ITAÚ CORPBANCA/LOBOS
Rol
C-38098-2018
Fecha
9 de enero de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 29 de noviembre de 2018, do a ñ Antonieta Madariaga L pezó , abogada, en representaci n de Ita Corpbanca, sociedad an nimaó ú ó bancaria, representada legalmente por don Milton Maluhy Filho, administrador, todos domiciliados en Agustinas 1070 of. 330-331, comuna de Santiago, deduce demanda ejecutiva en contra de don Gabriel Mat así Lobos Guti rrez, de quien ignora profesi n u oficio, domiciliado en calleé ó domiciliado en Los Alel es 1877, Las Bugambilias, comuna de Iquique.í Explica que el ejecutado adeuda al Banco Ita Corpbanca, el importeú de dos pagar s que tienen la siguiente singularizaci n:é ó 1.- Pagar suscrito con fecha 06 de septiembre de 2018, por laé cantidad de 261,7859 Unidades de fomento.- por concepto de capital, con vencimiento el d a 05 de octubre de 2018. Sobre el capital adeudado, dichoí pagar devenga a contar de esta ltima fecha y hasta la fecha de su pagoé ú efectivo, intereses a la tasa de inter s m xima convencional vigente paraé á operaciones de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é 2.- Pagar suscrito con fecha 06 de septiembre de 2018, por laé cantidad de 29,0873 Unidades de fomento.- por concepto de capital, con vencimiento el d a 05 de octubre de 2018. Sobre el capital adeudado, dichoí pagar devenga a contar de esta ltima fecha y hasta la fecha de su pagoé ú efectivo, intereses a la tasa de inter s m xima convencional vigente paraé á operaciones de cr dito de dinero reajustables en moneda nacional.é Concluye se alando que la firma del mandatario en los pagar s señ é encuentran autorizada por Notario P blico, raz n por la cual dichosú ó instrumentos tienen m rito ejecutivo, y siendo la obligaci n liquida,é ó C-38098-2018 Foja: 1 actualmente exigible y estando la acci n ejecutiva vigente, procede seó despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra. Raz n por laó ó cual, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Gabriel Mat as Lobos Guti rrez, ya individualizado; y despacharí é
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que do a ñ Antonieta Madariaga L pezó , abogada, en representaci n de Banco Ita Corpbanca, deduce demanda ejecutiva enó ú contra de don Gabriel Mat as Lobos Guti rrez, a objeto que se ordeneí é despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó cantidad de 290,8732 Unidades de fomento, equivalentes al d a 27 deí noviembre de 2019 a la suma de $8.035.899.- por concepto de capital, m s los intereses descritos en la demanda y costas, y se ordene seguirá adelante la ejecuci n hasta obtener el ntegro pago de lo adeudado;ó í SEGUNDO: Que con fecha 05 de noviembre 2019, don Roberto Patricio Rojas Andrade, abogado, en representaci n de la ejecutada donó Gabriel Mat as Lobos Guti rrezí é , opone la excepci n contenida art culo 464ó í N 17 del C digo de Procedimiento Civil; o sea, la prescripci n de la deuda° ó ó o s lo de la acci n ejecutiva, solicitando sea acogida a tramitaci n y que enó ó ó definitiva se rechace la demanda ejecutiva con costas. Afirma que la acci n ejecutiva, respecto a los pagar s suscritos conó é fecha 06 de septiembre de 2018 y con fecha de vencimiento 05 de octubre de 2018, se encuentra prescrita. C-38098-2018 Foja: 1 Sostiene que el emplazamiento de la presente acci n se produjo conó fecha 29 de octubre de 2019, habiendo trascurrido el plazo de 1 a oñ contemplado en el art culo 98 de la Ley 18.092, por lo que solicitaí negar lugar la ejecuci n de autos, con costas;ó TERCERO: Que con fecha 26 de noviembre de 2019, la ejecutante evacu el traslado, allan ndose a la excepci n de prescripci n alegada por laó á ó ó ejecutada; CUARTO: Que, el art culo 1698, inciso primero del C digo Civilí ó dispone que Incumbe probar las obligaciones o su extinci n al que alega“ ó aqu llas o sta, por lo que en la especie corresponde al demandanteé é acreditar los requisitos de procedencia de su acci n y a la demandada laó efectividad de los hechos invocados como defensa ;” QUINTO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosasó ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose doí las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentraá tratada en el C digo Civil, en los art culos 2492 y siguientes;ó í SEXTO: Que la prescripci n se inserta en un sistema jur dicoó í proteccional que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y laí debida tutela o protecci n de los mismos, instando en definitiva a que losó part cipes de dichas relaciones no se hallen vinculadas en forma indefinida,í provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversasó situaciones jur dicas.í La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de losó derechos dando seguridad jur dica y, en definitiva se constituye en uní castigo para el actor negligente que no hace valer sus derechos en el tiempo que fija la ley. T
Fallo
se declara: ° ó I. Que se acoge la excepci n de prescripci n de la acci n ejecutivaó ó ó opuesta por la ejecutada con fecha 05 de noviembre de 2019, en consecuencia, se ordena alzar la ejecuci n en todos sus tr mites,ó á dej ndose sin efecto los embargos que pudieron haberseá practicado; II. Que se condena en costas al ejecutante. Reg strese. í Notif quese personalmente o por c dula.í é N 38098-2018° Pronunciada por do a Carolina Andrea Ram rez Reyes, Juez Titular.ñ í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de Enero de dos mil veinte C-38098-2018 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-09T14:20:50-0300
Texto Completo (Preview)
C-38098-2018 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-38098-2018 CARATULADO : ITA CORPBANCA/LOBOSÚ Santiago, nueve de Enero de dos mil veinte Vistos: Con fecha 29 de noviembre de 2018, do a ñ Antonieta Madariaga L pezó , abogada, en representaci n de Ita Corpbanca, sociedad an nimaó ú ó bancaria, representada legalmente por don Mil
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica