PIZARRO/ESCOBAR
Rol
C-1840-2019
Fecha
14 de enero de 2020
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Comparece en autos doña Alda Patricia Pizarro Elissegaray, cosmetóloga, cédula nacional de identidad N° 8.456.753-1, con domicilio en Moneda N° 973, depto. 1015, comuna de Santiago, quien interpone demanda de precario en contra de don Roberto Fabián Escobar Sánchez, ignora profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 14.574.977-8, con domicilio en Departamento 21, del segundo piso del Edificio o Block J-7, ubicado en calle José Miguel Carrera N° 14.000, comuna de San Bernardo, en atención a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que se reseñan en los párrafos siguientes. Señala ser dueña del inmueble que actualmente sirve de domicilio al demandado, conforme da cuenta la inscripción que rola a fojas 288 vuelta, N° 462 del registro de propiedad del año 2019, del Conservador de Bienes Raíces de San Bernardo. Agrega que la ocupación que realiza actualmente el demandado de la propiedad junto a su grupo familiar, es sin contrato previo de ninguna especie y por mera tolerancia de su parte, y que, pese a que le ha solicitado la restitución del inmueble, éste no ha manifestado voluntad alguna en efectuarla, razón por la que interpone esta acción. Previas citas legales a los artículos 2195 del Código Civil, y, 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, pide tener por interpuesta demanda de precario en contra de don Roberto Fabián Escobar Sánchez, ya individualizado, acogerla a tramitación, y en definitiva, condenarlo a la restitución del inmueble antes singularizado, libre de todo ocupante, y con todas las cuentas de servicios pagadas, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, o en el plazo que el Tribunal determine, bajo apercibimiento de lanzarle con auxilio de la fuerza pública, con costas. Con fecha 26 de septiembre de 2019, se realizó la notificación personal de la demanda al demandado de autos. Con fecha 2 de octubre de 2019, se llevó a efecto el comparendo de estilo decretado en autos, con la asistencia del apoderado de la parte demandante, y del demandado junto a su apoderado. La parte demandada procedió a contestar la demanda mediante minuta escrita que se tuvo como parte integrante de la audiencia, y se agregó al expediente electrónico, oportunidad en que solicitó el total rechazo de la demanda, con costas, negando todos y cada uno de los hechos consignados en ella. Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produjo. Por resolución de 8 de octubre de 2019, se recibió la causa a prueba por el término legal, fijándose como hechos sobre los que deberá recaer, los siguientes: 1) Efectividad de ser la demandante dueña del inmueble sub-lite; 2) Efectividad de ser la parte demandada ocupante del referido inmueble, en caso de ser afirmativo, títulos justificativos de la ocupación. Con fecha 10 de enero de 2020, encontrándose la causa en estado, se citó a las partes a oír sentencia. Considerando. Primero: Que, comparece en autos doña Alda Patricia Pizarro Elissegaray, e interpone demanda de precario en contra de don Roberto Fabián Escobar Sánchez, ya individualizado, y con su mérito, solicita acogerla a tramitación, y en definitiva, condenar al demandado a la restitución del inmueble antes singularizado, libre de todo ocupante, y con todas las cuentas de servicios pagadas, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, o en el plazo que el Tribunal determine, bajo apercibimiento de lanzarle con la fuerza pública, con costas, fundándose para ello en los antecedentes de hecho y de derecho ya reseñados en lo expos
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda de precario intentada en contra de don Roberto Fabián Escobar Sánchez, ya individualizado. En consecuencia, se ordena a éste restituir a la demandante el inmueble objeto de la pretensión, libre de todo otro ocupante que de él dependa, dentro del plazo de 10 días contados desde que la presente sentencia se encuentre en estado de cumplirse. II.- Que, se condena en costas al demandado. Regístrese, Notifíquese y en su oportunidad Archívese. Rol C 1840-2019 Dictada por RONNIE ENRIQUE GAJARDO GIADACH, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras de San Bernardo. En San Bernardo, a catorce de Enero de dos mil veinte, se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-14T16:23:54-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de San Bernardo CAUSA ROL : C-1840-2019 CARATULADO : PIZARRO/ESCOBAR San Bernardo, catorce de Enero de dos mil veinte Vistos Comparece en autos doña Alda Patricia Pizarro Elissegaray, cosmetóloga, cédula nacional de identidad N° 8.456.753-1, con domicilio en Moneda N° 973, depto. 1015, comuna de Santiago, quien interpone
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