PAULINA DEL PILAR GONZÁLEZ MARTÍNEZ C/ ERIKA ELIZABETH GAJARDO CONTRERAS
Rol
O-5915-2021
Fecha
14 de abril de 2022
Materia
CALUMNIA (ACCION PRIVADA)., INJURIA (ACCION PRIVADA).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en virtud de los cuales se dedujo la querella, son los siguientes, que se reproducen literalmente de su presentación: “1. Los querellantes, Paulina González Martínez y Jerico Nemi Galeb, fuimos Administradora y Presidente del Comité de Copropietarios respectivamente- del Condominio Playa Dos, ubicado en Avenida del Mar Nº 580, comuna de La Serena, en el periodo comprendido entre febrero de 2015 a febrero de 2017. 2. Como consta en Acta de Designación de Administrador de la Comunidad Playa Dos, de La Serena, con fecha 1 de septiembre de 2017, se designó como nuevo administrador a partir de la misma fecha a don Pablo Rodrigo Foncillas Alvarado. 2. Luego, de acuerdo al Acta de Asamblea Ordinaria de Propietarios del Condominio Playa Dos de febrero de 2019, se informa a la comunidad la desvinculación del administrador don Pablo Foncillas Alvarado y se designa como nuevo administrador a don Christian Ramírez Godoy. TXEXYYSBPP Claudio Marcelo Ayala Oyanedel Juez de garantía Fecha: 14/04/2022 15:53:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4. En el mes de febrero de 2017 don Jerico Nemi Galeb, en Asamblea, dejó de ser miembro del Comité de Administración y a doña Paulina González Martínez se le revocaron los poderes sin tener responsabilidades de ingresos y egresos, ya que eso lo lleva el nuevo Comité de Administración creado el 24 de febrero de 2017; acta que extrañamente no existe en el Libro de Actas de Condominio Playa Dos; habiendo evidencia que se citó Asamblea, la que se realizó y en virtud de lo sucedido en dicha
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, PAULINA DEL PILAR GONZÁLEZ MARTÍNEZ, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad Nº 13.916.223-4, domiciliada en Avenida del Mar Nº 580, departamento 204 D, Edificio Fragata, comuna de La Serena, Región de Coquimbo y JERICO ANTONIO NEMI GALEB, chileno, divorciado, ingeniero, cédula nacional de identidad Nº 7.742.653-1, domiciliado en Avenida del Mar Nº 580, departamento 604, Edificio Fragata, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, interpusieron querella criminal por delitos de acción privada en contra de ERIKA ELIZABETH GAJARDO CONTRERAS, cédula de identidad N°11.380.454-8, ignoro profesión u oficio, domiciliada en calle Las Fresias N° 601, La Herradura Oriente, Coquimbo, y en contra de CAROLINA DEL CARMEN VILLAGRÁN CARTRO, cédula de identidad N°13.447.404-1, ignoro profesión u oficio, domiciliada en calle Rene Schneider N° 2031, Coquimbo, ambas representadas por Hugo Peralta Vega , abogado defensor penal público de esta ciudad, y solicitó se les sancionara por su responsabilidad como autoras de del delito de calumnia en concurso con el de injurias graves con publicidad SEGUNDO: Que, los hechos en virtud de los cuales se dedujo la querella, son los siguientes, que se reproducen literalmente de su presentación: “1. Los querellantes, Paulina González Martínez y Jerico Nemi Galeb, fuimos Administradora y Presidente del Comité de Copropietarios respectivamente- del Condominio Playa Dos, ubicado en Avenida del Mar Nº 580, comuna de La Serena, en el periodo comprendido entre febrero de 2015 a febrero de 2017. 2. Como consta en Acta de Designación de Administrador de la Comunidad Playa Dos, de La Serena, con fecha 1 de septiembre de 2017, se designó como nuevo administrador a partir de la misma fecha a don Pablo Rodrigo Foncillas Alvarado. 2. Luego, de acuerdo al Acta de Asamblea Ordinaria de Propietarios del Condominio Playa Dos de febrero de 2019, se informa a la comunidad la desvinculación del administrador don Pablo Foncillas Alvarado y se designa como nuevo administrador a don Christian Ramírez Godoy. TXEXYYSBPP Claudio Marcelo Ayala Oyanedel Juez de garantía Fecha: 14/04/2022 15:53:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4. En el mes de febrero de 2017 don Jerico Nemi Galeb, en Asamblea, dejó de ser miembro del Comité de Administración y a doña Paulina González Martínez se le revocaron los poderes sin tener responsabilidades de ingresos y egresos, ya que eso lo lleva el nuevo Comité de Administración creado el 2
Fallo
se declara en ambos eventos por la ONEMI a la Región de Coquimbo como Zona de Catástrofe; y, en consecuencia y estando en conocimientos de nuestras facultades, la administración actuó bajo la esfera de su competencia, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 23 de la Ley Nº 19.537. 17. Se hace presente que la presidenta Erika Gajardo y su Comité llevan 3 períodos sin rendir cuentas y, ante la solicitud de varios propietarios, siempre está en negativa y culpando a la administración anterior (los querellantes). 18. Desde el año 2017 a la fecha, de manera reiterada, tanto pública como privadamente, las querelladas plantean que tanto Paulina González como Jerico Nemi utilizamos de manera ilícita los fondos de la administración del Condominio TXEXYYSBPP Claudio Marcelo Ayala Oyanedel Juez de garantía Fecha: 14/04/2022 15:53:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Playa Dos, manifestando “que nos fuimos con toda la plata” y haciendo énfasis en el monto: $22.800.000 pesos aprox. 19. Por lo anterior, existe una especie
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La Serena, a catorce de abril del año dos mil veintidós. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, PAULINA DEL PILAR GONZÁLEZ MARTÍNEZ, chilena, casada, comerciante, cédula nacional de identidad Nº 13.916.223-4, domiciliada en Avenida del Mar Nº 580, departamento 204 D, Edificio Fragata, comuna de La Serena, Región de Coquimbo y JERICO ANTONIO NEMI GA
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