INDECO CONSTRUCCIONES SANITARIAS SA/INSPECCIÓN DE TRABAJO SANTIAGO ORIENTE
Rol
I-542-2019
Fecha
25 de junio de 2021
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos, sustanciales y pertinentes, los siguientes: 1. Efectividad de que el fiscalizador de la Inspección del Trabajo incurrió en un error de hecho al aplicar la multa de autos. 2. Efectividad de haber dado el reclamante íntegro cumplimiento a las disposiciones legales cuya infracción motivó la sanción o sanciones. CUARTO: La reclamante ofreció y rindió como prueba documental: 1. Copia de Procedimiento de uso de elementos de protección personal. (Está incompleto, pedir completo) 2. Resolución de multa N° 8854/19/25 de fecha 30 de Abril de 2019. 3. Acta de notificación multa N° 8854/19/25 4. Copia de Carta que contenía acta de notificación de multa, que contiene estampa de Correos de Chile que señala que “correspondencia se depositó en Oficina de Correos de Chile con fecha 24 de Mayo de 2019. 5. Copia de Acta de fecha 15 de Mayo de 2019. 6. Copia de Programa de seguridad en maquina compromiso de implementación de fecha 20 de Mayo de 2019. 7. Copia de anexo de prescripción de medidas correctivas de fecha 12 de Junio de 2019. 8. Copia de escrito de Reconsideración de resolución de multa administrativa de fecha 28 de Junio de 2019. 9. Copia de solicitud de Recurso administrativo de fecha 28 de Junio de 2019. 10. Copia de Anexo de contrato de don Davis Viterbo Espinosa Quezada. 11. Copia de Anexo de contrato de don Davis Espinosa Quezada de fecha 03 de Junio de 2019. 12. Copia de transferencia realizada al trabajador Davis Espinosa Quezada por cinco horas extras de fecha 28 de Junio de 2019. 13. Procedimiento de Trabajo de manejo de herramientas manuales de empresa Indeco Construcciones Sanitarias S.A. 14. Registro de toma de conocimiento de trabajadores firmado por supervisor Johnny Herrera de fecha 01 de Abril de 2019. 15. Lista de chequeo de trabajos con herramientas manuales de fecha 27 de Marzo de 2019 16. Resolución N° 721 de fecha 25 de Noviembre de 2019 con copia de sobre de fecha 27 de Noviembre de 2019. 17. Copia de seguimiento en
Fundamentos
considerando que quien prestó declaración en representación de la Inspección Comunal del trabajo fue la propia abogada patrocinante y no se logró aportar mayores elementos de análisis para este caso. SEPTIMO: Que se sin perjuicio de lo anterior, se estima que la reclamante tuvo motivo plausible para litigar por lo que no será condenada en costas.
Fallo
por tanto, los 15 días administrativos (Ley 19.880 art. 25) se cumplieron con fecha 24 de junio de 2019. En el caso del anexo de lugar de trabajo se firmó con fecha 02 de enero de 2019 y en el caso del anexo por jornada de trabajo se firmó con fecha 03 de junio de 2019. En consecuencia, y de acuerdo a lo que se establece en el artículo 511 inciso 2 se debía rebajar la multa en "a lo menos, en un cincuenta por ciento". Respecto de la multa 4. Debe dejarse sin efecto la Resolución N° 721, ya que en los caso de las multas 4 la Inspección del Trabajo no cumple con la obligación del Código del Trabajo art. 191 inciso final. En efecto, la Dirección del Trabajo que le corresponde la fiscalización del cumplimiento de la normativa laboral, no ha cumplido con la obligación de la norma que ordena: "Artículo 191, inciso final. Con todo, en caso que el Inspector del Trabajo aplique multas por infracciones a dichas normas y el afectado, sin perjuicio de su facultad de recurrir al tribunal competente, presente un reclamo fundado en razones de orden técnico ante el Director del Trabajo, éste deberá solicitar un informe a la autoridad especializada en la materia y resolverá en lo técnico en conformidad a dicho informe." la Resolución que no cumplió esta orden legal que se expresa con un "deberá", es decir, no es optativo para la Inspección del Trabajo solicitar el informe al Organismo Administrador. Si lo hubiera hecho el Organismo Administrador del Seguro de Accidentes del Trabajo hubiera i
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT : I-542-2019 RUC : 19- 4-0240325-2 MATERIA : RECLAMACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEMANDANTE : INDECO CONSTRUCCIONES SANITARIAS S.A RUT : 77.140.840-0 REPRESENTANTE LEGAL : Mario Armando Castro Pinto ABOGADO PATROCINANTE : Alexander Francisco Parada Tell DEMANDADO : INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE. REPRESENTANTE LEGAL : ROCÍO CA
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