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 07 gramos 400 milígramos de marihuana elaborada y 01 bolsa de nylon color blanco contenedora de 22 gramos 400 milígramos de marihuana elaboraba a granel. Todo lo anterior sin tener autorización alguna para MBZJZEXSXM Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 29/04/2022 16:53:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl ello”. Los considera constitutivos de delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, en el que atribuye al acusado la calidad de autor.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 26 de abril de 2022, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, constituida por sus miembros titulares don José Antonio Cifuentes Gil, quien la presidió, doña María Eugenia Vega Godoy y doña Valeria Echeverría Vega, se llevó a efecto el juicio oral de la causa RIT Nº12-2022, seguido en contra de TOMÁS EMILIO FIGUEROA ROJAS, cédula de identidad N°18.269.272-7, domiciliado en Calle 20, Casa Nº3, Porvenir Bajo, Playa Ancha, Valparaíso, chileno, casado, estudios básicos, 8° año rendido, pescador. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunta doña María Loretto Herrmann Cortés. La defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público de esta ciudad, don Francisco Díaz Yubero. Los domicilios de los intervinientes están registrados en el expediente digital. SEGUNDO: Que el Ministerio Público formuló acusación por los siguientes hechos: “El día 31 de julio de 2019, alrededor de las 13:25 horas, un funcionario del Os7 de Valparaíso, debidamente autorizado como agente revelador, llegó hasta el sector del Muelle Prat, ubicado en Avenida Errázuriz esquina Sotomayor, de esta ciudad, instantes en que el acusado TOMÁS EMILIO FIGUEROA ROJAS le vendió al agente revelador 01 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedor de 600 milígramos de marihuana elaborada en la suma de $3.000 pesos, motivo por el cual fue detenido, siendo sorprendido portando, para ser suministradas a terceros, 05 envoltorio de papel blanco cuadriculado contenedores de 02 gramos 700 milígramos de marihuana elaborada y la suma de $14.000 pesos. Luego, el acusado autorizó la entrada y registro a su domicilio ubicado en Calle 20, Casa Nº 3, Porvenir Bajo, Playa Ancha, Valparaíso, donde poseía y guardaba, al interior de una cómoda, 01 calcetín de color beige con 12 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de 07 gramos 400 milígramos de marihuana elaborada y 01 bolsa de nylon color blanco contenedora de 22 gramos 400 milígramos de marihuana elaboraba a granel. Todo lo anterior sin tener autorización alguna para MBZJZEXSXM Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 29/04/2022 16:53:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl ello”. Los considera constitutivos de delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, en el que atribuye al acusado la calidad de autor. Lo favorecería la circunstancia atenuante contemplada en el nume
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N°6 y N°9, 26,30,50 y 68 del Código Penal; artículos 1, 4, y 52 de la Ley Nº20.000; y artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325 a MBZJZEXSXM Valeria Elena del Carmen Echeverria Vega Juez oral en lo penal Fecha: 29/04/2022 16:53:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 338, 341, 342, 344, 348 y demás pertinentes del Código Procesal Penal, artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales, artículo 17 de la Ley N°19.970, y Ley N°18.216, se declara: SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA a TOMÁS EMILIO FIGUEROA ROJAS, cédula de identidad N°18.269.272-7, ya individualizado, a sufrir la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, multa de una unidad tributaria mensual y comiso de los $11.000 incautados conjuntamente con el dinero entregado por el agente revelador, como autor de un delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N°20.000, perpetrado en esta
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MINISTERIO PÚBLICO DE VALPARAÍSO C/ TOMÁS EMILIO FIGUEROA ROJAS. RUC N°1900818640-8 RIT N°12-2022 DELITO: Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades. Valparaíso, veintinueve de abril de dos mil veintidós. VISTO, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el 26 de abril de 2022, ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso, constituida por sus miembros titulares don
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