GUTIÉRREZ/COMERCIAL DANGELANTONIO SPA
Rol
O-1925-2020
Fecha
23 de junio de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la demanda. El Tribunal da lugar a lo solicitado, dictando sentencia de inmediato. En Santiago a veintitrés de junio de dos mil veintiuno. PRIMERO: Individualización de las partes. Que comparece don MARCO AURELIO GUTIÉRREZ CARREÑO, Rut N° 9.043.128-5, vendedor, con domicilio en Jorge Sánchez Sánchez N°2075, camino Buin Maipo, Comuna de Buin, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de COMERCIAL DANGELANTONIO SPA, Rut N° 76.797.498-1, representada por doña Rafaella Carolina Solari Salah, Rut N°176982029-8, actualmente sin domicilio conocido ya que fueron emplazados mediante notificación a traves de del Diario Oficial con fecha 01 de abril del año 2021 como se desprende del sistema computacional. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7,8, 9,161,162,163,173, 67,42 del código del trabajo, 466 y siguientes, SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don MARCO AURELIO GUTIÉRREZ CARREÑO en contra de COMERCIAL DANGELANTONIO SPA, ambos ya individualizados y se declara que el despido del que fue objeto el día 31 de diciembre del año 2019, fue injustificado y además nulo para efectos laborales, motivo por el cual se le deberán pagar las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, ascendente a $ 513.850. b) Indemnización por años de servicio por $ 3.083.100 c) Incremento legal señalado en el artículo 168 del Código del Trabajo, ascendente al 30% calculado sobre los años de servicio, suma equivalente a $ 924.930. d) Remuneración de diciembre de 2019, $ 513.850. e) Feriado legal de $ 259.821 f) Que además la demandada deberá pagar las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido, esto es del 31 de diciembre del año 2019 y hasta que se realice el integro pago de las cotizaciones previsionales de salud y cesantía, AFP Provida, Isapre Banmedica y AFC C
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7,8, 9,161,162,163,173, 67,42 del código del trabajo, 466 y siguientes, SE DECLARA: I. Que se acoge la demanda interpuesta por don MARCO AURELIO GUTIÉRREZ CARREÑO en contra de COMERCIAL DANGELANTONIO SPA, ambos ya individualizados y se declara que el despido del que fue objeto el día 31 de diciembre del año 2019, fue injustificado y además nulo para efectos laborales, motivo por el cual se le deberán pagar las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a) Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, ascendente a $ 513.850. b) Indemnización por años de servicio por $ 3.083.100 c) Incremento legal señalado en el artículo 168 del Código del Trabajo, ascendente al 30% calculado sobre los años de servicio, suma equivalente a $ 924.930. d) Remuneración de diciembre de 2019, $ 513.850. e) Feriado legal de $ 259.821 f) Que además la demandada deberá pagar las remuneraciones que se devenguen desde la fecha del despido, esto es del 31 de diciembre del año 2019 y hasta que se realice el integro pago de las cotizaciones previsionales de salud y cesantía, AFP Provida, Isapre Banmedica y AFC Chile, conforme al detalle que se indica más adelante. g) Las remuneraciones deberán ser pagadas en base a la remuneración establecida de $513.850. h) Cotizaciones previsionales, AFP Provida agosto y septiembre de 2017, abril, mayo, junio y diciembre 2019; AFC agosto y septiembre de 2017, junio y diciembre 2019; Isapre
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 23/06/2021, Santiago RUC 20- 4-0258765-3 RIT O-1925-2020 CARATULADO GUTIÉRREZ/COMERCIAL DANGELANTONIO SPA MAGISTRADO MARIA VERONICA TORRES REYES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jessica Guerra Vásquez HORA DE INICIO 09:12 HORA DE TERMINO 09:25 SALA Sala Virtual 3 (3.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 2040258765-3-1348 PARTE DEMANDANTE
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