Juzgado de Letras de Nueva Imperial

MÁRQUEZ/

Rol

V-90-2019

Fecha

16 de enero de 2020

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1º) Solicitud: Que con fecha 27 de mayo de 2019, en lo principal de su presentación, compareció el letrado don Juan Jorge Faundes Peñafiel, en representación de PROVINCIA FRANCISCANA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD/MISIONEROS FRANCISCANOS DE LA ARAUCANÍA, entidad religiosa, con personalidad jurídica, RUT Nº 70.336.400-4, representada por don Mario Antolín Márquez Andrade, RUN Nº 8.094.472-1, religioso, soltero, domiciliado en calle San Francisco Nº 47, comuna de Santiago, quien expone que la Provincia Franciscana de la Santísima Trinidad/Misioneros de la Araucanía, a la que representa, es dueño de la propiedad raíz ubicada en la comuna de Chol-Chol, Provincia de Cautín, calle Aníbal Pinto Nº 630, que corresponde a la Manzana 18, del plano de la ciudad de Chol-Chol, cuyos deslindes especiales son: Norte: calle Saavedra; Sur: con calle Amunategui; Oriente: con manzana cuarenta y ocho; y, Poniente: con calle Pinto. El dominio rola inscrito a fojas 3125 Nº 2711 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2017. Rol de avalúo 407-1 de la comuna de Chol- Chol. Esta propiedad tiene un avalúo fiscal de $ 207.541.757, correspondiente al segundo semestre del año 2018.- Indica que su mandante desea donar la propiedad indicada precedentemente al Obispado de Temuco, RUT Nº 82.158.900-2, domiciliado en calle Vicuña Mackenna N° 779, piso dos de la ciudad de Temuco, institución religiosa, sin fines de lucro, a fin de destinarla a culto o el mantenimiento de éste, que son los mismos objetivos que la han mantenido desde su fundación. Hace presente que la donación cuya autorización pide no afectará derechos de terceros. Previa cita de las normas legales que invoca, solicita se autorice la donación en los términos ya indicados. ?2º) Prueba: Que a fin de justificar su solicitud, el interesado rindió la siguiente probanza: A) Documental: a) Copia autorizada de inscripción de dominio del inmueble en que recae la solicitud; y, b) Certificado de avalúo fiscal de la propiedad; y, B) Testimonial: Consistente en los dichos de doña María Jacinta Aguilar Quilodrán y de don Luis Miguel Flores Mardones, los que debidamente juramentados expusieron, en forma conteste, que conocen a la Provincia Franciscana de la Santísima Trinidad, representada por Fray Mario Antolín Márquez Andrade, quienes son dueños de la propiedad indicada en la solicitud, correspondiente a una parroquia, recinto destinado para fines religiosos de culto y de servicios a la comunidad desde 1929, cuando fue adjudicado por el Estado de Chile; que además les consta, que el inmueble ha estado al servicio de la comunidad desde sus inicios y ha sido destinado íntegramente a la parroquia, dependencias destinadas al hábitat del párroco y de salones de reuniones con fines religiosos, sin que la donación afecte derechos de terceros. ?3º) Informe: Que con fecha 17 de diciembre del año 2019, se agregó oficio Nº 65, de fecha 11 de diciembre de 2019, emitido p

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo, además, presente las normas legales citados y lo dispuesto en los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: ?I.- Que se acoge la solicitud contenida en lo principal de la presentación de fecha 27 de mayo de 2019, por lo que se autoriza a PROVINCIA FRANCISCANA DE LA SANTÍSIMA TRINIDAD/MISIONEROS DE LA ARAUCANÍA, entidad religiosa, con personalidad jurídica, RUT Nº 70.336.400-4, representada por don Mario Antolín Márquez Andrade, RUN Nº 8.094.472-1, religioso, soltero, domiciliado en calle San Francisco 47, Comuna de Santiago, para que done al Obispado de Temuco, RUT Nº 82.158.900-2, domiciliado en calle Vicuña Mackenna N° 779, piso dos, comuna de Temuco, ambas sin fines de lucro, el inmueble ubicado en la comuna de Chol-Chol, Provincia de Cautín, calle Aníbal Pinto Nº 630, que corresponde a la Manzana 18, del plano de la ciudad de Chol-Chol, cuyos deslindes especiales son: Norte, calle Saavedra; Sur, con calle Amunategui; Oriente, con manzana cuarenta y ocho; y Poniente, con calle Pinto, cuyo dominio rola inscrito a nombre de la primera a fojas 3125 Nº 2711 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 2017. Rol de avalúo Nº 407-1 de la comuna de Chol-Chol. ?II.- Que la donación deberá realizarme mediante escritura pública indicándose su carácter de mera liberalidad, debiendo insertarse en la misma la presente resolución que la autoriza. ?III.- Que confor

Texto Completo (Preview)

FOJA: 25 .- NOMENCLATURA?: 1. [40]Sentencia JUZGADO ?: Juzgado de Letras de Nueva Imperial CAUSA ROL?: V-90-2019 CARATULADO?: M RQUEZ/Á Nueva Imperial, dieciséis de enero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º) Solicitud: Que con fecha 27 de mayo de 2019, en lo principal de su presentación, compareció el letrado don Juan Jorge Faundes Peñafiel, en representación de PROVINCIA FRANCISCANA DE

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