MIGUEL ÁNGEL PIZARRO MITCHELL C/ JONATHAN ANTONIO NAVARRO CATALÁN
Rol
O-8822-2020
Fecha
18 de abril de 2022
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., OCULTACION DE IDENT EN CONTROL INVEST ART 496 N05 ART 85 CPP
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 01 de Diciembre de 2020, aproximadamente a las 06:50 hrs., en los instantes en que los funcionarios de Carabineros y víctimas Cristoffer Alejandro Bravo Muñoz y Miguel Ángel Pizarro Mitchell, se disponían a efectuarle un control de identidad al requerido JONATHAN ANTONIO NAVARRO CATALÁN, en la intersección de Avda. Las Torres con Avda. Américo Vespucio, Comuna de Peñalolén, éste reaccionó insultando y amenazando de forma seria, grave y verosímil a los funcionarios policiales al señalarles “pacos perquins del estado, les voy a sacar la concha de su madre”, “pacos concha de tu madre, suéltenme, les voy a sacar la concha de tu madre, yo soy choro de las torres, los voy a matar”.- Delito y grado de desarrollo Amenazas a Carabineros, previsto y sancionado en el Art. 417 del Código de Justicia Militar, en relación con el Art. 296 Nº 3 del Código Penal, encontrándose dicho ilícito en grado de ejecución consumado Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don JONATHAN ANTONIO NAVARRO CATALÁN, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas a Carabineros, previsto y sancionado en el Art. 417 del Código de Justicia Militar, en relación con el Art. 296 Nº 3 del Código Penal, encontrándose dicho ilícito en grado de ejecución consumado, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 01 de Diciembre de 2020, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. XMRTYZKLEV VERONICA PATRICIA HERRERA OCARES Juez de garantía Fecha: 19/04/2022 14:56:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a don JONATHAN ANTONIO NAVARRO CATALÁN, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas a Carabineros, previsto y sancionado en el Art. 417 del Código de Justicia Militar, en relación con el Art. 296 Nº 3 del Código Penal, encontrándose dicho ilícito en grado de ejecución consumado, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 01 de Diciembre de 2020, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. XMRTYZKLEV VERONICA PATRICIA HERRERA OCARES Juez de garantía Fecha: 19/04/2022 14:56:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Las partes renuncian a los plazos "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. XMR
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2001210146-6 RIT : 8822 - 2020 IMPUTADO : JONATHAN ANTONIO NAVARRO CATALÁN Cédula de Identidad : 0018955958-5 Fecha de nacimiento : 25/08/1994 Domicilio : Pasaje LA COSTURERA Nº 4461, peñalolen PROCEDIMIENTO : Juicio Oral Simplificado Fecha de sentencia : dieciocho de abril de dos mil veintidós JUEZ : VERONICA PATRICIA HERRERA OCARES Hechos El d
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