Juzgado de Garantía de Calama.

MP C/ MIGUEL ANGEL GONZÁLEZ VIVEROS

Rol

O-800-2021

Fecha

27 de abril de 2022

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Con fecha 18 de febrero de 2021, en horas de la madrugada, la víctima de iniciales D.P.H.F. sufrió el robo de la camioneta Toyota Hilux color rojo, PPU CYJB-18, la que había dejado estacionada el día anterior en la vía pública frente al domicilio ubicado en calle Castro N°5025, Antofagasta y se encontraba con todos sus cierres activados. El mismo día, aproximadamente las 12:30 horas, carabineros de San Pedro de Atacama que patrullaban la ruta 27 CH, observaron el vehículo en comento que transitaba en dirección a la frontera con Bolivia. Los funcionarios efectuaron un seguimiento del móvil, logrando la detención de ambos imputados que se trasladaban en el mismo, siendo detenidos. Asimismo, se verificó que el vehículo tenía daños en las chapas producto de la fuerza en las cosas aplicada para robarlo. En consecuencia, ambos imputados fueron detenidos teniendo en su poder un vehículo robado, no pudiendo menos que conocer su origen espurio. El imputado acepta el procedimiento abreviado y el Tribunal resuelve: Calama, veintisiete de abril de dos mil veintidós Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 456 bis A del Código Penal, en relación a los artículos 1, 3, 11 n°9, 14 n°1, 15 n° 1, 18 , 30, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216; se resuelve: I. Que, se condena a AUGUSTO CLAUDIO ROJAS NAVAS, cedula de identidad N° 0009329689-3, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 15 unidades tributarias mensuales, más la pena accesoria para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena por su responsabilidad a título de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 18 de febrero de 2021. II. Que, se le otorga la pena sustitutiva de RECLUSIÓN DOMICILIARIA NOCTURNA, por el mismo periodo de duración de la condena, el que deberá verificarse en el domicilio de calle PEDRO AGUIRRE CERDA N°

Fallo

se resuelve: I. Que, se condena a AUGUSTO CLAUDIO ROJAS NAVAS, cedula de identidad N° 0009329689-3, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 15 unidades tributarias mensuales, más la pena accesoria para cargo y oficio públicos durante el tiempo de su condena por su responsabilidad a título de autor del delito de RECEPTACIÓN DE VEHÍCULO, en grado de consumado, ocurrido en esta jurisdicción el día 18 de febrero de 2021. II. Que, se le otorga la pena sustitutiva de RECLUSIÓN DOMICILIARIA NOCTURNA, por el mismo periodo de duración de la condena, el que deberá verificarse en el domicilio de calle PEDRO AGUIRRE CERDA N°6000 de Antofagasta, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, bajo control de monitoreo telemático, para tales efectos el condenado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de ANTOFAGASTA al quinto día de ejecutoriada la presente sentencia. Se le otorga a la defensa un plazo de cinco días para que QDSCZDRRSF Sergio Alejandro Vargas Palma Juez de garantía Fecha: 27/04/2022 12:58:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : 800 - 2021 RUC : 2100164245-3 FECHA : veintisiete de abril de dos mil veintidós HORA INICIO : 10:40 hrs. HORA TÉRMINO : 11:01 hrs. DELITO : RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS JUEZ : SERGIO ALEJANDRO VARGAS PALMA FISCAL : RAÚL FERNANDO MARABOLÍ SALAS DEFENSOR : CLAUDIA PAMELA LEMUS GALLEGUILLOS IMPUTADO 1 : AUGUSTO CLAUDIO ROJAS NAVAS, Ccp de Afta

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