BECERRA/AIC SERVICIOS SPA
Rol
M-41-2021
Fecha
25 de junio de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · DEMANDANTE INCORPORA PRUEBAS X · OBSERVACIONES A LAS PRUEBAS X · EL TRIBUNAL RESUELVE X Calama, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. Al inicio de la audiencia, el Tribunal señala que habiendo arribado a un acuerdo en audiencia de fecha 30 de abril de 2021, las partes demandante y demandada STERLING AND WILSON SOLAR PRIVATE, se prosigue esta causa sólo respecto de la demandada principal AIC SERVICIOS SPA. Asimismo se hace presente que lo único que quedaría pendiente es la nulidad del despido y que los montos que se conciliaron no serian imputables ni deducibles a una eventual sentencia. Relación somera demanda: Se efectuó la relación somera de la demanda Contestación de demanda: Se tiene por evacuado el trámite de contestación, en rebeldía, de la parte demandada principal. Llamado a conciliación: Atendida la incomparecencia de la parte demandada principal, es inoficioso hacer el llamado a conciliación. Se recibe la causa a prueba, fijándose los siguientes hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral, fecha de inicio y las condiciones pactadas en la misma. 2. Remuneración pacata y efectivamente percibida y rubros que la componen. 3. Fecha y circunstancias del término de la relación laboral. 4. Efectividad de haberse pagado las cotizaciones al trabajador. Pruebas ofrecidas por la parte demandante: Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 31 agosto de 2020. 2. Pacto horas extraordinarias de 2020. 3. Declaración y solicitud de depósito de remuneraciones. 4. Certificado cotizaciones Fonasa. 5. Certificado imposiciones AFP Habitat. 6. Liquidación remuneración septiembre de 2020. 7. Carta de despido de fecha 10 de noviembre de 2020 8. Certificado de pago de cotizaciones Previsionales. 9. Certificado cotizaciones AFC Chile Exhibición de documentos: Proceda la demandada a la exhibición de los siguientes documentos: 1. Carta de despido. 2. Contrato de trabajo. 3. Pago de cotizaciones previsionales. 4
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Walter Becerra Moreno, cédula de identidad 24.163.950-9, domiciliado en Uribe 3417, Calama, representado por la abogada Judith López Cumsille, cédula de identidad 13.494.102-2, domiciliada en Avenida Granaderos 2124 oficina 3, Calama, quien demanda por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de AIC Servicios SPA, Rut Nº 77.105.501-k, representada por Jorge Luis Sarzur, o por quien haga las veces de tal, de conformidad a la norma previamente citada, ambos con domicilio en Av. Granaderos Nº 4536, Calama o en Avenida Prat nº 1794, Calama. Para fundar su demanda señala que la relación laboral se inició el 31 agosto de 2020 y terminó el 10 de noviembre de 2020, con una remuneración de 617.908.- pesos, en calidad de Maestro de Segunda, jornada laboral 8:00 horas a 17:10 pm. Añade que siempre existieron irregularidades como falta de protocolos de seguridad de covid, no hacían PCR, no había distanciamiento en los buses a la faena, no pagaban horas extras, no se entregaban liquidaciones de remuneraciones entre otras, como que no se habría pagado el mes de octubre de 2020. Respecto del despido, alude que se le despidió verbalmente el día 10 de noviembre de 2020, indicándole que le enviarían carta de despido, lo cual nunca pasó, así como tampoco se entregó liquidación de sueldo, ni se habrían pagado de forma íntegra las cotizaciones. Solicita el pago de las siguientes prestaciones: remuneraciones y demás prestaciones que se devenguen desde su separación 10 de noviembre de 2020, hasta la fecha que se convalide, recargo del artículo 168 letra “b” Código del Trabajo del 150% o el que se estime pertinente, cotizaciones previsionales en AFP HABITAD, Fonasa y AFC Chile S.A, de los meses septiembre, octubre y noviembre de 2020, $205.712 por termino de contrato por obra o faena, equivalentes a 10 días de remuneración, remuneración de octubre de 2020 por $617.136 y 10 días de noviembre de 2020 por $205.712, $102.856 pesos por feriado proporcional equivalente a 5 días de remuneración, con reajustes, intereses y costas de la causa. SEGUNDO: Que el día 24 de junio de 2021 se realiza audiencia única en la cual encontrándose válidamente notificada la demandada, no comparece a la misma y
Fallo
por tanto se tiene por contestada la demanda en su rebeldía. TERCERO: Que se fijan como hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral, fecha de inicio y las condiciones pactadas en la misma. 2. Remuneración pacata y efectivamente percibida y rubros que la componen. 3. Fecha y circunstancias del término de la relación laboral. 4. Efectividad de haberse pagado las cotizaciones al trabajador. Se incorpora la siguiente prueba: Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 31 agosto de 2020. 2. Pacto horas extraordinarias de 2020. 3. Declaración y solicitud de depósito de remuneraciones. 4. Certificado cotizaciones Fonasa. 5. Certificado imposiciones AFP Habitat. 6. Liquidación remuneración septiembre de 2020. 7. Carta de despido de fecha 10 de noviembre de 2020 8. Certificado de pago de cotizaciones Previsionales. 9. Certificado cotizaciones AFC Chile. CUARTO: Que al no haberse contestado la demanda, el artículo 453 número 1 inciso 7 otorga la facultad al tribunal para tener por admitidos tácitamente en la sentencia los hechos contenidos en la misma. Al efecto, encontrándose válidamente notificada y no habiéndose contestado la demanda ni habiendo comparecido a las audiencias a las cuales fue citada en autos, no existió ni ofrecimiento de prueba ni incorporación alguna por la parte demandada, y habiéndose incorporado en contraposición prueba por la demandante, es que existiendo antecedentes suficiente para este tribunal que hacen presumir la efectividad de los h
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 24/06/2021 RUC 21-4-0321424-5 RIT M-41-2021 MAGISTRADO Edy María Pérez Argandoña ADMINISTRATIVO DE ACTAS Emmily Rodríguez Carrillo HORA DE INICIO 09.41 HORA DE TERMINO 10.15 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0321424-5 PARTE DEMANDANTE Walter Becerra Moreno, cédula de identidad N° 24.163.950-9 ABOGADO Judi
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