1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASTILLO/PJ CHILE S.P.A.

Rol

O-191-2021

Fecha

18 de junio de 2021

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don OMAR CASTILLO CÁCERES, chileno, actualmente desempleado, C.I. 13.268.683-1, domiciliado en calle El Rey N° 2017, comuna de Maipú, Región Metropolitana, interpone demanda conforme a las normas del procedimiento de aplicación general, por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de su ex- empleador PJ CHILE SPA, Rut 76.152.699-5, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por don Eduardo Caneo Farías, C.I. 8.869.763-4, o de quien haga de tal, conforme a lo señalado en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos domiciliados en calle Monseñor Sótero Sanz, N° 161, piso 9, Providencia, a fin de que se declare el despido injustificado y se le condene al pago de las prestaciones que señala, con expresa condenación en costas, en consideración a la exposición circunstanciada de los hechos y fundamentos de derecho que expone. En cuanto a los antecedentes del desarrollo de la relación laboral, en lo pertinente, señala que con fecha 17 de abril de 2017, comenzó a prestar servicios personales, bajo vínculo de subordinación y dependencia, en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, para su ex-empleadora PJ CHILE SPA, mediante la suscripción del contrato de trabajo respectivo, siendo contratado como repartidor; su lugar de trabajo se encontraba ubicado en Caletera Vespucio 51, local 105-106, Maipú, su jornada de trabajo era una jornada full-time de 30 horas semanales rotativas a elección del empleador, de lunes a domingo, distribuidas en turnos de 12:00 a 17:00 horas y de 17:00 a 23:00 horas; el promedio de sus tres últimas remuneraciones, fue por la suma de $585.000.-; y, su contrato de trabajo era de duración indefinida. En cuanto a los antecedentes del término de la relación laboral, sostiene que con fecha 28 de julio de 2020, (después de 21 días de transcurridos los hechos), su ex empleador le despidió, por la casual de incumplimiento grave de las obligaciones del contrato mediante una extensa carta que indicaba que: "La empresa ha tomado esta decisión luego de haber acreditado fehacientemente que usted ha incurrido en actos constitutivos de incumplimiento grave de las obligaciones que impone su contrato." En resumen, se le acusa de haber fumado marihuana fuera del local, a las 23:35 horas, (fuera del horario de trabajo) y fuera del local. Señalando que todo esto estaría acreditado con imágenes de seguridad. Además, la carta agrega que no mantuvo la distancia social correspondiente y que no utilizó mascarilla, poniendo en riesgo su vida y la de los demás trabajadores de la empresa. Luego se le acusa de haber contravenido las siguientes obligaciones establecidas en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad: 1) Artículo 72 N°1: Cumplir fielmente su contrato de trabajo, las disposiciones del Reglamento Interno y todas aquellas disposiciones legales reglamentarias o internas que sean aplicables. 2) Artículo 72 N°34: En virtud del giro alimenticio

Fallo

Por tanto, previas consideraciones de derecho que se dan por reproducidas, solicita, en mérito de lo expuesto y de conformidad a lo establecido en los artículos 160 N° 3, 162, 168, 173, 309, 423, 446, 454 N° 1 y siguientes del Código del Trabajo, y, demás normas legales que se estime conveniente aplicar, tener por interpuesta demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador PJ CHILE SPA., ya individualizado, acogerla y darle tramitación, declarando: 1) La nulidad del despido al tenor de lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Trabajo, a título de sanción respecto de la demandada. 2) Que, a consecuencia de lo anterior, remuneraciones y demás prestaciones laborales más las cotizaciones de seguridad social devengadas desde la fecha del despido el 28 de Julio de 2020 y aquella en que la demandada convalide el despido en los términos señalados en el artículo 162 del Código de Trabajo, tomando en consideración una remuneración ascendente a $585.000.-, o lo que se determine de acuerdo al mérito del proceso. 3) Que su despido fue injustificado. 4) Que se condene a la demandada al pago de indemnización sustitutiva de aviso previo por $585.000.- 5) Que se condene a la demandada al pago de indemnización por 3 años de servicio por $1.755.000.- 6) Que se condene a la demandada al pago del incremento legal del 80% de la indemnización por años de servicio por $1.404.000.- 7) Solicita que las sumas que se ordenen pagar lo sean con reajustes e i

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, dieciocho de junio de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don OMAR CASTILLO CÁCERES, chileno, actualmente desempleado, C.I. 13.268.683-1, domiciliado en calle El Rey N° 2017, comuna de Maipú, Región Metropolitana, interpone demanda conforme a las normas del procedimiento de aplicación general, por despido

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