VERGARA/SCOTIABANK - CHILE
Rol
C-1961-2018
Fecha
9 de enero de 2020
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1.- A folio 1, mediante presentaci n de fecha 6 de noviembre de 2018,ó comparece don PEDRO SALGADO TORTOLI, abogado, en representaci n deó don GUILLERMO ANATOLIO VERGARA GONZALEZ, agricultor, domiciliado en Avenida Presidente Ib ez N 1025, Linares, deduciendo demanda enáñ ° juicio sumario de precario, en contra de BANCO SCOTIABANK CHILE, empresa del giro de su denominaci n, representado por su gerente general, donó Francisco Javier Sard n de Taboada, abogado, ambos domiciliados en Morandó é n mero 226, Santiago, y en calle Kurt Moller N 343, Linares. ú º Se ala que seg n consta en copia autorizada de acta de retiro de especiesñ ú emanada del se or Receptor Judicial don V ctor Hugo P rez Pe a, que con fecha 7ñ í é ñ de diciembre de 2012, en un procedimiento de retiro de especies ordenado por resoluci n emanada del Primer Juzgado de Letras de Linares, en los autos ejecutivosó caratulados Scotiabank Chile con Vergara Gonz lez, Guillermo Anatolio , causa“ á ” Rol N E-187-2012, exhorto, se retir la especie embargada al demandante° ó consistente en Cosechadora de Grano marca Massey Ferguson, modelo MF5650K a o 2004, P.P.U. XN 8509. ñ C-1961-2018 Foja: 1 Que al momento del retiro el Receptor actuante no contaba con el veh culoí adecuado para llevar la tornamesa de dicha m quina para lo cual este elemento seá carg en un carro hechizo de color rojo, de dominio del se or Vergara, el cual seó ñ facilit al ejecutante para que pudiera trasladar la tornamesa de la m quina y conó á posterioridad devolverlo. Sin perjuicio de que el demandado se comprometi a entregar dicho carro aló demandante, y que ste se lo facilit sin que se expresara fecha de restituci n noé ó ó obstante se entend a que lo era por corto espacio de tiempo, como consta tambi n ení é las copias de correos electr nicos que se adjuntan, al d a de hoy a n no se leó í ú restituye dicha especie.- Manifiesta que es el deseo de su mandante que dicho precarista le restituya la referida especie por lo que interpon
Fundamentos
fundamentos de la demanda, indica que consta en estos autos, de lo se alado por el demandante en el libelo y de los documentos acompa ados, queñ ñ por sentencia de fecha 2 de mayo de 2012, en causa rol C-26220-2012 del 10° Juzgado Civil de Santiago, dio termino al contrato de arrendamiento celebrado con C-1961-2018 Foja: 1 fecha 21 de marzo de 2007, de una maquina agr cola cosechadora de grano, marcaí Massey Ferguson, color rojo, placa patente XN 8509-5. Que en dicho juicio se solicit como medida precautoria, el secuestro de la maquina de poder deló demandado, diligencia que se concret con fecha 7 de diciembre de 2012, por eló receptor judicial V ctor P rez Pe a, en la propiedad ubicada en Paso Cu ao, Puenteí é ñ ñ Los Marcos Kilometro 11 de Linares, se hizo entrega de la maquina sin oponerse. En el acta se se ala expresamente lo siguiente: La tornamesa de la misma fueñ “ cargada en una carro del mismo color de la maquina, que a decir de los maestros del lugar fue mandada a hacer por el propio demandada para el efecto . Consta adem s” á que la maquina en cuesti n, fue entregada a don Manuel Ulloa Concha, personaó designada por el martillero judicial para el efecto. Que los requisitos para que prospere la presente acci n son los que se indican:ó 1.- Que haya entrega de la cosa, 2.- Que exista gratuidad, 3.- Que sea unilateral, 4.- Que otorgue un t tulo de mera tenencia. De estos ninguno se cumple respecto delí demandado de autos, quien bajo ninguna circunstancia recibi el carro se alado,ó ñ como un art culo particular e independiente de la maquina cosechadora que fueí retirada de poder del actor, y puesta a disposici n de martillero judicial, encargadoó de la venta de la mentada maquina agr cola.í En virtud de lo establecido en el art culo 1698 del C digo Civil, es carga de laí ó parte demandante acreditar la fuente desde donde emanan su derecho para exigir la restituci n respecto de la demandada.ó Solicita tener por contestada la demanda y en definitiva que se rechace en todas sus partes con expresa condenaci n en costas.ó 3.- A folio 18 y 34, se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que consta enó é autos. 4.- A folio 44, mediante resoluci n de 22 de noviembre de 2019, se cit a lasó ó partes a o r sentencia. í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece don PEDRO SALGADO TORTOLI, en representaci n de don ó GUILLERMO ANATOLIO VERGARA GONZALEZ, deduciendo demanda en juicio sumario de precario, en contra de BANCO SCOTIABANK CHILE, solicitando sea acogida en todas sus partes, condenando a la demandada a la restituci n de la especie mueble singularizada, dentro de terceroó d a de ejecutoriada la sentencia, o en el plazo que el Tribunal estime, bajoí apercibimiento de obtener su restituci n con la fuerza p blica en caso necesario, conó ú costas. Todo conforme a los antecedentes ya expuestos en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que en audiencia de folio 16, la parte demandada contesta la demanda, solicitando el recha
Fallo
Fallo Sentencia Definitiva. Fecha Ingreso 06 de noviembre de 2018. Materia Precario. Caratulado Vergara con Scotiabank - Chile“ ” Procedimiento Sumario. Demandante Guillermo Vergara Gonz lezá C.I. 6.482.947-5 Abogado Pedro Salgado Tortoli C.I. 9.514.269-9 Demandado Banco Scotiabank Chile RUT 97.018.000-1 Abogado Pedro Moya Bonomi C.I. 7.537.465-8 Juez Paula Luengo Montecino Linares, nueve de enero de dos mil veinte. VISTOS: 1.- A folio 1, mediante presentaci n de fecha 6 de noviembre de 2018,ó comparece don PEDRO SALGADO TORTOLI, abogado, en representaci n deó don GUILLERMO ANATOLIO VERGARA GONZALEZ, agricultor, domiciliado en Avenida Presidente Ib ez N 1025, Linares, deduciendo demanda enáñ ° juicio sumario de precario, en contra de BANCO SCOTIABANK CHILE, empresa del giro de su denominaci n, representado por su gerente general, donó Francisco Javier Sard n de Taboada, abogado, ambos domiciliados en Morandó é n mero 226, Santiago, y en calle Kurt Moller N 343, Linares. ú º Se ala que seg n consta en copia autorizada de acta de retiro de especiesñ ú emanada del se or Receptor Judicial don V ctor Hugo P rez Pe a, que con fecha 7ñ í é ñ de diciembre de 2012, en un procedimiento de retiro de especies ordenado por resoluci n emanada del Primer Juzgado de Letras de Linares, en los autos ejecutivosó caratulados Scotiabank Chile con Vergara Gonz lez, Guillermo Anatolio , causa“ á ” Rol N E-187-2012, exhorto, se retir la especie embargada al demandante° ó consistente en Cosechad
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C-1961-2018 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-1961-2018 CARATULADO : VERGARA/SCOTIABANK - CHILE Causa ROL C-1961-2018 Tipo de Fallo Sentencia Definitiva. Fecha Ingreso 06 de noviembre de 2018. Materia Precario. Caratulado Vergara con Scotiabank - Chile“ ” Procedimiento Sumario. Demandante Guillermo Vergara Gonz lezá C
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