MARCOS ELIAS MEDINA URQUIOLA C/ MAURICIO ALEJANDRO GONZÁLEZ COFRÉ
Rol
O-36-2021
Fecha
25 de abril de 2022
Materia
LESIONES GRAVES., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal. Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la juez doña Paola González López, quien presidió y los magistrados don Hernán González Muñoz y doña Marcela Paredes Olave, el día 19 de abril de 2022, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral, de la causa rol interno del tribunal N° 36-2021, seguida en contra de Mauricio Alejandro González Cofré, cédula de identidad Nº12.505.753-5, nacido el día 7 de diciembre de 1972, en Santiago, 49 años, técnico mecánico automotriz, domiciliado en pasaje Basílica San Pablo Extramuros 1606, villa Cristóforo Colombo, comuna de San Vicente de T.T. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Claudio Riobó Loyola, en tanto que la Defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Privado don Jorge Aguirre Rivera, ambos con forma de notificación registrados en el Tribunal. Se hace presente que le presente juicio se llevó a efecto a través de video conferencia, plataforma ZOOM, donde se presentaron en dependencias del Tribunal el imputado González Cofré y su abogado defensor, así como los testigos civiles de ambos intervinientes. SEGUNDO: Acusación. Que la acusación materia de este juicio se basó, según consta del auto de apertura, en los siguientes hechos: “El día 5 de enero del año 2019 a las 20:00 horas aproximadamente, en circunstancias que Hernán Eduardo Jorquera Guajardo y José Miguel Jorquera Guajardo se encontraban en el Pasaje Extramuros frente al número 1606, Población Basílica San Pablo de la comuna de San Vicente intentando trasladar el vehículo que conducía don Hernán Jorquera Guajardo, se produce un altercado con el acusado MAURICIO ALEJANDRO GONZÁLEZ COFRÉ, quien mantenía estacionado el vehículo que conducía en el lugar, por lo cual la víctima Hernán Eduardo Jorquera Guajardo le solicita que mueva su vehículo, sin obtener respuesta por parte del acusado, quien luego cuando la víctima se retiraba del lugar, se baja del vehículo y lo agrede con un golpe de puño en el rostro perdiendo la víctima la conciencia y quedando en el suelo, por lo que José Miguel Jorquera Guajardo interviene en dicha situación, siento también agredido por el acusado con un golpe de puño en el rostro, para luego éste retirarse del lugar en dirección desconocida. Producto de la agresión, Hernán Jorquera Guajardo resultó con lesiones clínicamente de carácter grave consistentes en contusión ocular derecha y contusión ocular izquierda y fractura en 8º, 9º y 10º arcos costales derecho, según informe médico legal 139-2019 emitido por el Servicio Médico Legal de Rancagua, en tanto que José Miguel Jorquera Guajardo resultó con lesiones clínicamente de carácter menos graves QTCKZCKSBT Hernan Carlos Gonzalez Muñoz Juez oral en lo penal Fecha: 26/04/2022 14:18:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la h
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nº 6, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 26, 30, 50 y siguientes, 67, 397 N° 2, 399 todos del Código Penal, artículos 47, 259 y 261 siguientes del Código Procesal Penal; Ley 18.216, se declara que: I.-Se condena, a Mauricio Alejandro González Cofré a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado medio y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 Nº 2 del Código Penal, en la persona de Hernán Jorquera Guajardo, cometido el día 5 de enero de 2019 en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua. II.- Se condena, a Mauricio Alejandro González Cofré a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor de un delito de lesiones menos graves, previsto y sancionado en el artículo 399 del Código Penal, en la persona de José Miguel Jorquera Guajardo, cometido el día 5 de enero de 2019 en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua. III.- Por concurrir los supuestos del artículo 4° de la Ley 18.216, conforme se argumentó en este fallo, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta se sustituirá por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL. En el caso, se establecerá un plazo de observación de SEISCIENTOS
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1 Rancagua, veinticinco de abril de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal. Que ante esta Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituida por la juez doña Paola González López, quien presidió y los magistrados don Hernán González Muñoz y doña Marcela Paredes Olave, el día 19 de abril de 2022, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral, de la causa ro
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