Juzgado de Garantía de Colina

C/ NICOLÁS ALEJANDRO MALDONADO GODOY

Rol

O-7120-2020

Fecha

4 de abril de 2022

Materia

POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS, RECEPTACION. ART. 456 BIS A., TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: Que, el día 29-12-2020, a las 13:45 horas, funcionarios de Carabineros, sorprendieron al imputado NICOLÁS ALEJANDRO MALDONADO GODOY, en calle San Mateo Nro. 377, el que corresponde a un block, se observó a una mujer de jeans tipo jardinera color azul, conversando con un individuo de contextura delgada, quien vestía polera roja, short color beige, a la sazón el imputado, en una escalera existente en el lugar en donde la mujer le hace entrega de un billete de $ 5.000 (cinco mil pesos) en donde el sujeto sube la escalara hasta un dpto. ubicado en el segundo piso en donde pasado unos segundos este sale y le entrega una bolsa de nylon transparente de similares características a las contenedoras de droga, ante lo cual el suscrito y su acompañante salen del lugar hacia calle Pedro Lira, con la finalidad de no presentar sospechas, procediendo a darle un seguimiento de infantería a la mujer siendo esta fiscalizada en calle Pedro Lira esquina Reina Norte, la que fue identificada como MELISSA IDELINA HERRERA JORQUERA, C/I: 21.369.838-9, a la que desde su mano derecha se le decomisa 01 BOLSA DE NYLON TRANSPARENTE CONTENEDORA DE MARIHUANA EN SU INTERIOR, al realizar la prueba de campo esta arrojo coloración positiva ante la presencia de T.H.C, procediendo a la detención de la mujer dando lectura de sus derechos que le asisten como detenida y el motivo de su detención, por el Art. 50, de ley 20000, ante tal situación y viendo la evidencia existente en que en dicho inmueble se estaría cometiendo un delito, se procede a pedir cooperación a los demás dispositivos que se encontraban de servicio con la finalidad de intervenir dicho inmueble debido a que es un sector conflictivo, dándole ingreso a este a las 14:00 horas, inmueble ubicado en calle SAN MATEO N° 377, DEPTO. N° 202, comuna de COLINA, lugar en que se encontraba el sujeto visto por este personal realizando dicha transacción de drogas el que fue identificado como NICOLAS ALEJANDRO MALDONADO GODOY, C/I 20.402.544-4, al

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a NICOLÁS ALEJANDRO MALDONADO GODOY, cédula de identidad N° 0020402544-4, ya individualizado, como autor del delito Tráfico ilícito de drogas y cultivo, ilícitos dispuestos en el artículo 3 y 8 de la Ley 20.000, en que le cupo participación en calidad de autor, a sufrir la pena de 3 AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, A LA PENA DE MULTA DE 10 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, al comiso de la droga, del dinero y de la pesa. II. Respecto del segundo delito, se condena al acusado a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO por el delito de tenencia de municiones. III. Respecto del tercer delito , se le condena a la pena de 61 DÍAS DE PREISIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, y UNA MULTA DE 1 UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, y a la inhabilidad de cargo y oficio publico por el tiempo de la condena, por los hechos ocurrido con fecha 29 de diciembre de 2020. IV. Que atendido lo solicitado y entendiendo este Tribunal que concurren los presupuestos señalados en la Ley 18.216, respecto de la pena sustitutiva de libertad vigilada, se accede a dicha pena sustitutiva de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 y 15 bis de la ley 18.216, por un lapso de intervención igual a la pena corporal antes señalada. V. Que habiendo aceptado el sentenciado este procedimiento, se le exime del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento con lo previsto y dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Téngase presente renuncia a

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Colina, cuatro de abril de dos mil veintidós. TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Colina MAGISTRADO: BARBARA JESSICA ROGEL CESPEDES RUC: 2001301158-4 RIT: 7120 - 2020 IMPUTADO: NICOLÁS ALEJANDRO MALDONADO GODOY C.I. 0020402544-4 FECHA DE NACIMIENTO 19-03-2000 DIRECCIÓN Calle Calera De Tango, Paradero 5, casa Nº B5, Villa Las Parcelas COMUNA: Calera

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