CLAUDIO ANDRES FABRES CARRE¥O C/ FILIDOR DEL CARMEN MENESES DÍAZ
Rol
O-1111-2020
Fecha
22 de abril de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: Que el día 01/01/2020 cerca de las 13:00 hrs. en circunstancias que el afectado de iniciales C.G.C. se encontraba junto a su grupo familiar en su domicilio ubicado en calle cura montero de la comuna de Nancagua, hasta la parte posterior de dicho inmueble llegó el acusado FILIDOR MENESES, quien, escaló el cierre perimetral de 2 metros de altura aproximadamente, para luego subir al techo de un cobertizo y desde ahí ingresar por la ventana del baño del segundo piso, sacándose las zapatillas para no hacer ruidos y ponerse la polera en su rostro, premunido de un cuchillo, ingresando precisamente para robar especies, revisando la pieza de la hija de 3 años del afectado, para luego pasar al dormitorio donde se encontraba C.F.C., quien lo increpó indicándole “que pasa conchetumadre”, para sorpresa del imputado, el cual huye por la misma ventana del baño, no pudiendo alcanzarlo la víctima, pero volviendo el imputado por el techo a buscar las zapatillas que se le quedaron en el baño, viéndolo ahora la victima volver sin tapar su rostro y reconociéndolo como sujeto que le dicen “filo”, volviendo a huir el acusado. Vistos y oídos los intervinientes: Dando por reproducidos la exposición de antecedentes y
Fundamentos
considerandos que han sido reseñados detalladamente en la audiencia y de los cuales ha quedado registro en las pistas de audio correspondientes. Y teniendo presente, además, lo dispuesto en el Código Penal; Código Procesal Penal; Ley 18.216; Ley 20.603; Ley 19.970 y Ley 20.568; y demás normas legales aplicables,
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a FILIDOR DEL CARMEN MENESES DIAZ, cédula de identidad N° 0018722576-0, ya individualizado, a sufrir la pena privativa de libertad de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y XSNGZDQEEN ALEJANDRO IGOR VILCHES HERNANDEZ Juez de garantía Fecha: 27/04/2022 23:15:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl JUZGADO DE GARANTÍA SANTA CRUZ Calle Nicolás Palacios Nº 355, Fono-Fax 72-2821866, E-mail jgsantacruz@pjud.cl la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor ejecutor de un delito frustrado de Robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 432 y 440 N° 1 del Código Penal, por el hecho ocurrido el día 1 de enero de 2020 en esta jurisdicción, en la comuna de Nancagua. II. Que no reuniendo el condenado con los requisitos pertinentes que establece la Ley 18.216 y su modificación por la Ley 20.603, no se concede beneficio o
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JUZGADO DE GARANTÍA SANTA CRUZ Calle Nicolás Palacios Nº 355, Fono-Fax 72-2821866, E-mail jgsantacruz@pjud.cl ACTA DE AUDIENCIA Santa Cruz, veintidós de abril de dos mil veintidós Ruc: 2000041365-9 Rit: 1111 - 2020 Hora Inicio: 12:42 Hora Término: 13:04 Juez: ALEJANDRO IGOR VILCHES HERNÁNDEZ Tipo de Audiencia: Abreviado. Delito: Robo en lugar no habitado. Imputado: FILIDOR DEL CARMEN MENESES DIAZ
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