BRUNEL MARCOS CASTRO DIAZ C/ SAMUEL CUSTODIO TAPIA VALDÉS
Rol
O-2273-2021
Fecha
21 de abril de 2022
Materia
CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 15 de julio de 2021, aproximadamente a las 15:00 horas, el acusado SAMUEL CUSTODIO TAPIA VALDES, conducía en estado de ebriedad, y sin haber obtenido licencia de conducir, el vehículo marca Peugeot, modelo 306, patente ST-2861, por la Ruta E-251, Sector El Álamo, Huaquen de la comuna de La Ligua, y al enfrentar una curva existente en el lugar, producto de su estado de interperancia, pierde el control del vehículo, volcándose a un costado de la calzada. Practicada en esa ocasión la alcoholemia de rigor al acusado, ésta arrojó como resultado 1,65 grs/mil de alcohol en la sangre”. Que de conformidad con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 30, 49, 58, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1, 3, 4, 7, 8, 12, 45, 53, 93, 166, 172, 180, 229, 248, 297, 340 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 196 y 209 de la Ley Tránsito; y las normas pertinentes de la Ley 18.216;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a don SAMUEL CUSTODIO TAPIA VALDÉS, cédula de identidad N° 15.603.422-3, domiciliado en Parcela N° 17, Sitio 11, Lomas de Pichicuy, sector Huaquén, comuna de La Ligua; a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la SUSPENSIÓN LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS; en su calidad de autor YHNEZBBSPX Nelson Alejandro Fernandez Gonzalez Juez de garantía Fecha: 22/04/2022 19:22:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl de un delito de conducción de vehiculo motorizado en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir, prescrito y sancionado en los artículos 196 y 209 de la Ley Tránsito, en grado de desarrollo consumado, cometido el día 15 de julio de 2021, en la comuna de La Ligua. II.- Que reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privat
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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, veintiuno de abril de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 15 de julio de 2021, aproximadamente a las 15:00 horas, el acusado SAMUEL CUSTODIO TAPIA VALDE
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