Juzgado de Garantía de Villa Alemana.

ROMANETT ANGELICA PONCE RIQUELME C/ JUAN JESÚS ONEL VIDAL

Rol

O-1765-2019

Fecha

25 de abril de 2022

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JUAN JESUS ONEL VIDAL, cédula de identidad N° 18.032.316-3, se resuelve en v irtud de los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: El día 18 de Mayo de 2019 a las 09:00 horas aproximadamente, en circunstancias que la v íctima, ROMANETT ANGELICA PONCE RIQUELME, se encontraba en el domicilio ubicado en calle Bélgica N° 7, Villa Alemana, en compañía de su conviviente, de nombre JUAN JESUS ONEL VIDAL, este último, a raíz de una discusión, la tomo del cuello golpeándola con un celular, ocasionándole un aumento de volumen de partes blandas en muñeca y ante brazo distal, dolor a flexoextensión de muñeca izquierda y dolor a movilización de dedos, de carácter leve. Que el hecho precedentemente descrito, en concepto del Ministerio Público, constituye el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, prev isto en el Art. 399 del Código Penal, en relación al Art. 5 de la ley 20.066, cometidos en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al requerido participación en calidad de AUTOR

Fallo

se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: El día 18 de Mayo de 2019 a las 09:00 horas aproximadamente, en circunstancias que la v íctima, ROMANETT ANGELICA PONCE RIQUELME, se encontraba en el domicilio ubicado en calle Bélgica N° 7, Villa Alemana, en compañía de su conviviente, de nombre JUAN JESUS ONEL VIDAL, este último, a raíz de una discusión, la tomo del cuello golpeándola con un celular, ocasionándole un aumento de volumen de partes blandas en muñeca y ante brazo distal, dolor a flexoextensión de muñeca izquierda y dolor a movilización de dedos, de carácter leve. Que el hecho precedentemente descrito, en concepto del Ministerio Público, constituye el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, prev isto en el Art. 399 del Código Penal, en relación al Art. 5 de la ley 20.066, cometidos en grado de desarrollo CONSUMADO, correspondiéndole al requerido participación en calidad de AUTOR Se resuelve: Que no habiéndose rendido prueba por parte de la fiscalía, el Tribunal no tiene los antecedentes suficientes para arribar a una condena, en la medida que no se ha podido quedar por demostrado el hecho punible ni tampoco la participación que pudiese haber cabido al imputado. GVCXZCYCSF Daniela Alejandra Naney Rodriguez Nino Juez de garantía Fecha: 25/04/2022 15:09:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3

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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Villa Alemana, veinticinco de abril de dos mil veintidós. VISTOS: Que en esta causa el Ministerio Público interpuso requerimiento en procedimiento simplificado en contra de JUAN JESUS ONEL VIDAL, cédula de identidad N° 18.032.316-3, se resuelve en v irtud de los siguientes fundamentos de hecho y de derecho: Hecho: El día 18 de Mayo de 2019 a las 09:00 horas a

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