3º Juzgado de Letras de Iquique

COMERCIAL FARMABIZA LTDA./

Rol

V-124-2019

Fecha

15 de enero de 2020

Materia

CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Primero: Que en folio 1, comparece Comercial Farmabiza Limitada, representada legalmente por don Juan de la Cruz Bizama Álvarez, ambos con domicilio en calle Vivar N°854 de la comuna de Iquique, señala que es dueño de un depósito a plazo renovable en pesos, N° 0-260-6850957-, por el valor de $15.469.805.-, contratado con Banco Santander Chile y emitido con fecha 6 de julio de 2019, el que actualmente se encuentra extraviado; solicita se declare el extravío de dicho documento y que se requerir al obligado al pago referido precedentemente, la emisión de duplicado con objeto de cobrarlo o renovarlo. Segundo: Que, con el objeto de acreditar su petición el solicitante acompañó adjunto al folio 4, 1) Constancia otorgado por Banco Santander Chile, sucursal Iquique, del depósito a Plazo renovable en pesos N°0-260-6850957-1, por la suma inicial de $15.469.805.- y, 2) Escritura Pública en la cual consta la personería de don Juan de la Cruz Bizama Álvarez para representar a la sociedad Comercial Farmabiza Limitada. Tercero: Que, en folio 12, se notificó la solicitud Mitchel Bisquett Milla, en su calidad de Agente del Banco Santander Chile; en folio 10, rola la publicación exigida por el artículo 89 de la Ley Nº 18.092 y sin que además conste en autos oposición a la solicitud según certificación de la misma, de fecha 14 de enero de 2020.- Cuarto: Que, al folio 9 compareció en estos autos doña Ana Francisca Morgado Bonilla y don Sergio Agustín Rivera Araya, quienes entregan información sumaria dando cuenta de la efectividad de las circunstancias que el solicitante expone y que dieron origen a este procedimiento, constándoles la existencia del documento y el mentado extravío. Quinto: Que, ponderados los documentos reseñados, y de conformidad al artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, permite tener por acreditado que Comercial Farmabiza Limitada, representada legalmente por don Juan de la Cruz Bizama Álvarez, es dueño de una depósito a plazo renovable en pesos,

Fundamentos

considerando primero, por lo que se acogerá la solicitud. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 88 y siguientes de la Ley Nº 18.092; 817, 818, 819 y 826 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

se declara: Extraviado el depósito a plazo, número 0-260-6850957-1, contratado a Banco Santander Chile, por la suma de $ 15.469.805.-, entidad que deberá extender un duplicado del referido documento, para que sea retirado por la solicitante Comercial Farmabiza Limitada, representada legalmente por don Juan de la Cruz Bizama Álvarez, o a quien se autoriza para ejercer los derechos que le correspondan. Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada a costa del solicitante y en su oportunidad, archívese. Dictada por doña Karola Fernanda Agurto Cordones, Juez Títular del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. En Iquique, a quince de Enero de dos mil veinte, se notificó la presente resolución por Estado Diario. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, quince de Enero de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-15T09:48:39-0300

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FOJA: 15 .- quince .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : V-124-2019 CARATULADO : COMERCIAL FARMABIZA LTDA./ Iquique, quince de Enero de dos mil veinte Vistos: Primero: Que en folio 1, comparece Comercial Farmabiza Limitada, representada legalmente por don Juan de la Cruz Bizama Álvarez, ambos con domicilio en calle Vivar N°854 de la comuna de Iqui

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