Juzgado de Letras Los Lagos

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS- DGA/JARAMILLO

Rol

C-44-2019

Fecha

16 de enero de 2020

Materia

AGUAS, DERECHOS APROVECHAMIENTO, C. AGUAS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, rola oficio ordinario N° 1076, de 27 de diciembre de 2018, suscrito por el Director Regional (1° S), de la Dirección General de Aguas de la Región de Los Ríos, Roberto Liewald Dessy, por medio del cual remitió a este tribunal los antecedentes de la solicitud de regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas presentada por DAVID ADOLFO JARAMILLO CASTILLO, con domicilio para estos efectos en calle Pérez Rosales 860-B, Valdivia, quien solicitó administrativamente y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º transitorio del Código de Aguas regularizar un derecho de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,3 l/s (cero coma tres litros por segundo) de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo sobre las aguas superficiales y corrientes de una vertiente sin nombre, afluente indirecta al Quinchilca, localizada en el sector Santa Ana, comuna de Los Lagos, provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, con fundamento en que las aguas de dicho álveo han sido usadas ancestralmente por al menos 3 generaciones, para sus actividades cotidianas, libre de clandestinidad o violencia y sin reconocer dominio ajeno por más de 100 años. En el oficio N° 1076 suscrito por el Director del Servicio, se expresa que la solicitud no fue objeto de oposición, segundo consta en el certificado N° 272 de fecha 27 de diciembre de 2018, y que personal profesional de esa Dirección Regional que estudió y analizó los antecedentes concluyó en Informe Técnico N° 535 de fecha 27 de diciembre de 2018 que en el punto de captación señalado por el peticionario en el expediente, existen indicios de uso del recurso, el que en la actualidad se extrae a través de tubería de polietileno de 2 pulgadas de diámetro hasta los abrevaderos evidenciado su utilización de forma ininterrumpida y libre de clandestinidad y violencia. Indica que de acuerdo a las versiones entregadas por el peticionario y lo observado en terreno por el profesional de este Servicio esta agua es utilizada desde a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que DAVID ADOLFO JARAMILLO CASTILLO, solicitó a la Dirección General de Aguas, XIV Región, de acuerdo al Art. 2 Transitorio del Código de Aguas, la regularización de un derecho de aprovechamiento de aguas por un caudal de 0,3 litros por segundo de uso consuntivo, ejercicio permanente y continuo, sobre las aguas superficiales y corrientes de una Vertiente sin nombre, ubicada en la comuna de Los Lagos, provincia de Valdivia, Región de Los Ríos. SEGUNDO: Que dentro del plazo considerado para ello no se dedujo oposición alguna contra la solicitud señalada, según consta en el Certificado N° 272 emitido por el Director Regional (1° s) de la Dirección General de Aguas, agregado a folio 1. TERCERO: Que, a folio 1, se agregó Informe Técnico N° 535, de fecha 27 de diciembre de 2018, emitido por la Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos, que da cuenta de la inspección a terreno efectuada por la Dirección General de Aguas. Indica que según la evaluación de disponibilidad de caudales, se estima que es factible regularizar el derecho solicitado por el peticionario, pero por un caudal menor a lo señalado en su presentación, el cual es de 0,2 litros por segundo, siendo este el caudal utilizado con la antigüedad que establece el artículo 2° transitorio inciso primero y se estima que con él se satisfacen con creces los requerimientos del señor Jaramillo Castillo. Así, la opinión de la Dirección General de Aguas es acoger favorablemente la solicitud del peticionario de un derecho de aprovechamiento consuntivo de ejercicio permanente y continuo por un caudal de 0,2 litros por segundo de las aguas superficiales y corrientes de una vertiente sin nombre que se extrae de forma gravitacional, ubicado en la comuna de Los Lagos, provincia de Valdivia, región de Los Ríos, donde la captación queda definida por la siguiente coordenada UTM (m): Norte: 5.574.450 y Este: 701.402. La coordenada UTM está referida al Datum WGS 84, huso 18. CUARTO: Que, el inciso segundo del artículo 2° transitorio del Código de Aguas, establece que se podrá pedir la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, cuando los usuarios hayan cumplido con un mínimo de 5 años de uso ininterrumpido; que el uso haya sido libre de clandestinidad o violencia, sin reconocer dominio ajeno; y debiendo sujetarse a procedimiento legal correspondiente. Es decir constituye una prescripción adquisitiva especial. QUINTO: Que, del tenor del inciso segundo del artículo 2° transitorio del Código de Aguas, se establece como presupuesto para la solicitud de autos: 1.- Que se podrá pedir la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, cuando los usuarios hayan cumplido con un mínimo de 5 años de uso ininterrumpido. 2.- Que el uso haya sido libre de clandestinidad o violencia, sin reconocer dominio ajena. 3.- Y que debe sujetarse a procedimiento legal correspondiente. SEXTO: Que en relación al primer y segundo presupuesto, se han acreditado mediante el informe de la

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que HA LUGAR, a la solicitud en cuanto SE DECLARA que, DAVID ADOLFO JARAMILLO CASTILLO, ya individualizada, es dueño y propietario titular de un derecho de aprovechamiento de aguas superficiales y corrientes por un caudal de 0,2 litros por segundo, de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo que se extraen gravitacionalmente desde una vertiente sin nombre en la comuna de Los Lagos, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos, en un punto situado en las coordenadas U.T.M. (m) Norte: 5.574.450 y Este: 701.402, referida al Datum WGS 84, derechos que se encuentran regularizados y se consagran como legítimos. II.- Inscríbase los derechos de aprovechamiento de aguas a favor de DAVID ADOLFO JARAMILLO CASTILLO en el Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Los Lagos. III.- Una vez ejecutoriada la presente resolución, remítase copia autorizada de la sentencia a la Dirección Regional de Aguas XIV Región, para los fines que establece el artículo 122 del Código de Aguas. Regístrese, notifíquese y archívese. ROL C-44-2019. Dictó doña MARIANELA LORETO LUNA NEIRA, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo que dispone el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Los Lagos, a dieciséis de enero de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora v

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Los Lagos CAUSA ROL : C-44-2019 CARATULADO : MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS- DGA/JARAMILLO Los Lagos, dieciséis de enero de dos mil veinte. Vistos: A folio 1, rola oficio ordinario N° 1076, de 27 de diciembre de 2018, suscrito por el Director Regional (1° S), de la Dirección General de Aguas de la Región de Los Ríos, Roberto Liewald Dessy,

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