Juzgado de Garantía de Tomé.

CARABINEROS C/ ERIK ARIEL LARA SEPÚLVEDA

Rol

O-909-2020

Fecha

19 de abril de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento Imputado admite responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento Alegaciones de la Defensa X Tribunal dicta sentencia en procedimiento simplificado X HECHOS REQUERIMIENTO ESCRITO: El día 06 de septiembre del año 2020, aproximadamente las 09:05 horas, el imputado Erick Lara Sepúlveda, mediante escalamiento de un muro perimetral ingresó al Frigorífico Manchester ubicado en calle Mariano Egaña Nº 665, comuna de Tomé, donde fue sorprendido por carabineros en los momentos que sustraía y se apropiaba con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño de una caja de acero inoxidable, un fierro de acero inoxidable de 3 metros aproximadamente, un fierro inoxidable de 2 metros aproximadamente. JUZGADO GARANTÍA DE TOMÉ C/ ERIK ARIEL LARA SEPÚLVEDA Tomé, diecinueve de abril de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: PXEYYZKXGY Ximena Andrea Martinez Parra Juez de garantía Fecha: 19/04/2022 19:55:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 11 N° 9 (muy calificada), 12 N°16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 67, 432, 442 N°1 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. QUE SE CONDENA A ERIK ARIEL LARA SEPÚLVEDA cédula nacional de identidad N° 14.589.981-8, ya individualizado, como AUTOR de un delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en los artículos 432 en relación 442 N°1 del Código Penal, en grado de ejecu

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 11 N° 9 (muy calificada), 12 N°16, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 67, 432, 442 N°1 y demás pertinentes del Código Penal; artículos 297, 340, 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. QUE SE CONDENA A ERIK ARIEL LARA SEPÚLVEDA cédula nacional de identidad N° 14.589.981-8, ya individualizado, como AUTOR de un delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, previsto y sancionado en los artículos 432 en relación 442 N°1 del Código Penal, en grado de ejecución FRUSTRADO, cometido en esta comuna de Tomé, el día 06 de septiembre del año 2020, a las penas de CUARENTA Y UN (41) DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, Y ACCESORIAS LEGALES DE SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO, DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA. II. Que en lo que refiere a la pena corporal impuesta, y teniendo presente la revisión que realizara la Defensa, no pudiendo acceder el sentenciado a penas sustitutivas de la Ley 18.216, se dispone que el CUMPLIMIENTO DE LA PENA CORPORAL, DEBERÁ EFECTUARSE EN FORMA EFECTIVA. DEBIENDO DARSE LA CORRESPONDIENTE ORDEN DE INGRESO AL SENTENCIADO, una vez que la sentencia, se encuentre firme y ejecutoriada. III. Que para los efectos de abono, se dispone expresamente que el SENTENCIADO goza de un (1) día de abono, devengado entre los días 06 a 07 de septiembre de 2020, por el tiempo en que estuvo privado de libertad por esta causa, saldando en consecuencia a cumplir 40 DÍAS DE PRISIÓN. IV.

Texto Completo (Preview)

INDIVIDUALIZACIÓN DE AUDIENCIA JUICIO ORAL SIMPLIFICADO/SENTENCIA (SEMIPRESENCIAL) Fecha Tomé, diecinueve de abril de dos mil veintidós Magistrado XIMENA ANDREA MARTINEZ PARRA Fiscal ANA MARIA PINCHEIRA AREVALO Defensor DANIELA DIAZ FRAILE Abog. Víctima GERARDO AYAMANTE VALDÉS (no comparece) Hora inicio 13:00 Hora término 13:18 Sala 1 / Marcela Urrutia Levipán Tribunal Juzgado de Garantía de Tomé

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