PASTÉN/FUNDACION EDUCACIONAL RAKIDUAM
Rol
O-433-2020
Fecha
29 de junio de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que se funda la demanda, añade que existen una serie de documentos que dan cuenta de lo contrario, así el contrato de trabajo, anexo de contrato de trabajo y la carta aviso de despido, de fecha 27 de diciembre de 2019, recepcionada, aceptada y firmada por la actora en diciembre de 2019, fecha esta última en que se le comunicó la decisión de no perseverar en el contrato de trabajo. Destaca que es una facultad del empleador el prorrogar o no la vigencia de los contratos de trabajo a plazo fijo, y en este caso le comunicó con fecha 27 de diciembre de 2019 a través de carta aviso que su contrato a plazo fijo, que se renovó mediante anexo de fecha 1 de marzo de 2019, hasta el 29 de febrero de 2020, no sería renovado y por consiguiente terminaría la relación laboral que los vinculaba. Agrega que la demandante se ha negado a suscribir el finiquito influenciada por personas que están en conflicto con el establecimiento, pero no existe sustento real para ello por lo que se deberá rechazar la demanda. TERCERO: Que, en la audiencia preparatoria, fracasado el llamado a conciliación se acordaron como hechos pacíficos: 1.- Que entre las partes existió una relación laboral que se inició el 1 de marzo de 2018. 2.- Que la demandante se desempeñaba como psicóloga del Proyecto de Integración Escolar PIE en el colegio Rakiduam 3.- Que la remuneración de la demandante ascendía a $930.000 mensuales. 4.- Que la relación laboral terminó por despido el 29 de febrero de 2020, invocando la demandada la causal de vencimiento del plazo convenido en el contrato, del artículo 159 N°4 del Código del Trabajo. Se establecieron como Puntos de prueba: 1.- Cumplimiento de las formalidades del despido. 2.- Efectividad que el contrato de trabajo era de plazo fijo. CUARTO: Que, la parte demandada rindió la siguiente prueba: I.- Documental. 1.- Copia de contrato de trabajo de 1 de Marzo del 2018 suscrito por las partes, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018 y copia anexo de contrato
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que se ha conocido de la demanda por despido injustificado interpuesta por doña JEANNINA PASTÉN TORRES, Rut N° 13.016.820-5, psicóloga, domiciliada en calle Braulio Arenas Carvajal N° 1511, La Serena en contra de la FUNDACIÓN EDUCACIONAL RAKIDUAM, RUT 65.145.632-0, representada por Pedro Spencer Lara, RUT N° 8.771.192-7, ambos domiciliados en Avda. La Cantera N° 610, La Cantera, Coquimbo. Señala que fue contratada con fecha 01 de marzo de 2018, por la antecesora legal de la demandada, Sociedad Educacional Rakiduam y Cía. Ltda., para desempeñarse bajo su subordinación y dependencia como Psicóloga del Proyecto de Integración Escolar, PIE, en el colegio de su propiedad. Agrega que el contrato de trabajo que se pactó a plazo fijo hasta el 28.02.2019, y que luego de la fecha de término pactada, sin mediar finiquito ni anexo de contrato alguno, con conocimiento y tolerancia del ex empleador, continuó prestando los mismos servicios contratados, derivando el contrato de trabajo en uno de carácter de indefinido, cuya declaración solicita. Indica que en el mes de septiembre de 2019, se le entregó, al igual que otros trabajadores, un anexo de contrato a plazo fijo a vencer el 29.02.2020, el que si bien firmó, no tuvo la virtud de alterar la verdadera naturaleza indefinida del contrato de trabajo que los vinculaba, atento los principios de la primacía de la realidad, continuidad, protector y, buena fe. En ese mismo instrumento, el empleador pasó a ser la demandada de autos, reconociéndose su antigüedad laboral desde el 01.03.2018. La remuneración mensual pactada correspondía a la suma de bruta imponible de $930.000.- Sobre el término de la relación laboral, indica que con fecha 28 de febrero del 2020, la demandada puso término al contrato de trabajo por la causal contemplada en el artículo 159 Nº 4 del Código del Trabajo, esto es, vencimiento del plazo convenido el contrato de trabajo, causal que resulta ser injustificada por tratarse de un contrato indefinido.
Fallo
Por lo expuesto solicita declarar injustificado el despido y condenar a la demanda al pago de las indemnizaciones legales. SEGUNDO: Que, contestando la demanda, se solicita el rechazo absoluto por no ser efectivos los hechos en que se funda la demanda, añade que existen una serie de documentos que dan cuenta de lo contrario, así el contrato de trabajo, anexo de contrato de trabajo y la carta aviso de despido, de fecha 27 de diciembre de 2019, recepcionada, aceptada y firmada por la actora en diciembre de 2019, fecha esta última en que se le comunicó la decisión de no perseverar en el contrato de trabajo. Destaca que es una facultad del empleador el prorrogar o no la vigencia de los contratos de trabajo a plazo fijo, y en este caso le comunicó con fecha 27 de diciembre de 2019 a través de carta aviso que su contrato a plazo fijo, que se renovó mediante anexo de fecha 1 de marzo de 2019, hasta el 29 de febrero de 2020, no sería renovado y por consiguiente terminaría la relación laboral que los vinculaba. Agrega que la demandante se ha negado a suscribir el finiquito influenciada por personas que están en conflicto con el establecimiento, pero no existe sustento real para ello por lo que se deberá rechazar la demanda. TERCERO: Que, en la audiencia preparatoria, fracasado el llamado a conciliación se acordaron como hechos pacíficos: 1.- Que entre las partes existió una relación laboral que se inició el 1 de marzo de 2018. 2.- Que la demandante se desempeñaba como psicóloga del
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintinueve de junio de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que se ha conocido de la demanda por despido injustificado interpuesta por doña JEANNINA PASTÉN TORRES, Rut N° 13.016.820-5, psicóloga, domiciliada en calle Braulio Arenas Carvajal N° 1511, La Serena en contra de la FUNDACIÓN EDUCACIONAL RAKIDUAM, RUT 65.145.632-0, representada por Pedro Spencer Lara, RUT
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica