Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ ANTONIO EDUARDO CORTÉS LÓPEZ

Rol

O-91-2021

Fecha

11 de abril de 2022

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos constituirían el delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° de la Ley 20.000, atribuyéndole al LLILIAN DEL CARMEN DURAN BARRERA Juez Redactor Fecha: 12/04/2022 12:47:30 PBXDYXLTYM Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Presidente Fecha: 12/04/2022 15:18:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4 acusado, la calidad de autor de conformidad con el artículo 15 N° 1 del Código Penal, sin que concurran a su respecto circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. Conforme a lo anterior, solicitó que se imponga al acusado la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 40 UTM, accesorias del artículo 29 del Código Penal, comiso de las especies incautadas y costas de la causa. TERCERO: Alegatos de apertura. La representante del Ministerio Público señaló en síntesis que, con la prueba de cargo a incorporar, especialmente con la declaración de los funcionarios que participaron en el procedimiento, acreditaría los hechos por los cuales se acusó al enjuiciado y la participación que le cupo en los mismos. Por lo anterior, en su oportunidad solicitaría un veredicto condenatorio. Por su parte, la defensa del acusado manifestó en síntesis que el Ministerio Público no lograría acreditar la participación de su defendido en los hechos objeto de la acusación, toda vez que no es ocupante del domicilio donde se halló la droga y su presencia en el inmueble el día de los hechos fue meramente accidental, debido a una invit

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha seis de abril del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la jueza Claudia Solange Lewin Arroyo, quien presidió la audiencia, junto a las juezas Llilian del Carmen Durán Barrera y Luz Adrina Oliva Chávez, todas titulares del Tribunal, se llevó a efecto mediante videoconferencia, la audiencia de juicio oral en la causa RIT N°91-2021, RUC N°1900894022-6, seguida por el delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades en contra del acusado ANTONIO EDUARDO CORTÉS LÓPEZ, chileno, soltero, cédula nacional de identidad Nº15.021.578-1, nacido en Antofagasta, el 9 de junio de 1982, 39 años, montajero mecánico, domiciliado en calle Lientur 405, Curicó. El Ministerio Público actuó representado por la Fiscal Paola Acevedo Vera, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Licitado, Eduardo López Baeza, ambos con domicilios, correos electrónicos registrados y conocidos de este Tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que, la acusación del Ministerio Público, se sostuvo sobre los siguientes hechos, según relación que de los mismos consta en el auto de apertura de juicio oral de fecha veinticinco de mayo de dos mil veintiuno y que se transcriben textualmente: LLILIAN DEL CARMEN DURAN BARRERA Juez Redactor Fecha: 12/04/2022 12:47:30 PBXDYXLTYM Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Presidente Fecha: 12/04/2022 15:18:04 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 “En virtud de una orden de investigar destinada a desbaratar a pequeños traficantes que operaban en pasaje Alberto Hurtado y pasajes cercanos de la ciudad de Antofagasta, diligenciada por la brigada antinarcóticos y contra el crimen organizado de Antofagasta, se pudo determinar que los ocupantes del inmueble ubicado en pasaje Alberto Hurtado, sin numeración visible, al costado sur del inmueble signado con el número 1682, se dedicaban al tráfico de drogas. En virtud de lo anterior el día 10 de octubre de 2019 personal policial, autorizado judicialmente, ingresó al domicilio señalado, encontrando, a los imputados Antonio Eduardo Cortés López, Sebastián Alejandro Triviño Ormeño y Vivian Alejandra Morales Hernández, incautando lo siguiente: Desde la unión de dos tablas de madera de la pared oriente del living, se incautó una hoja de papel blanco que contenía 98 envoltorios de papel blanco, todos contenedores de cocaína con un peso bruto de 22,80 gramos. Desde el pasillo y patio posterior del inmueble incautaron 19 envolt

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 1º del Código Penal; artículos 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 346 del Código Procesal Penal; artículos 1, 4 y 45 de la Ley 20.000, se declara: I. Que se absuelve a ANTONIO EDUARDO CORTÉS LÓPEZ, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra, como autor del delito consumado de tráfico de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1º de la Ley N° 20.000, perpetrado en esta ciudad el día 10 de octubre de 2019. II. Que, se exime al acusador del pago de las costas de la causa, conforme a los argumentos señalados en el considerando vigésimo de este fallo. Ofíciese, en su oportunidad, a los organismos que corresponda para comunicar lo resuelto, y, ejecutoriada que sea esta sentencia, comuníquese al Juzgado de Garantía de esta ciudad, de conformidad a los artículos 14 letra f) y 113 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales para los fines que estime pertinentes y dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 18.556. Téngase por notificados a todos los intervinientes y al sentenciado de este fallo a contar de esta fecha. LLILIAN DEL CARMEN DURAN BARRERA Juez Redactor Fecha: 12/04/2022 12:47:30 PBXDYXLTYM Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Presidente Fecha: 12/04/2022 15:18:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 3 de abril

Texto Completo (Preview)

1 Antofagasta, once de abril de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha seis de abril del presente año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida la sala por la jueza Claudia Solange Lewin Arroyo, quien presidió la audiencia, junto a las juezas Llilian del Carmen Durán Barrera y Luz Adrina Oliva Chávez, to

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