LUZ KARINA PIZARRO OROSTEGUI C/ FREDY ANTONIO PALMA ALISTE
Rol
O-665-2021
Fecha
25 de abril de 2022
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 08 de julio de 2021, aproximadamente a las 12:30 horas, el requerido FREDY ANTONIO PALMA ALISTE, ingresó al interior del domicilio ubicado en pasaje Joaquín Vicuña, N°580, población Gabriela Mistral, comuna de Vicuña, sin autorización de la moradora su ex conviviente y madre de su hijo la víctima LUZ KARINA PIZARRO OROSTEGUI” Los hechos antes descritos configuran un delito de violación de morada en contexto de violencia intrafamiliar de los artículos 144 del Código Penal y artículo 5º de la Ley de Violencia Intrafamiliar Nº 20.066, en el cual, le cabe participación al imputado en calidad de autor, en grado de desarrollo consumado”. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los
Fundamentos
fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: Vicuña , a veinticinco de abril de dos mil ventidos .
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 15 N° 1, 21, 49, 51, 67, 69, 70 144 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 5 Y 9 Letra b) de la ley 20066, SE DECLARA: I.- Que se reconoce al sentenciado la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 11 N° 9 del Código Penal. II.- Que SE CONDENA, a FREDY ANTONIO PALMA ALISTE, RUN Nº 16526918-7, nacido el 24/09/1986, con domicilio en Carlos Condell N° 2977, Guanaqueros, Coquimbo, (para los fines del artículo 26 del Código MPHXZDJWNJ Ethel Katherine Henriquez Opazo Juez de garantía Fecha: 27/04/2022 16:39:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Procesal Penal) y correo electrónico freddypalma01986@gmail.com ( para fines del artículo 31 del Código Procesal Penal ) a sufrir las penas de: un tercio (1/3) de Unidad Tributaria mensual y la prohibición de acercarse a la víctima o a su domicilio, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que ésta
Texto Completo (Preview)
FREDY ANTONIO PALMA ALISTE Delito: violacion de Morada art 144 del Codigo Penal en relacion al art 5 de la ley 20066 RUC N°: 2100640298-1. RIT 6 6 5 - 2 0 2 1 A.- HECHOS: “El día 08 de julio de 2021, aproximadamente a las 12:30 horas, el requerido FREDY ANTONIO PALMA ALISTE, ingresó al interior del domicilio ubicado en pasaje Joaquín Vicuña, N°580, población Gabriela Mistral, comuna de Vicuña, si
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica