13º Juzgado de Garantía de Santiago

MARGARITA DEL PILAR HUENTECURA CURIN C/ CATALINA YAMILETH LÓPEZ ORELLANA

Rol

O-1839-2021

Fecha

14 de abril de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos El día 12 de noviembre de 2020, alrededor de las 19:30 horas, la víctima MARGARITA DEL PILAR HUENTECURA CURIN se encontraba al exterior de su domicilio particular ubicado en Calle B N° 5160, comuna de Peñalolén, lugar por donde caminaban las requeridas YASMIN ALEJANDRA LOPEZ ORELLANA y CATALINA YAMILETH LOPEZ ORELLANA, quienes sin causa ni motivo justificado la amenazaron diciéndole “ahí está la marca culiá, ahora te vamos a pegar cochina culiá, no estoy ni ahí con tus hijos te vamos a venir a matar?”, amenazas que atendido el contexto en que fueron vertidas resultan serias, graves y verosímiles. Delito y grado de desarrollo Amenazas Simples contra Personas y Propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal. Autor y cinsumado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a doña YASMÍN ALEJANDRA LÓPEZ ORELLANA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas Simples contra Personas y Propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 12 de noviembre de 2020, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. RBJZYYXXLQ VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 14/04/2022 17:20:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntá

Fallo

SE RESUELVE: I. Que, se ABSUELVE a doña YASMÍN ALEJANDRA LÓPEZ ORELLANA, ya individualizado en la audiencia, de los cargos formulados en su contra como autor del delito consumado de Amenazas Simples contra Personas y Propiedades, previsto y sancionado en el artículo 296 Nº 3 del Código Penal, que de acuerdo al requerimiento habrían ocurrido el día 12 de noviembre de 2020, en la comuna de Peñalolén. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que ha tenido motivo plausible para sostener la acción penal. "La presente sentencia sólo constituye una relación resumida de lo obrado y resuelto en audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución aquí transcrita, se encuentran íntegramente en el registro de audio respectivo”. RBJZYYXXLQ VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Juez de garantía Fecha: 14/04/2022 17:20:02 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2022-04-14T18:20:03-0300 Corte Suprema VALERIA MAGDALENA VEGA SEPULVEDA Verificación Legal

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1 3° J U Z G A D O D E G A R A N T Í A D E S A N T I A G O Av. Pedro Montt N° 1606, Edificio F, Piso 6, Santiago - Teléfono 29758044 TRIBUNAL : 13° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2001161265-3 RIT : 1839 - 2021 IMPUTADO : YASMÍN ALEJANDRA LÓPEZ ORELLANA Cédula de Identidad : 0020109134-9 Fecha de nacimiento : 31-01-1997 Domicilio : Calle EMBALSE LA PALMA Nº 6136, PEÑALOLÉN PROCEDIMIENTO : Ju

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