PABLO PUCCI DEL RIO C/ MARIO ALBERTO MARTÍNEZ HICKS
Rol
O-5300-2019
Fecha
12 de abril de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 14 de Junio de 2019, a las 17:40 horas aproximadamente, los requeridos Mario Alberto Martínez Hick, David Ignacio Corvalán Contreras, Gonzalo Esteban Molina Riveros, y Pablo Andrés Sepúlveda Álvarez, previamente concertados, se trasladaron hasta avenida Vicuña Mackenna Oriente N°6773, comuna de La Florida, (donde la Inmobiliaria Vicuña Oriente SPA, mantiene viviendas a la venta) lugar donde proceden a ingresar mediante escalamiento del cierre perimetral, para acto seguido realizar un forado en el cierre perimetral e ingresar a las viviendas. Una vez al interior de las viviendas, proceden a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, 01 metro de cadena metálica, 02 metros de cable de cobre y 02 metros de fierro de cobre, siendo sorprendidos por carabineros quienes alertados por un vecino de nombre Mohammad Nader Hossain Lelawar y de don Pablo Pucci del Río gerente de planificación y desarrollo de la inmobiliaria, llegan al lugar y los encuentran escondidos al interior de las viviendas signadas con los N° 6761 y 6773. Al realizarles un control de identidad y revisión superficial de sus vestimentas se les encontró 01 tijera color negro con rojo, marca Stainless Steel, 02 desatornilladores de 15 y 10 centímetros, 01 cuchillo corto punzante artesanal, 01 cadena con eslabones de 80 centímetros, 01 candado, 01 mochila marca Airflow color negro y 01 bicicleta color amarilla con gris, marca Oxford, elementos usados para cometer el robo. Las especies encontradas en poder de los requeridos el día del hecho, fueron remitidas a la Fiscalía Local de La Florida con N.U.E 3049059”. Delito y grado de desarrollo Robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 en relación al 432 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado. Participación Autor. Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes Art. 11 N° 9 del Código Penal. Agravantes No concurren. SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a DAVID IGNACIO CORVAL
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se CONDENA a DAVID IGNACIO CORVALÁN CONTRERAS, ya individualizado, en calidad de autor de un delito robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en los artículos 442 del Código Penal, en grado de desarrollo de frustrado, cometido el día 14 de junio del año 2019, en la comuna de La Florida, a sufrir la pena de DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que por cumplir el sentenciado con los requisitos del artículo 4° y siguientes de la Ley 18.216, se le remite condicionalmente la pena, por el término de un año, debiendo quedar sujeto al control administrativo y asistencia del Centro de Reinserción Social, correspondiente a su domicilio, esto es, al Centro de XBTNYXDFNW CECILIA ANDREA TONCIO DONOSO Juez de garantía Fecha: 13/04/2022 09:38:48 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Reinserción Social Santiago Oriente, el día 10 de mayo de 2022, a las 08:30 horas con su cédula de identidad, para dar inicio a e
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TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 1 41 4 - RIT : - 1 IMPUTADO : DAVID IGNACIO CORVALÁN CONTRERAS Cédula de Identidad : 1 1-4 Fecha de nacimiento : 1 de junio de 1 1 Domicilio : Pasaje Monte Stokes Nº 1 , Villa O´Higgins, comuna de La Florida PROCEDIMIENTO : Simplificado Fecha de sentencia : doce de abril de dos mil veintidós JUEZ : CECILIA ANDREA TONCIO DONOSO Hechos “El día 14
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